Blog de Derecho de los Animales
04 septiembre 2026
Por Covadonga Fernández Dos Santos, abogada y miembro de la Comisión de Dº Animal del Colegio de Abogados de Oviedo.
Maleta preparada, billetes comprados, alojamiento reservado, crema solar, cargadores, bañadores… Todo parece listo hasta que aparece una pregunta que, para quienes conviven con un perro, puede cambiar por completo la organización de las vacaciones: ¿y él, se viene con nosotros?
Durante años, la respuesta dependía bastante del tamaño del animal. Mientras que viajar en transporte público con un perro pequeño resultaba relativamente sencillo, hacerlo con uno de mayor tamaño podía obligar a renunciar a determinados viajes.
Desde el pasado 21 de julio de 2026, esa situación ha cambiado en buena medida. Renfe ha ampliado la posibilidad de viajar con perros de hasta 40 kilos a los trenes AVE, Avlo, Alvia, Euromed, Intercity, Avant y Media Distancia.
Desde el punto de vista del Derecho animal, esta nueva medida se enmarca en un cambio más amplio en la forma en que nuestro ordenamiento jurídico se relaciona con los animales. Durante mucho tiempo, el Derecho los trató fundamentalmente desde la lógica de la propiedad, una perspectiva que la Ley 17/2021, de 15 de diciembre, vino a modificar. El artículo 333 bis del Código Civil establece que los animales son “seres vivos dotados de sensibilidad”.
El mismo artículo dispone que las reglas aplicables a los bienes únicamente podrán proyectarse sobre los animales cuando sean compatibles con su naturaleza y con las normas destinadas a su protección. Además, obliga a propietarios, poseedores y demás personas responsables de ellos a ejercer sus facultades respetando esa condición y procurando su bienestar.
La pregunta, por tanto, ya no puede ser solamente: ¿puedo llevar a mi perro conmigo? También debemos preguntarnos: ¿en qué condiciones va a viajar?, ¿es adecuado para él?, ¿estamos atendiendo a sus necesidades?
Este cambio de enfoque puede apreciarse en ámbitos muy diferentes: en las decisiones sobre el cuidado de los animales tras una separación, en las obligaciones de tenencia responsable, en las normas frente al abandono y, ahora, también en el andén de una estación.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, profundizó en esta evolución. Su artículo 29 establece que los transportes públicos y privados deben facilitar la entrada de animales de compañía, siempre que estos no supongan un riesgo para las personas, otros animales o las cosas.
La ley se refiere expresamente a los operadores ferroviarios de corta, media y larga distancia, a quienes exige adoptar las medidas necesarias para garantizar el transporte de animales de compañía. El transporte deja así de contemplarse como una concesión excepcional del operador y pasa a formar parte de una integración progresiva de los animales en la movilidad cotidiana.
La nueva medida de Renfe debe entenderse dentro de esa evolución.
La ampliación mantiene condiciones específicas según el servicio, así como límites de capacidad y coches destinados a estos viajeros. Además, Renfe establece determinadas medidas de seguridad, como el uso de correa no extensible, el bozal durante determinados momentos del desplazamiento (especialmente en estación, embarque y desembarque) y la obligación de disponer de la documentación sanitaria correspondiente. También se exige responsabilidad sobre la higiene y el comportamiento del animal.
Hay más acceso, pero acompañado de responsabilidad. Y aquí aparece una pregunta que solemos olvidar.
Cuando hablamos de perros en el tren, casi todo el debate gira alrededor de los humanos. ¿Molestará? ¿Ladrará? Todas ellas son cuestiones razonables, pero, si hablamos de Derecho animal, debemos incorporar otra: ¿qué tal va a pasarlo el perro durante el trayecto?
Que una compañía ferroviaria permita viajar con nuestro animal no significa que cualquier perro esté preparado para hacerlo. Una estación en agosto supone maletas, gente, ruido, calor y, después, varias horas dentro de un espacio desconocido. Para un perro acostumbrado a viajar puede ser una experiencia completamente normal; para otro, una situación de estrés considerable. La tenencia responsable obliga también a valorar esa perspectiva: habituar progresivamente al animal al transporte, tener en cuenta su edad y temperamento, garantizar su hidratación y permitirle cubrir sus necesidades antes de iniciar el trayecto.
Al final y al cabo, el billete lo compramos nosotros, pero el viaje también lo hace él.
La fecha elegida para ampliar el servicio tampoco es irrelevante, ya que julio y agosto son los meses en los que vuelve a aparecer una de las caras más amargas de nuestra relación con los animales: el abandono.
Conviene evitar tópicos. El abandono animal es un fenómeno complejo y no puede explicarse exclusivamente por las vacaciones, pero las dificultades para viajar o encontrar alojamientos que admitan animales forman parte de los problemas prácticos a los que se enfrentan algunas personas. Por eso, facilitar alternativas de transporte no es una cuestión menor.
Quien decide convivir con un perro crea voluntariamente una relación de dependencia, la llegada del verano no suspende esa responsabilidad. Por eso resulta positivo que trenes, alojamientos, espacios turísticos y actividades de ocio vayan incorporando opciones compatibles con quienes viajan con animales. No porque todos los perros deban ir siempre de vacaciones con nosotros, ya que en algunos casos quizá sea mejor que permanezcan con una persona de confianza, sino porque la decisión debería adoptarse atendiendo a su bienestar y no porque el sistema haga imposible viajar con ellos.
Todo eso conecta con otro fenómeno jurídico cada vez más visible: la llamada familia interespecie. El término puede resultar novedoso, pero la realidad que describe es cotidiana. Los animales ocupan un lugar estable en muchas unidades familiares y las decisiones humanas tienen consecuencias sobre ellos que el Derecho ya no puede ignorar. Esto también es una labor del Derecho animal: ordenar jurídicamente una convivencia que ya existe.
Hoy todavía puede sorprender encontrarse un galgo, un labrador o un mestizo tranquilamente tumbado junto a una ventanilla mientras el tren atraviesa España camino de la costa. Probablemente, dentro de unos años nos resulte completamente normal. Las transformaciones jurídicas no siempre llegan con grandes titulares. A veces empiezan en decisiones aparentemente pequeñas: quién cuida del perro después de un divorcio, qué obligaciones asumimos al adoptarlo, dónde puede entrar o cómo puede viajar.
La ampliación de Renfe es un ejemplo de estas transformaciones. Reconocer que los animales son seres sintientes no consiste únicamente en protegerlos frente al maltrato o castigarlo cuando se produce. También significa asumir que, cuando decidimos compartir nuestra vida con un animal, incorporamos sus necesidades a nuestras propias decisiones. Especialmente cuando llega el verano, hacemos la maleta y nos vamos de vacaciones.