02 septiembre 2019

A vueltas con la salud

Considero que el 22 de diciembre es el único día del año en que se llevan a cabo dos celebraciones: por una parte, la de los agraciados en el sorteo de la Lotería Navidad y por otra, la del resto de los mortales, el Día de la Salud.

Sin embargo, para la población penitenciaria el Día de la Salud es el día en que atraviesan por primera vez las puertas de la prisión. A partir de ese momento… lo importante será mantener la salud.

Y sí, en prisión, lo importante es tener salud, porque como les falte salud será difícil recuperarla allí, pese a lo que disponen leyes y normas nacionales y reglas internacionales.

Así, la regla 24 de las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos, conocidas como Reglas Nelson Mandela establece que “la prestación de servicios médicos a los reclusos es una responsabilidad del Estado. Los reclusos gozarán de los mismos estándares de atención sanitaria que estén disponibles en la comunidad exterior y tendrán acceso gratuito a los servicios de salud necesarios sin discriminación por razón de su situación jurídica”

El artículo 43.1 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad donde se establece que la presente Ley tiene por objeto la regulación general de todas las acciones que permitan hacer efectivo el derecho a la protección de la salud, y la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud que en su artículo 3 señala que “son titulares de los derechos a la protección de la salud y a la atención sanitaria los siguientes: a) Todos los españoles y los extranjeros en el territorio nacional en los términos previstos en el artículo 12de la Ley Orgánica 4/2000.”

En ese sentido también la Ley Orgánica General Penitenciaria, en su art.3.4, dispone que la administración penitenciaria velará por la vida, integridad y salud de los internos.

Pues bien, pese a todo ello, lo cierto es que el derecho a la salud de las personas presas ni se protege, ni se ampara ni mucho menos se garantiza.

De poco o de nada han servido las consideraciones y denuncias de la plataforma de la Sanidad Penitenciaria, ni las recomendaciones del Defensor del Pueblo, ni tan siquiera el hecho de que la compañera Maribel Mora, durante su estancia en el Senado, consiguiera que por unanimidad que esta cámara, el 26 de octubre de 2016, aprobara una moción instando al Gobierno a que las comunidades autónomas gestionen la sanidad penitenciaria.

Después de dos años de la recomendación del Senado, el jueves 13 de diciembre de 2018, en su comparecencia ante la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados,  el Secretario General de Instituciones Penitenciarias, don Ángel Luis Ortiz González, manifestaba que “es prioritario impulsar el traspaso de dicha sanidad a las comunidades autónomas… La situación en este momento pone de manifiesto una falta importante de recursos humanos, sanitarios y penitenciarios, especialmente de facultativos”.

La oferta pública de empleo de los últimos años en cuanto a personal facultativo, farmacéutico y de enfermería queda sin cubrir, ya que existe una importante diferencia retributiva con el personal sanitario que trabaja fuera de prisión.

Por otra parte, en los próximos tres años –como reconoce Instituciones Penitenciarias-, más de la mitad del personal facultativo que presta servicio en los centros penitenciarios podrán solicitar la jubilación, con lo cual la situación de la sanidad penitenciaria ha evolucionado a emergencia y no permite conceder al próximo Gobierno ni los cien días de gracia, porque se trata de un derecho fundamental que se está desconociendo y vulnerando.

El Defensor del Pueblo, en la presentación de su informe de 2018, pedía al Ministerio del Interior que negocie con las comunidades autónomas la transferencia de la Sanidad Penitenciaria.

Cada dos días muere una persona en la cárcel. Llama poderosamente la atención el hecho de que, mientras la población penitenciaria disminuye, el número de muertes en prisión aumenta.

Curioso dato que por sí solo debería hacer saltar todas las alarmas de los poderes públicos y sacudir todas las conciencias y que constituye sólo la punta del iceberg porque, ¿cuántas consultas médicas se han perdido por falta de recursos para llevar a cabo la conducción? ¿Cuántas urgencias han sido desatendidas? ¿Cuánta medicación no se ha dispensado en la forma adecuada? ¿Cuántos enfermos mentales hay en las cárceles sin diagnosticar? ¿Cuántos diagnosticados sin tratamiento? ¿Cuántos tratamientos sin seguimiento y sin control por parte de las unidades de salud mental?

En este aspecto, la labor de los SOAJP se torna fundamental a la hora de denunciar esta situación, poniendo de manifiesto todas las deficiencias y tramitando las quejas y recursos en defensa del derecho a la asistencia sanitaria de las personas privadas de libertad por cuanto al estado le compete garantizar ese derecho.

Y entretanto, lo dicho…. ¡salud!

Faustino Barriguín Fernández

Vocal de la Subcomisión de Penitenciario

Coordinador del SOAJP de Ilustre Colegio de Abogados de León

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