02 febrero 2018

Entrada y presencia de perros de asistencia en dependencias judiciales

Isabel García Ruiz. Diputada responsable de la Comisión de Defensa del Derecho y Bienestar Animal del Colegio de Abogados de Sabadell

Muchos estudios e informes avalan la utilización y participación de animales en terapias asistidas, esto se convierte en una herramienta de apoyo y de trabajo en situaciones que requieren facilitar la comunicación, crear conductas e implicar a los usuarios para facilitar soluciones terapéuticas.

Dentro del ámbito judicial encontramos a menudo situaciones que, por su problemática, generan en el usuario situaciones de estrés y ansiedad. Situaciones como las intervenciones con víctimas de violencia de género o doméstica, con menores o personas con discapacidad tanto dentro del ámbito penal como del civil, suponen momentos de angustia y nerviosismo que la falta de recursos y mecanismos por parte del propio personal de la administración de justicia y de sus colaboradores hacen poco viable evitar a pesar de su voluntad e interés.

Estos estudios, llevados a cabo en EEUU, Japón y varios países europeos, como Inglaterra o España, ponen de manifiesto que el vínculo que se establece con el animal ayuda a trabajar los aspectos emocionales, entre otros, que facilitan identificar y expresar emociones, disminuir el nivel de ansiedad y mejorar el control de impulsos.

Los programas en dependencias judiciales con perros de apoyo o terapia pretende ayudar a menores, personas con discapacidad y víctimas de violencia de género o doméstica desde la fase de investigación e instrucción en el juzgado hasta la vista oral, en su caso. Con la presencia de perros especialmente preparados para esta función se genera un contexto de confianza para ayudar a liberar el estrés acumulado, reduciendo la ansiedad y haciendo que, desde la entrevista con los letrados, el reconocimiento forense o la declaración ante el órgano judicial sean menos traumáticos y no lleven a lo que se conoce como “doble victimización” al tener que revivir  experiencias dolorosas vividas.

La participación del perro de asistencia no sólo tendría lugar en el ámbito penal (juzgados de instrucción, de violencia sobre mujer o juzgado penal) sino también dentro del ámbito civil en casos, por ejemplo, de exploraciones de menores en los juzgados de familia en procesos de separación y divorcio u otros en el ámbito familiar. También puede tener un evidente beneficio en procedimientos donde esté presente una persona con discapacidad, dado que se ha demostrado en experiencias similares que la presencia de un animal facilita la colaboración y la calma y ayuda a disminuir la situación de control que sufren cuando se ven inmersas en una declaración judicial.

En España se han llevado a cabo iniciativas similares, como por ejemplo en los juzgados de familia de la CCAA de Madrid donde el programa estaba dirigido a los menores que habían sido víctimas de delitos o que debían intervenir en procesos de familia. También los juzgados de la CCAA de Asturias han realizado programas con perros de terapia dentro del ámbito judicial con menores, víctimas de violencia de género o doméstica y personas con discapacidad. También en estos casos el perro estaba presente desde el momento de las entrevistas con los profesionales (jueces, abogados) como las actuaciones judiciales propiamente dichas.

En Cataluña, el Departamento de Justicia y la Fundación Affinity pusieron en marcha un programa piloto en la Audiencia Provincial de Tarragona dirigido a víctimas de violencia de género y contra la libertad sexual. En el marco del programa, un perro acompañaba a la víctima desde el acceso al juzgado y hasta el momento de declarar y luego a la salida del edificio. Se ha evidenciado que la presencia del perro y el poder interactuar con él dieron como resultado una disminución notable del nivel de ansiedad.

En este aspecto, se debe tener presente lo dispuesto en la normativa autonómica en cuanto al acceso de perros de asistencia en edificios públicos. Varias Comunidades cuentan con normas específicas (Castilla y León, Baleares, etc..). En Cataluña, la Ley 19/2009, de 26 de noviembre, sobre el acceso al entorno de las personas acompañadas de perros de asistencia en Cataluña,  y la norma que la desarrolla, Orden ASC / 573/2010, de 3 de diciembre, prevén expresamente que los perros de asistencia a personas con discapacidad puedan acceder a edificios y dependencias públicas, entre ellas, los edificios judiciales. La norma no sólo hace referencia a perros guía, también se aplica a perros de asistencia y perros de aviso para personas con otros tipos de discapacidad o patologías como discapacidad auditiva, epilepsia, trastornos del espectro autista, etc…

En estos casos, los perros pueden acceder a todo tipo de edificios o espacios ya sean de titularidad pública o privada. Expresamente se mencionan las dependencias judiciales así como los centros educativos, centros sanitarios, museos, instalaciones deportivas, etc ..

Un ejemplo ilustrador de esta situación es el programa de asistencia con perros en el Hospital Sant Joan de Dèu de Barcelona donde los animales ayudan a la recuperación y tratamiento de los menores ingresados tanto a las unidades de hospitalización como urgencias y consultas externas, programa que es líder y que evidencia que a los equipamientos públicos, y con las garantías y cuidados adecuados, pueden acceder los perros con una función de ayuda y terapia.

Igualmente, dentro de instituciones penitenciarias se han implantado programas con la participación de perros de asistencia que ayudan a mejorar la capacidad de relación personal y autoestima del interno, el fomento del sentido de la responsabilidad así como contribuir a reducir el nivel de ansiedad y depresión.

Esto pone de manifiesto que, sobre cuestiones logísticas, debe prevalecer el beneficio que para los usuarios puede conllevar la presencia, ayuda e interacción de un perro de asistencia. Si se encuentran fórmulas para que puedan acceder a hospitales, centros de salud o centros penitenciarios, con los requerimientos de higiene y vigilancia que ello supone, es posible encontrar la fórmula para que puedan acceder de forma normalizada a edificios judiciales con condiciones y garantías tanto para el personal que trabaja, por los ciudadanos y usuarios como por el perro de asistencia y su acompañante.

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