Prevención Blanqueo Capitales

Sobre el Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía (OPBA)”.

El Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía (OPBA) del Consejo General de la Abogací­a ha redactado una serie de medidas y recomendaciones, con el fin de facilitar, en la medida de lo posible, a quienes ejercen la Abogací­a, el cumplimiento de la Ley 10/2010, de 28 de Abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, y un catálogo de operaciones que pueden ser sospechosas de blanqueo de capitales, y que, por sus especiales características, han de ser objeto de un examen especial y cuidadoso.

Igualmente, se ha preparado una lista de preguntas más frecuentes con sus posibles respuestas para facilitar la solución de las dudas que se puedan plantear a los sujetos obligados, y unos modelos de documentos que en la práctica pueden ayudar al cumplimiento de las obligaciones legales. Finalmente y dentro de la función de los Colegios de Abogados y el Consejo General de la Abogací­a Española de orientar y resolver dudas sobre esta materia a quienes ejercen la Abogací­a, éste último, a través de esta Comisión Especial, pone a disposición de los abogados un correo electrónico donde podrán realizar sus consultas: consultassobrepbc@abogacia.es

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