31 marzo 2017

Y tú, letrado, ¿concilias?

Rosa ManrubiaPor Rosa Manrubia 
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El 80% de los abogados en ejercicio en España son autónomos o mutualistas que ejercen por cuenta propia en despachos de dos ó tres compañeros. Estos datos estadísticos arrojan una serie de problemas de índole personal a la hora de poder llevar a cabo la conciliación de la vida personal y familiar.

Son muchos los problemas en materia de conciliación que se nos plantean a los abogados. Al clásico supuesto, que tanto hemos reclamado, en materia de maternidad/paternidad y cuidado de los hijos menores se une hoy día un problema del que poco se habla pero que también es muy recurrente: el cuidado y atención de padres mayores y dependientes.

A la autora de este blog le eran ajenos hasta hace poco ambos problemas hasta que, por circunstancias de la vida, durante dos meses tuve que hacerme cargo yo sola de un familiar mayor y dependiente por enfermedad grave. Aparejado a este problema, se unía la circunstancia de ser familiar político, lo cual era difícilmente justificable ante un Tribunal o un cliente a la hora de solicitar una suspensión o sustitución, dando una y mil explicaciones y disculpas por tener que aminorar el tiempo dedicado al trabajo por tener que atender una hospitalización y una rehabilitación de un dependiente físico. Juegos malabares a la hora de poder llevar a cabo todas mis obligaciones (escritos a horas intempestivas, cestas de la compra saliendo del despacho en el super de la esquina, citas con clientes en cafeterías de hospital, etc.) me hicieron ver lo complicado que resulta conjugar esa circunstancia con tu vida personal (que deja de existir por una temporada).

Así las cosas, me encontré en la tesitura de tener que solicitar suspensiones de señalamientos. Desgraciadamente el panorama de las suspensiones procesales en España no está unificado. La suerte hizo que el TSJ de Murcia tuviera un protocolo de suspensiones y señalamientos al que tuve que recurrir.

Consultado el anterior el resultado arrojaba:

e)La acreditación de las anteriores circunstancias o de cualquier situación de enfermedad de Letrado, así como de situaciones de enfermedad muy grave de cónyuges o personas en situación de hecho o asimilada y familiares directos hasta el primer grado se realizará mediante la aportación de copia digital, adjunta al escrito interesando la suspensión de vista, bien de parte médico que justifique la situación de enfermedad, embarazo o parto, que quedará unido a las actuaciones y a disposición de las partes o bien de certificación expedida por el Colegio de Abogados al que pertenezca el Letrado solicitante de haber sido aportada dicha documentación a su expediente colegial y haber sido examinada y valorada a tales efectos.

Recuerdan que les hablaba de familia política, ¿verdad? Pues si tienen que cuidar de su suegro/a se pueden dar por perdidos, porque no es un supuesto contemplado. En mi caso, pude solventarlo hablando personalmente con el secretario judicial pertinente.

Las soluciones en materia de conciliación pasan por aplicar protocolos eficaces y que sean asumidos por todos los operadores jurídicos como propios.

En este sentido el Consejo General de la Abogacía adoptó un protocolo de buenas prácticas en materia de suspensiones de señalamientos en las Jornadas de Comisiones de Relaciones con la Administración de Justicia (CRAJ) 2016 celebradas en Mataró que vino a significar un avance en esta materia.

Pero no es suficiente. Es necesario que los Colegios de Abogados nos apoyen en esa ardua tarea de la conciliación facilitando medidas y herramientas que nos permitan tener un compañero disponible que nos sustituya, una sala de lactancia, un servicio de acompañamiento concertado, etc., porque no nos engañemos… conciliar supone también un gasto económico en materia de guarderías o servicio de acompañamiento para mayores a veces inasumible monetariamente para muchos de nuestros compañeros.

Queda mucho que trabajar para poder llevar a cabo una conciliación real de la vida profesional, familiar con la personal. Pero poco a poco la sociedad, el colectivo y los Colegios de Abogados están cada vez más concienciados de ese problema.

Porque insisto, la conciliación no abarca solo la maternidad, sino que a cualquiera de nosotros nos puede ocurrir tener que acudir a diario a un hospital para cuidar a un padre, una suegra o una abuela.

Ahora es trabajo e implicación de todos.

Rosa Manrubia
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