23 noviembre 2016

La posverdad estratégica del abogado

José Ramón Chaves  Por José Ramón Chaves
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Es curioso que el Diccionario de Oxford haya considerado post-thruth como palabra del año, como adjetivo que se refiere a las circunstancias en que los hechos objetivos influyen menos que las apelaciones a la emoción y creencias personales.

Y digo curioso porque es una palabra novedosa que tiene cabida en el ámbito judicial, pues hay pleitos que se prestan especialmente al discurso del abogado pivotando sobre la vertiente emocional, especialmente en el ámbito penal y laboral, donde la persona está mas de “cuerpo presente” (reo o trabajador) que en civil (donde normalmente solo en materia de familia y testamentaría hay sentimientos y emociones a flor de piel) o en lo contencioso-administrativo, donde la cuestión litigiosa suele ser mas fría y normativamente rígida (los expedientes administrativos deshumanizan las cuestiones).

Así y todo, no faltan pleitos en que el abogado apela a las emociones o creencias del juez de forma subliminal u ostensible en los escritos de alegaciones o especialmente en la vista oral. Son tribunos que se elevan por encima de los hechos y el derecho para introducir guiños, retos e invocaciones a la equidad, la justicia u otras grandes palabras.

En estos casos, se trata de ir mas allá de la retórica y dialéctica clásicas, para incorporar en estrados la vehemente apelación a la catástrofe que supondría estimar la demanda del contrario, o cuando se intenta tocar la fibra sensible del juez adulando la sabiduría de su señoría para evitar caer en las artimañas del contrario. O cuando se aparta la fronda de las cuestiones jurídicas para ofrecer la crudeza y desamparo de la situación de su cliente.

Lo curioso es que no hay verdad mas objetiva que la que resulta del proceso. Hasta el punto de que supera a la “verdad real” porque la verdad declarada en sentencia se ve blindada bajo la magia de la cosa juzgada. Da igual que la sentencia se apoye en la verdad o que se apoye en la posverdad, pues como decían los clásicos, “la cosa juzgada convierte lo redondo en cuadrado y lo cuadrado en redondo”.

Ese conflicto entre lo realmente sucedido y lo procesalmente probado se zanja en la sentencia, y no siempre coinciden. La posibilidad jurídica de esta discordancia abre un espacio a la imaginación de los abogados en los pleitos donde los hechos son cruciales. Es el momento de luchar por apoyar sus tesis en unas u otras pruebas, en jugar con la carga de probarlo, en aducir la preclusión o caducidad del trámite, o en descalificar el testimonio de un testigo o las aclaraciones de un perito.

Se trata de sembrar la duda en la versión de los hechos que resulte desfavorable y arrimar así el ascua a la sardina del cliente, y con ello se produce el efecto reflejo de cierto engañar al juez, pero en sentido noble de la palabra.

Y es que noble es el dolus bonus aceptado en los usos y moral forense, en cuanto el abogado pretende exprimir el jugo a los medios de prueba con elegancia, rigor y saber hacer llevar su tesis al terreno de lo razonable.

En cambio, lo peligroso es la estrategia probatoria asentada en la falsedad o forzando hipótesis descabelladas o zancadilleando pruebas con malas artes. No todo vale. El abogado es muy libre de jugar como un tahúr del Misisipi, pero los pocos que lo practican y envilecen la noble profesión, los que confunden el alegato jurídico con un titular periodístico, acaban mordiendo el polvo en el foro.

En efecto, podrá ganarse uno o varios pleitos con artimañas abusivas y tinta de calamar. Podrá ufanarse el abogado de haber conseguido engañar al juez o retorcer la letra de la Ley, pero su reputación de fullero le acompañará, y con ello, es posible que le corresponda la intolerancia y rigidez del juez que en el futuro le toque en suerte, y lo que es peor, la proclividad a sufrir multas o imposición de costas.

Junto a ello, lo peor que le puede pasar a un abogado: que los clientes huyan de su bufete y que los jueces le miren con desdén. En definitiva, si el médico debe cumplir con el juramento hipocrático, en el caso del abogado, si se me permite el juego de palabras, se impone el juramento de evitar la hipocresía procesal, esto es, de no ofrecerse como defensor del derecho y realmente ser su parásito.

José Ramón Chaves 
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