15 diciembre 2014

Transformación digital de la Administración de Justicia

Aunque a priori suene obvio decirlo a estas alturas del tiempo transcurrido, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación representa toda una revolución que obligatoriamente nos debe llevar a seguir consiguiendo mejores resultados que favorezcan nuestras relaciones a nivel institucional y profesional, sin embargo, debemos ser realistas en que nos queda mucho camino que recorrer y muchos cambios que debemos afrontar para una plena instauración de las mismas.

Sin ningún género de duda es una cuestión que va calando poco a poco en todos los sectores de la sociedad, ya sea tanto del lado público como privado, una cuestión, que sin parecer desmesurado en su comparativa parece tornarse en toda una “cuestión de Estado” a nivel institucional, dado el cariz que se ha tomado en sectores como el de la Administración Pública, mediante la aprobación del Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, al diseñar un modelo común de gobernanza, que tiene como finalidad conseguir una política TIC común, mediante el diseño de una estrategia global de transformación digital cuando no electrónica, en aras de garantizar el uso adecuado de los recursos informáticos con el fin últimos entendemos de mejorar la prestación de los servicios públicos al ciudadano.

Maxim Malevich
Maxim Malevich

Es del todo cierto que en cualquier gestión del cambio que implique o afecte a varios interlocutores, debe existir una dirección con suficiente fuerza institucional y normativa, que aglutine sus intereses y ponga en común y al servicio de todos una senda única que permita que los avances que se van realizando redunden en beneficio de las propias administraciones implicadas y por ende del conjunto de los ciudadanos como último eslabón de la cadena. Sin embargo, al igual que en el sector privado existen diferencias en el uso de las nuevas tecnologías, o mejor decir, en la manera que las mismas deben aplicarse a las particularidades de su negocio, en el sector público sin duda también existen parcelas que si bien desde tiempos pretéritos han resultado diferentes por las particularidades que las mismas representaban, es por eso que si bien intencionado el uso generalizado de las nuevas tecnologías no deben hacer pretenden que sean iguales.

La diferenciación en cuanto al modelo de dirección para la implantación progresiva y racionalizada en el uso de las TIC, es lo que parece haber marcado la disyuntiva entre una modelo de gobernanza y un modelo de cooperación, entendidas no sólo desde el plano terminológico, sino también en cuanto a su forma de llevarlas a cabo, que requieren sin duda un planteamiento en la toma de requisitos que difieren en su misma esencia, lo que parece haber sido el fundamento del legislador al crear con conocimiento de causa entramados normativos diferenciados entre la Administración Pública y la Administración de Justicia, con la creación en este último caso de un modelo organizativo de cooperación que no de gobernanza mediante la instauración del Comité técnico estatal de la Administración judicial electrónica (CTEAJE), y que desde luego no dejaba margen de interpretaciones distintas al publicar sendas normas con rango de Ley para ámbitos de aplicación distintos en el uso de las TIC.

El CTEAJE en lo que a la Administración de Justicia se refiere, supone la piedra angular para el desarrollo de una aplicación uniforme en el uso de las TIC, con un camino emprendido que hasta la fecha se torna en la creación de grupos de trabajo sobre materias concretas y específicas para la administración judicial electrónica, que no administración judicial digital, siendo ejemplo de las mismas las comunicaciones telemáticas, la gestión archivística, flujos de tramitación de los procedimientos judiciales y modelos de documentos asociados, etc…,que requieren de un análisis profundo y de una cooperación en común de los esfuerzos para lograr entre otros los resultados de favorecer la compatibilidad y asegurar la interoperabilidad de los sistemas y aplicaciones empleados, no sólo en su ámbito propio sino en sus relaciones externas con otras instituciones y organismos. Parece no obstante, como si los esfuerzos estuvieran focalizados sobre partes separadas de lo que debe representar el verdadero entramado de la auténtica administración judicial electrónica, pudiendo obviarse que no deja ser un todo necesario y compacto para una Administración de Justicia del siglo XXI y que pudiera plantearse que para conseguirlo no fuera suficiente una cooperación y colegiación de esfuerzos, sino más bien algo de mayor envergadura que dibuje una directrices generales por encima de intereses particulares y con suficiente entidad como para hacerse cumplir.

Sin duda el legislador fue consciente de que por la compartición de competencias en materia de Justicia resultaba inviable un modelo de gobernanza en el uso de las TIC, optando acertadamente por un modelo de cooperación institucional en aras de conseguir un consenso común, pero quizá aunque sea valedero, no debe ceñirse únicamente sobre cuestiones concretas sino sobre la propia esencia que imprime el negocio de Justicia en la tramitación y organización de los procedimientos judiciales, que debe suponer sin merma de sus garantías jurídicas, una auténtica transformación del contenido del derecho fundamental a un proceso público sin dilaciones indebidas y que el uso de las TIC debe favorecer que no obstaculizar, cuestionándonos si para conseguirlo el legislador no tiene en su mente y en esa traslación que viene haciendo de la Administración Pública a la Administración de Justicia, si debería modelar para cooperar en aspectos puntuales y modelar para “gobernar” hacía la uniformidad territorial del derecho de todos a consagrar el régimen jurídico de la administración judicial electrónica.

 Alejandro Moro Nicolás

Asesor/Consultor senior jurídico-técnico (ISDEFE) – Subdirección General de Programación de la Modernización (Ministerio de Justicia)

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