23 abril 2026

Brindar la horca, tiempos de barbarie

Por Juan Carlos Estévez Rosas, colegiado del ICALPA y vocal de la Subcomisión de Derecho Penitenciario del Consejo General de la Abogacía Española. 

Se me quedó grabada en la memoria para siempre una reflexión de Gerardo Mesa Noda, Senador que fue de la isla de Fuerteventura en los años 90, en una mesa redonda sobre la paz y el antimilitarismo, y que hizo sobre la pena de muerte abolida en el Estado español. Razonó que esa condena ya no se podía aplicar, por muy graves que fueran los delitos que se cometieran, y -aquí viene lo bueno- la rareza de que lo que ningún Tribunal podía determinar, venía a estar al alcance de un simple recluta de guardia en una instalación militar.

El comentario venía a colación de un disparo de cetme que acabó con la vida de un joven que, de forma absolutamente inconsciente y por razones que nunca se supieron, había saltado el muro de la Base Naval de Las Palmas de Gran Canaria, desde el extremo de la calle. Decía ese político, no sin razón, que aquel recluta sin conocimientos jurídicos de ningún tipo había observado pruebas, juzgado, dictado sentencia y ejecutado una pena de muerte, viéndose precisado por obediencia debida a hacerlo en cuestión de segundos.

Sirva esta primera profunda reflexión para situarnos temporalmente en los años de la transición, cuando se aprobó la Constitución y acto seguido la Ley Orgánica General Penitenciaria, Carta Magna que en su artículo 15 indicaba que quedaba abolida la pena de muerte, y en su artículo 25 que las penas privativas de libertad estarían orientadas hacia la reeducación y reinserción social. Todo ello después de dejar atrás los tiempos oscuros de una dictadura militar que, después de su instauración, no tuvo inconveniente en aplicar la pena de muerte de forma sistemática.

Si miramos atrás, las voces del siglo XVIII que clamaron por una reforma de la legislación penal y por una humanización en la aplicación de la justicia, encontraron en Cesare de Beccaria (1733-1781) al publicar en 1764 “De los delitos y de las penas”, un apasionado alegato contra la pena de muerte, la tortura y la desproporción entre los delitos cometidos y los castigos aplicados. Dice sobre la pena capital:

No es útil la pena de muerte por el ejemplo que da a los hombres de atrocidad. Si las pasiones o la necesidad de la guerra han enseñado a derramar la sangre humana, las leyes, moderadoras de la conducta de los mismos hombres, no debieran aumentar este fiero documento, tanto más funesto cuanto la muerte legal se da con estudio y pausada formalidad. Parece un absurdo que las leyes, esto es, la expresión de la voluntad pública, que detestan y castigan el homicidio, lo cometan ellas mismas, y para separar a los ciudadanos del intento de asesinar ordenen un público asesinato.”

En las sesiones de la Asamblea Nacional Francesa de 1791 consagradas a la preparación del código penal, Robespierre clamó contra la pena capital y la barbarie de las leyes. Siendo a partir de la Revolución Francesa cuando las doctrinas de Beccaria se generalizan en los países adelantados.

Sostiene Juan Antonio Delval, en la introducción de aquel libro, que el nombre de Beccaria y su publicación aparecen ligados a todo el movimiento de reforma de la legislación penal de fines del siglo XVIII y principio del XIX, y que en España culmina con el código penal de 1822 (Alianza Editorial).

Si volamos ahora a los tiempos de la II República, nos encontramos que importantes personajes de la vida pública española, tras la celebración de las elecciones a Cortes Constituyentes el 28 de junio de 1931, vigente que se hallaba aún la pena capital en el Código Penal de 1870, la rechazan con los siguientes argumentos:

“No tiene la Humanidad derecho a matar a nadie” General Ricardo Burguete.

“Aunque sólo sea por humanidad” Francisco Largo Caballero.

“Razones tanto en el orden jurídico como en el ético” Fernando de los Ríos.

“No tiene valor expiatorio ni sentido correctivo” Dr. Roberto Novoa Santos.

“Es de efecto irremediable y hay otros medios para defender la sociedad” Rafael Altamira.

“Es antihumana, jurídicamente inútil y ofensiva para el sentimiento de justicia” Clara Campoamor.

“Envilece a un Código” Wenceslao Fernández-Flores.

“Por la relatividad del delito, el valor de la vida y la ineficacia de la ejemplaridad” Dr. César Juarros.

“Porque no es pena sino crimen. Ni ejemplariza, ni corrige, ni admite subsanación” Rafael Salazar.

Dichas opiniones están recogidas en el Semanario Gráfico “CRÓNICA”, julio 1931, en un reportaje que afirma que la pena de muerte está “en todo caso llamada a desaparecer, tarde o temprano, de todos los códigos del mundo civilizado”.

De poco sirvieron aquellas reflexiones en la práctica, cuando entonces el terror de un levantamiento militar se apoderó del territorio y el bando vencedor de la guerra civil utilizó después a destajo la pena de muerte, como se ha dicho, aunque no existiera delito alguno, o que el delito consistiera en haber participado en un sindicato o haber militado en partidos políticos.

Pues bien, estando absolutamente de acuerdo que la pena de muerte envilece a un Código y que aquélla debería desaparecer, resulta tremendamente ofensivo para la dignidad humana presenciar a representantes públicos de un concreto país brindar por la reimplantación de la condena penal de muerte por ahorcamiento, festejándose así el execrable crimen organizado, judicial y político (existen antecedentes históricos en Europa por cierto de que, mientras se condenaba a la horca a los plebeyos, se condenaba a la decapitación a los nobles).

Y como tenemos que terminar ya esta aportación, no podemos hacerlo sin volver a la reflexión de aquel Senador comprometido con la paz que tuve el honor de conocer personalmente, ya que el infame gobierno de dicho país, hace ya un tiempo que practica el genocidio, juzgando y condenando a muerte a miles de personas inocentes, enviándoles sentencias cargadas de odio en forma de bombas, drones y misiles sobre las que en su defensa no cabe recurso alguno.

A eso me refería con el título de este artículo, en que nos encontramos de nuevo en tiempos de barbarie, en que se quiere normalizar el uso de la fuerza bruta y desprestigiar la razón de ser del derecho y las leyes, pulverizando el orden internacional que se concretó en la ONU tras la II Guerra Mundial, y dinamitando sin reparo alguno la propia Declaración de los Derechos Humanos. Nuestro deber es condenarlo firmemente y en todos los foros. ¿Volver a la Edad Media? No, gracias.

 

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