23 marzo 2015

Plagio vs Uso ético de la información

“No es de dónde sacas las cosas, es a dónde las llevas” – Jean-Luc Godard (1930). Cineasta

FOTO SUSANA Blog EnaticHe elegido este tema, sobre el que me consta que hay ya mucho escrito y muy bueno, porque en las últimas semanas he vivido de cerca varios casos de plagio, pero de plagio a lo bestia, de los de copiar hasta la última coma, hasta con algún desliz tipográfico; y creo que todavía podemos darle un empujón a la conciencia sobre este tema procurando impulsar nuestra creatividad y monitorizar nuestras entradas con algunas herramientas que, al menos, nos permitan detectarlo.

Ya decía Voltaire que toda creación requiere influencia (“La originalidad no es nada más que una imitación juiciosa. Los escritores más originales tomaron prestado unos de otros”). Es lícito y recomendable inspirarnos y documentarnos en una previa y contrastada lectura antes de escribir sobre cualquier tema, así sea para hacernos nuestra propia opinión.

Podemos compartir reproduciendo, distribuyendo y comunicando trabajos y artículos sobre temas de actualidad difundidos por los medios de comunicación social, citando siempre la fuente y el autor del trabajo, siempre que éste no haga constar en origen la reserva de derechos (art. 33 TRLPI). De ahí a copiar o reproducir el artículo, así sea mediante la inclusión de ciertos párrafos, e incorporarlo a nuestro blog comunicándolo como propio sin citar la fuente o al autor, va un largo trecho con consecuencias legales y reputacionales que deberían ser muy tenidas en consideración. Hablamos de Propiedad Intelectual como valor histórico y de influencia en el desarrollo y progreso de la humanidad conforme a Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual de 26 de junio de 2000.

La Doctrina del Tribunal Supremo entiende por plagio “copiar obras ajenas en lo sustancial”; “una actividad material mecanizada y muy poco intelectual y creativa, carente de toda originalidad y de concurrencia de genio o talento humano”, referida a “coincidencias estructurales básicas y fundamentales y no a las accesorias, añadidas, superpuestas o modificaciones trascendentales”, que produce “un estado de apropiación y aprovechamiento de la labor creativa y esfuerzo ideario o intelectivo ajeno”, es decir presentando la obra como propia, sin autorización del autor titular de los derechos sobre la misma y sin indicar explícitamente de dónde procede la información (SS. del TS. de 28-1-95, 17-10-97, 23-3-99 y 23-10-01, 23-11-2003, entre otras que las citan).

El contenido de valor diferencia y visualiza especialidades en la sociedad de la información y del conocimiento; sin embargo, generar contenido mecanizado, carente de creatividad y originalidad, nos sitúa en el lado opuesto a la generación de valor, a la par que supone atentar contra los derechos morales y patrimoniales del autor sobre la creación original (art. 10, 14 y 17 a 21 TRLPI, entre otros).

Citar al autor y entrecomillar los textos de obras ajenas que incorporemos, así como las fuentes bibliográficas consultadas para inspirar nuestros artículos es una práctica óptima de respeto a los derechos de autor en el uso ético de la información.

¿Qué podemos hacer para intentar disuadir la práctica del plagio?.

“Se presumirá autor, salvo prueba en contrario, a quien aparezca como tal en la obra, mediante su nombre, firma o signo que lo identifique” (art. 6.1 TRLPI), correspondiéndole, como titular de los derechos, el ejercicio de las acciones previstas en los art. 138 y siguientes TRLPI o su denuncia como delito contra la propiedad intelectual del art. 270.1 del Código Penal, en caso de probar hacerse realizado con ánimo de lucro y en perjuicio de tercero.

Una buena herramienta para crear un principio de prueba sobre nuestra autoría puede ser registrar nuestra creación mediante plataformas como Safe Creative, un registro declarativo que puede ayudarnos a informar a nuestros lectores de que nuestro contenido está registrado bajo copyright o licencia de creative commons, a nuestra elección.

¿Cómo podemos detectar que nos han plagiado?

Lo cierto es que generalmente destinamos nuestro tiempo a acciones más proactivas en la monitorización de nuestras entradas en web o blog que en copiar párrafos y subirlos a búsquedas de Google para ver qué resultados de posibles copias textuales nos arroja. Basta con hacerlo para que casi se nos quiten las ganas de repetir la experiencia. Google nos devuelve resultados marcados en negrita de coincidencias textuales de nuestros párrafos, y esto nos da un dibujo bastante fiel en caso de que se haya producido tal reproducción, ya que nos dirige directamente a la web o blog de publicación, y allí incluso podemos descubrir que no ha sido la primera ni la última vez que vemos nuestras palabras copiadas textualmente.

Existen algunos programas que nos ayudan a identificar y monitorizar el plagio de nuestros contenidos. Algunos son de pago como WriteCheck; Compilatio; PlagScan; Crosscheck; Ithenticate o Turnitin; si bien existen otros gratuitos de rápido y eficaz funcionamiento, como:

  • Plagium permite pegar un fragmento de nuestro texto original (hasta 24,566 caracteres) y descubrir si aparece duplicado en otra URL.
  • Copyscape que permite buscar copias de una página web o blog introduciendo la URL, así como monitorizar copias que sean encontradas posteriormente generando alertas. Similar funcionamiento tiene también Dupli Cheker.
  • Copionic: permite subir y analizar archivos y compararlos con otros, aunque tiene la desventaja de que requiere previa descarga y registro. Similar funcionamiento tiene también Viper.

¿Qué podemos hacer cuando descubrimos que alguien ha plagiado nuestra creación?

Lo más recomendable siempre es alertar al responsable solicitándole que incluya el link a nuestro blog o web y reconozca la cita o autoría; pasando por solicitarle la retirada del contenido e incluso iniciar la vía de reclamación de los derechos judicialmente. No es tan recomendable iniciar una cadena de desprestigio en redes sociales, aun siendo positivo evidenciarlo, toda vez que con ello incluso podemos dar inmerecida publicidad al responsable del plagio.

 Susana González Ruisánchez

Derecho y Estrategia Digital CyZ Abogados

Coordinadora de la Comisión de Comunicación y Eventos de ENATIC.
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