Sobre el Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía (OPBA)”.
El Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía (OPBA) del Consejo General de la Abogacía ha redactado una serie de medidas y recomendaciones, con el fin de facilitar, en la medida de lo posible, a quienes ejercen la Abogacía, el cumplimiento de la Ley 10/2010, de 28 de Abril, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, y un catálogo de operaciones que pueden ser sospechosas de blanqueo de capitales, y que, por sus especiales características, han de ser objeto de un examen especial y cuidadoso.
Igualmente, se ha preparado una lista de preguntas más frecuentes con sus posibles respuestas para facilitar la solución de las dudas que se puedan plantear a los sujetos obligados, y unos modelos de documentos que en la práctica pueden ayudar al cumplimiento de las obligaciones legales. Finalmente y dentro de la función de los Colegios de Abogados y el Consejo General de la Abogacía Española de orientar y resolver dudas sobre esta materia a quienes ejercen la Abogacía, éste último, a través de esta Comisión Especial, pone a disposición de los abogados un correo electrónico donde podrán realizar sus consultas: consultassobrepbc@abogacia.es

Biblioteca
Accede a publicaciones de nuestra Biblioteca sobre esta materia.