16 junio 2020

La delicada deshumanización de las vistas orales telemáticas

José Ramón Chaves  Por José Ramón Chaves
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En la fase final de la pandemia, los juzgados y tribunales retornan a la actividad judicial y, de seguirse las pautas clásicas, comportaría que las vistas orales se celebren con concurrencia próxima de peritos y testigos en sala o a las puertas de la misma, o de juez y letrados o fiscales.

Sin embargo, la prevención sanitaria impone distancias y por ello es lógica la recomendación desde el Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia y administraciones autonómicas, de que durante unos meses después de finalizar el estado de alarma, las vistas orales y, en general, todos los actos procesales, se realicen preferentemente mediante presencia telemática, siempre que existan medios técnicos para ello.

Podrá decirse que si conversamos con amigos o celebramos negocios por internet, y si vivimos como real lo que nos ofrecen las pantallas de artilugios domésticos, debería ser igualmente eficaz la vista oral telemática.

Sin embargo, al igual que el escritor Lobo Antunes decía que “escribir con ordenador es como hacer el amor con preservativo”, me temo que celebrar vistas orales en forma telemática también tiene su peaje en términos de cercanía, comunicación y efecto.

Resulta muy importante la cercanía física que contribuye a colocar a los interlocutores en la misma burbuja de intimidad. Existen unos lazos invisibles de miradas, ruido de fondo compartido y luces, e incluso olores, que aproximan e implican a la partes. Las pantallas pese a su transparencia separan con la misma eficacia que lo harían los cristales de seguridad en la jaula de un zoológico.

Además, los preparativos propios de las vistas telemáticas, con sus pruebas, tecleado, fallos técnicos inevitables, desajustes de imagen, verificación de comparecencias e identidades, generan una tenue deshumanización del procedimiento. No es lo mismo realizar un negocio por internet que debatir con argumentos sobre razones jurídicas y versiones de hechos enfrentadas. La Justicia en último término afronta cuestiones fieramente humanas, sobre intereses humanos, que apelan a la humanidad y ciencia del juez, y la interposición telemática nos coloca a todos más mobiliario de escena que protagonistas de la historia.

Muy importante, y no suficientemente estudiado, resulta el cruce de miradas que existe en las vistas orales, que en el formato telemático no ofrecen la espontaneidad, viveza e inmediatez propia de las vistas clásicas. Las miradas del juez hacia los letrados, expresando contención o animando a continuar. Las miradas de los letrados hacia el juez expresando asombro o comodidad según los derroteros del litigio. Las miradas de los testigos o de los peritos, que a veces revelan mucho sobre la credibilidad de lo que afirman. Es cierto que esas miradas existen igualmente en el contacto telemático pero apagadas, y las voces se tornan metálicas o con ecos, y todo ello alza una invisible barrera entre los participantes.

Se dirá que en las vistas telemáticas nada impide el contacto visual ni la escucha directa, pero no es lo mismo, pues se desvanece y apaga el impacto impresionista de las miradas combinadas con las palabras y gestos. La tecnología interpuesta ayuda al desapego, resta empatía y favorece la frialdad, sin olvidar que propicia que testigos o peritos se sientan psicológicamente menos controlados sobre sus declaraciones.

Por añadidura, nuestra cámara personal, la de juez y letrados, guiada por nuestras neuronas, en las vistas orales clásicas, se mueve con miradas, gestos y palabras por la Sala, de forma ágil, certera y pasando, como en buena técnica cinematográfica, de primeros planos, a planos-secuencia o incluso a pausas.

No es extraño que entre las medidas adoptadas en el orden jurisdiccional penal, se mantenga la necesidad de la presencia física del acusado en los juicios por delito grave. Cabe preguntarse si la justicia de otras infracciones penales o de otros órganos jurisdiccionales tolera rebajar el nivel de garantías, aunque sean menores. Y es que, como nos recordó Shakespeare, Ricardo III perdió la batalla de Bosworth en 1495 por un clavo de herradura (que provocó la caída del rey de su caballo y con ello su derrota), por lo que no faltan pleitos en que por una particular percepción del testimonio del  testigo o la declaración del perito, o la actitud del letrado en la vista oral, se produce una valoración jurídica por el juez que puede inclinar la balanza de la Justicia.

Quizá no debemos preocuparnos. Al fin y al cabo las vistas telemáticas son un avance tecnológico que ofrece garantías, economía temporal evitando desplazamientos y exactitud y, cómo no, son la antesala de los posibles juicios de la próxima década en que posiblemente la telemática permitirá que las declaraciones se hagan desde el domicilio o sede de testigos, peritos o abogados. E incluso quizá la robótica permita sustituir en numerosos actos a jueces y letrados por inteligencia artificial, y es que nada hay que descartar pues, parafraseando la zarzuela de “La Verbena de la Paloma”, hoy la tecnología adelanta que es una barbaridad.

En suma, bienvenidas las vistas orales telemáticas por sus bendiciones preventivas, pero malditas en cuanto distancian la función jurisdiccional, cuya inmediación en presencia física y vibraciones humanas, siempre ayuda y no perjudica a esa dama veleidosa que es la Justicia.

José Ramón Chaves 
Magistrado
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