19 abril 2023

De los cumplidos y la cortesía en el foro

José Ramón Chaves Por José Ramón Chaves
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El desarrollo de las vistas judiciales suele ser territorio poco propicio al humor e incluso a los halagos gratuitos, sean dirigidos al colega abogado o al juez.

El mejor cumplido que agradece el abogado es ganar el litigio si el juez acoge sus alegatos; si además la sentencia asume literalmente y con cita expresa la argumentación del abogado, o si se adentra a añadir algún discreto adverbio elogioso, miel sobre hojuelas (“razonada demanda”, “impecable lógica”, “destreza expositiva”, “solvencia técnica”, etcétera).

Curiosamente, en Estados Unidos no se considera ajustado a los deberes éticos del abogado la difusión de los elogios realizados a su labor por un juez, en relación a su labor en estrados, y aunque se hagan por correo electrónico privado, por considerarse una herramienta  maliciosa de marketing para captar clientes que menoscaba la sana competencia.

El mejor cumplido que agradece un juez es que sus resoluciones no sean recurridas, por considerar el vencido que la solución ha sido insatisfactoria pero con sentencia razonada y argumentación razonable.

En cambio, los elogios que se vierten en plena vista oral hacia el juez incluidos en los alegatos de las partes, poco ayudan al éxito de la estrategia procesal.

Nos referimos al elogio descarado, adulador y claramente orientados a captar el favor del juez. En cambio, resulta legítimo el elegante cumplido que suaviza el ataque, ya sea frente a la posición del juez o del abogado adversario.

Es el caso del cumplido aparente ante el juez: “Comprendemos que su señoría nos deniegue la prueba, pero nos gustaría que se comprendiese nuestro esfuerzo en insistir en ella por poderosas razones…”.

O el del cumplido defensivo frente al abogado adversario: “No podemos estar más de acuerdo con nuestro colega pues es cierto que hemos sobrepasado los plazos, pero no ignora tampoco que a nuestro favor juega que…”.

Conocí el caso real de un abogado, catedrático de derecho administrativo por más señas, cuya demanda daba por hecho la estimación de sus pretensiones por el juez al que se dirigía en tono de compadreo (“es patente que su señoría estimará nuestra demanda como diestro conocedor de la leyes”), pero cuando la sentencia le fue desfavorable, arremetió en el recurso de apelación contra el juez y no se contuvo al afirmar que “la sentencia es propia de un estudiante de primero de Derecho, poco avezado”, lo que determinó la imposición de una multa de corrección en estrados de cuatro mil euros.

Lo cierto es que los halagos gratuitos en el foro tienen corto recorrido, y demuestran falta de instinto felino. En cambio, la sobria cortesía es un arma demoledora y con importantes implicaciones. No nos referimos a los meros usos formales (“Con la venia…”, “con el debido respeto y en términos de defensa”, etcétera) sino al seguimiento de dos valiosos consejos de dos clásicos pensadores, el del escritor Baltasar Gracián (1601-1658) y el del filósofo José Ortega y Gasset (1883-1955), que se refieren a dos propiedades necesarias en cualquier discurso (incluido el jurídico) en que se intente “vender” cosas o ideas: la brevedad y la claridad.

Para Baltasar Gracián «Lo bueno, si breve, dos veces bueno». Y es que bien está en el actuar del letrado que insiste en una idea desde distintos ángulos. De hecho, la mayoría de los procedimientos judiciales se alzan sobre una fase inicial de alegatos, la fase intermedia de prueba, y la fase final de conclusiones, siendo frecuente que cada parte mantenga su apuesta inicial, aunque el resultado probatorio le fuere desfavorable.

Cosa distinta es el abogado novicio que parte de la falsa premisa de que un alegato mejora con la cantidad, con el aluvión de jurisprudencia, con el volcado de doctrina y con la machacona insistencia en su idea. No es frecuente, pero quienes incurren en el vicio de los escritos o alegatos orales indigestos, por excesivos y redundantes, suelen provocar el recelo o pérdida de atención del receptor, e incluso llevar al juez a sospechar en su fuero interno que, cuando tanto suena el río, es que lleva agua turbulenta o contaminada.

Para Ortega y Gasset: «La claridad es la cortesía del filósofo». En el ámbito forense, no existe obligación de usar jerga jurídica, latinajos y sintaxis compleja para vencer en el litigio. La misión del abogado es convencer al juez de que tiene razón y que el contrario no la tiene, pues se trata de captar la atención del juez y sintonizar en el planteamiento,  no de poner al juzgador en la tesitura de actuar como San Anselmo de Canterbury: «Solo creo lo que entiendo».

A estas alturas, habrá quien opine que un alegato breve y claro, si no cuenta con sensatez y buen aderezo jurídico, de nada sirve. Muy cierto. Sin embargo, el abogado más astuto y erudito del mundo, si no sabe formular su mensaje de forma breve y clara, se encontrará con una sentencia contraria a sus intereses.

No es menos cierto que quizá la respuesta en forma de sentencia también puede resultar plúmbea y oscura, pues el vicio de la verborrea o insensatez también lo padecen los jueces, pero la honradez profesional debe llevar a ocuparse de corregir los vicios propios y no escudarse en los ajenos.

En suma, si el abogado se esfuerza en mostrar cortesía en el foro, en forjarse una reputación de hombre serio de prosa vibrante, sincera y elegante, contará con una estupenda carta de presentación que anunciará a todos los presentes una vista oral amena, bella y cómoda. Un auténtico goce de la profesión jurídica, tanto por abogados como por los jueces, al margen del desenlace. Y si además se ganase el litigio, hora será de recordar el viejo dicho de Jacinto Benavente: «En la pelea se conoce al soldado; sólo en la victoria, se conoce al caballero».

José Ramón Chaves 
Magistrado
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