24 septiembre 2020

Victoria Ortega, en las VIII Jornadas de Violencia de Género: “Sólo con una igualdad efectiva podremos erradicar la violencia de género”

  • Reclamó regular con carácter preceptivo la asistencia letrada a las víctimas desde el momento previo a la interposición de la denuncia.
  • Sánchez Melgar: “Denuncia y dispensa son dos derechos incompatibles” 
Inauguración, Victoria Ortega

 

 

Bajo el lema “Protección a las víctimas. Nuevos Escenarios”, se ha celebrado en la sede del Consejo General de la Abogacía las VIII Jornadas de Abogados y Abogadas de Violencia de Género. El programa completo de las Jornadas puede visualizarse aquí.

Victoria Ortega subrayó que “sólo con una igualdad efectiva podremos erradicar la violencia de género y conseguir una sociedad libre a la que la Abogacía no está dispuesta a renunciar”. Así lo afirmó en la inauguración de las VIII Jornadas de Abogados y Abogadas de Violencia de Género, organizadas por el Consejo General. En esta inauguración también intervinieron Ángeles Carmona, presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General de Poder Judicial; Fernando R. Santocildes, presidente de la Subcomisión de Violencia sobre la Mujer de la Abogacía y Marga Cerro, presidenta de su Comisión de Igualdad.

La presidenta apuntó que  “desde el Consejo llevamos a cabo iniciativas para intentar acelerar la igualdad real en nuestra profesión, con la creación de la Comisión de Igualdad, guías e informes o encuestas para combatir y atajar la violencia de género”. Además, recordó que los abogados del turno de oficio prestan asistencia de calidad y profesional  las 24 horas de los 365 días del año,  concretamente por un Servicio de Violencia de Género al que están adscritos 21.000 profesionales y reclamó, por ello, reformas esenciales como regular con carácter preceptivo la asistencia letrada a las víctimas desde el momento previo a la interposición de la denuncia, “para que la Abogacía siga acompañando más cerca aún si cabe, a las mujeres que denuncian”.

“Si el drama de la violencia de género era ya una asignatura pendiente, parece que la pandemia lo ha estimulado aún más, como así se derivan de datos facilitados por la Fiscalía, el Poder Judicial y varios ministerios”, declaró, e insistió en que para ello, “es necesario un cambio estructural en recursos, leyes, tribunales y, por supuesto, también en las instituciones”.

Finalizó su intervención insistiendo en la importancia de la formación, la experiencia y el conocimiento como parte de la solución a la violencia de género, “para trabajar en igualdad y alcanzar esa sociedad verdaderamente libre y de iguales a la que la Abogacía no está dispuesta a renunciar” . Por ello, estas Jornadas son un ejemplo de “esfuerzos de la Abogacía para que la violencia de género no siga avergonzando más a nuestra democracia y a nuestro Estado de Derecho”.

Inauguración Marga Cerro, Victoria Ortega, Angeles Carmona y Fernando Santocildes

También el presidente de la Subcomisión de Violencia sobre la Mujer del Consejo General de la Abogacía Española, Fernando R. Santocildes, destacó la importancia de trabajar por la igualdad. “Si algo propicia la violencia de género es la desigualdad, trabajemos por tanto por la igualdad para erradicar la violencia de género”, señaló. Además, incidió en que la pandemia ha generado situaciones nuevas para las víctimas, lo que ha agravado aún más la situación de las víctimas. Sin embargo, “la Abogacía siempre ha respondido durante este tiempo, dando respuesta diaria a las víctimas sin una merma en el derecho de defensa y con todas las garantías procesales”.

En el mismo sentido, la presidenta de la Comisión de Igualdad, Marga Cerro, declaró que “una sociedad no puede ser democrática ni libre si discrimina al 50 % de la población, por ello, unamos esfuerzos, hombres y mujeres, para conseguir la igualdad efectiva y erradicar la violencia de género”. También destacó el compromiso claro de la Abogacía con la violencia de género, con la creación de turnos especiales de violencia y el asesoramiento jurídico especializado y de calidad que ofrecen a las víctimas desde los Colegios de Abogados.

Por último, la presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del Consejo General de Poder Judicial, Ángeles Carmona, comenzó agradeciendo las aportaciones de la Abogacía al Observatorio de Violencia de Género para mejorar la asistencia letrada a las víctimas, algo que le ha llevado a premiar al turno de oficio y A la anterior presidenta de la Subcomisión, Filomena Peláez. Por otro lado, insistió en que “no podemos bajar la guardia en este momento”, refiriéndose a los datos del Informe Anual sobre Violencia de Género 2019 del Observatorio contra la Violencia de Género, según el cual se han cometido  1.000 asesinatos machistas  en España entre enero de 2003 y abril de 2019, aumentando tras el confinamiento. Por último, calificó la asistencia letrada como esencial e insistió en la creación de un Pacto de Estado contra la Violencia de Género, para que la asistencia letrada se preste siempre antes de la interposición de la denuncia. “Pedimos que esta reforma legislativa se haga cuanto antes, por las decisiones drásticas que han afectado a la función de los letrados en la crisis actual”, concluyó.

Sánchez Melgar: “Denuncia y dispensa son dos derechos incompatibles”

A continuación, los magistrados del Tribunal Supremo Julián Sánchez Melgar y Antonio del Moral analizaron la sentencia del Tribunal Supremo sobre el derecho a la dispensa de declarar.

En opinión de Sánchez Melgar, ponente de la sentencia analizada, “denuncia y dispensa son dos actos incompatibles”.

El objetivo de esta sentencia, explicó, es “obtener herramientas jurídicas que eviten la impunidad del maltratador”, partiendo de la idea central de la sentencia de que a la víctima le cuesta denunciar la situación de maltrato. Por eso, no tiene sentido que, quien denuncia a su maltratador pueda no decir nada frente a él, después del gran paso que ha dado para denunciar. Y recordó que “la dispensa a declarar del artículo 416 de la LECrim es un derecho del testigo, no del acusado”.

Por su parte Antonio del Moral, autor de uno de los votos particulares de la sentencia, destacó que el artículo 416 de la LECrim no existe por capricho, porque “no se puede exigir a la madre que declare contra su hijo”. De todas formas, señaló que cuando hizo el voto particular escribió que el derecho a la dispensa es un derecho fundamental, aunque ahora no lo ve igual: cree que es un derecho, pero no un derecho fundamental. Respecto a la vinculación de la jurisprudencia, apuntó que “la jurisprudencia es vinculante sí, pero no del todo. Cuanto más vacilante es, resulta menos vinculante”.  Tras analizar la situación anterior y presente del derecho a la dispensa, expresó su deseo de que se valore el restablecimiento de la prueba preconstituida y que se establezca la dispensa del juramento como alternativa, imposibilitando la persecución por delito de falso testimonio. MÁS INFORMACIÓN SOBRE ESTA PONENCIA

Redes sociales, prueba digital y la dificultad de acabar con los delitos cometidos en Internet

Acoso, revelación de secretos, difusión de datos íntimos interceptados ilegalmente, pruebas digitales en juicios… Las redes sociales y la tecnología son protagonistas en nuestra sociedad, y también se han convertido en un nuevo escenario para la violencia machista. Sobre este tema debatieron en la primera mesa de las VIII Jornadas de Abogados y Abogadas de Violencia de Género el magistrado de la Audiencia Nacional Eloy Velasco y la abogada experta en derecho digital Maitane Valdecantos, moderados por Paloma Cascales, vocal de la Subcomisión de Violencia sobre la Mujer del Consejo General de la Abogacía Española.

Eloy Velasco destacó durante su intervención dos delitos que tienen relación y que se producen tanto en el entorno digital como en la vida real. Por un lado, el acoso, también conocido como “stalking”. Para saber si se trata de un acto delictivo, “tienen que tener dos circunstancias: la insistencia y reiteración de estos actos de acoso y sobre todo que la actuación insistente y reiterada tiene que alterar gravemente el desarrollo de la vida cotidiana de esa persona”.

Por otro lado, el siguiente delito que destacó es el “hacking” o descubrimiento y revelación de secretos. Dentro de este delito, se distinguen los de descubrimiento -apoderarse o interceptar correspondencia, apoderarse de datos de carácter personal, ficheros, soportes o archivos, acceder a los mismos o alterar los mismos- y los de difusión de estos datos sin el consentimiento de la persona a la que aluden. “Nuestra intimidad es un conjunto de datos y si alguien realiza un ataque sobre ellos que evidencian detalles de nuestra vida privada que no queremos divulgar, es delito”. Además, también se considera delictivo “revelar esos datos si se sabe que el origen es ilícito”. También se puede dar el caso de que la víctima haya ofrecido esos datos –digitales, físicos, o de viva voz- de forma voluntaria a una persona que luego decide difundirla en condiciones que no están consensuadas con ella.

Además, Velasco destacó que “somos uno de los pocos países que tenemos como delito la intercepción de datos no públicos entre máquinas que revelen aspectos de nuestra intimidad”, como es el caso de los móviles que se conectan al router de nuestra casa y que puede desvelar en qué momentos estamos dentro o fuera.

Por su parte, Maite Valdecantos habló sobre la prueba digital, que definió como “mutable, eliminable y manipulable, cuyas características impiden la posibilidad fácil de saber qué es copia u original, y eso afecta al proceso y la posibilidad de iniciarlo”.  “Cuando llegamos a una instrucción penal puede que no sea fácil de probar. El mayor problema es precisamente acreditar su existencia, su origen. Y además es silencioso, difícil de percibir, probar y mantener”. En este sentido, recordó que “existen aplicaciones que permiten simular una conversación de wasap y descargarlo en local, como si se hubiera producido. Se pueden alterar incluso una conversación por SMS”.

“Hay que adecuarnos a la naturaleza de la prueba, si es digital hay que introducirla de la manera menos mutable que tengamos disponible”, añadió.

En el coloquio posterior, Valdecantos llamó la atención sobre la falta de reproche que existe en ciertos sectores hacia el acoso en redes, especialmente entre los más jóvenes. “Hay que dar soluciones jurídicas a estos comportamientos que permitan entender un proceder social reprochable al que se le está quitando peso y se están estableciendo unas bases erróneas en algunas personas”.

Para Velasco, “todos estamos aprendiendo y parece que como lo hace una máquina es más leve, pero puede perturbar más”. De hecho, señaló que, en el caso de contenidos íntimos que se difunden contra la voluntad de la víctima, “el problema es más la difusión de terceros, cada vez más alejado del foco de donde salió. No es lo mismo manchar una intimidad ante poca gente que ante mucha”.

Y además seguir esa cadena de transmisiones es muy complicado, según señaló Valdecantos. “En materia tecnológica el principal problema es que no hay fronteras. En muchas ocasiones se puede parar la comisión, pero no identificar al que la está cometiendo”. Además, recordó que “la tecnología lo que produce es una multiplicación del daño. No es lo mismo una conversación en un bar, que no sale de ahí, que hacerlo a través de una red social, que cabe la posibilidad de hacerse viral, y aunque se retire el daño ya está ocasionado”. “Todos somos conscientes de que cuando recibimos contenidos íntimos ajenos, reenviarlos no está bien. Más allá del reproche penal, todos sabemos que no se debe hacer”, añadió.

En todo caso, Eloy Velasco aseguró que España está “mejor que otros países” en cuanto a legislación en este ámbito. “Somos de los más modernos, aunque siempre iremos un paso por detrás debido a la velocidad inalcanzable de la tecnología”, concluyó.

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