09 enero 2019

Más de cien años legislando por los Parques Nacionales

Este año 2018 que ha terminado se inició la conmemoración del centenario de dos Parques Nacionales, Montaña de Covadonga y Ordesa y Monte Perdido, de los que aconsejo a los lectores de este blog su visita a dichos espacios, porque indudablemente si son amantes de la naturaleza, conocer esos maravillosos lugares naturales será una experiencia muy gratificante.

Hoy se acerca a este blog Eduardo Viñuales, escritor y naturalista de campo, quien nos recuerda algunas de las vicisitudes que ocurrieron en aquellos orígenes de la legislación sobre esos parques, hoy ya centenarios, que iniciaron el camino de la protección de la naturaleza en nuestro país.

                                                                                  José Manuel Marraco Espinós

                                                                       Abogado

 

Más de cien años legislando por los Parques Nacionales

Los primeros espacios naturales protegidos de nuestro país fueron los Parques Nacionales. En este 2018 que acaba de terminar se ha celebrado ampliamente el centenario de la declaración de los dos primeros de ellos, dentro de la lista de 15 que existen en la actualidad en España: el de la Montaña de Covadonga (Asturias) y el del Valle de Ordesa o del río Ara (Huesca).

Pero debemos saber que previamente a su pronta declaración en el año 1918 hubo un antes que tendría que ver con la legislación y el mundo del derecho.

En el año 1916, España se convertiría en el primer país del mundo en promulgar la primera Ley de Parques Nacionales. Detrás de esta acción pionera a favor del medio ambiente estaba el empeño de un peculiar personaje: el senador Pedro Pidal, Marqués de Villaviciosa de Asturias, amigo personal del rey Alfonso XIII que había sido cazador, que se reconvirtió al ecologismo y quien también ha pasado a la historia de las montañas ibéricas por ser la primera persona en escalar la vertical pared del Naranjo de Bulnes (Asturias) junto a su guía “El Cainejo”.

España tuvo una Ley muy adelantada a su tiempo tras ser aprobada el 7 de diciembre del año 1916. Seis meses antes de esta fecha nuestro personaje, el conservacionista Marqués de Villaviciosa de Asturias, Pedro Pidal, protagonizaría en el Senado un episodio fundamental, donde una vez más dejaría ver su intervención brillante y temperamental. Allí dijo estas palabras en defensa de dicha Ley de Parques Nacionales: “Si para proteger el arte el Estado declara los Monumentos Nacionales, para proteger la naturaleza debería declarar los Parques Nacionales. Un castillo, una torre, una muralla, un templo, un edificio, se declara Monumento Nacional para salvarlo de su destrucción. ¿Y por qué un monte excepcionalmente pintoresco, con sus tocas de nieve, sus bosques seculares, su fauna nacional y sus valles paradisíacos no ha de ser declarado Parque Nacional para salvarlo de la ruina? ¿No hay santuarios para el arte? ¿Por qué no ha de haber santuarios para la Naturaleza?”, se preguntaba públicamente Pidal, quien acto seguido levantaría aplausos y elogios con sonoros “¡Muy bien, muy bien!”. El entonces presidente del Consejo de Ministros, el conde de Romanones, le felicitaría por ese discurso “elocuentísimo” que produjo en todos los miembros del Senado una honda impresión.

Se ha escrito que el Marqués “defendió ante la Cámara un memorable discurso en defensa de los Parques Nacionales, riguroso, elaborado, magníficamente expuesto (…) donde Pidal expuso por primera vez en el Parlamento Español la necesidad de proteger la Naturaleza con medidas eficaces”.

Hay que decir que esa Ley de Parques Nacionales de 1916 contaba con tres artículos o ideas básicas que definirían por aquel entonces lo que era –y ahora en la parte fundamental sigue siendo- la esencia de los espacios naturales protegidos: se trata de una figura para la conservación de la naturaleza –primando los conceptos estético y paisajístico-, son lugares que están al servicio de la sociedad para ser visitados, y en ellos –como “nacionales” que son- se ha de implicar la administración a su más alto nivel, es decir, el Estado.

En aquella primera Ley de Parques Nacionales se podía leer: “Los Parques Nacionales son aquellos sitios o parajes excepcionalmente pintorescos, forestales o agrestes del territorio nacional que el Estado consagra declarándolos tales con el exclusivo objeto de favorecer su acceso por vías de comunicación adecuadas, y de respetar y hacer que se respeten la belleza natural de sus paisajes, la riqueza de su fauna y de su flora y las particularidades geológicas e hidrológicas que encierren, evitando de este modo con la mayor eficacia todo acto de destrucción, deterioro o desfiguración por la mano del hombre”.

Así, en julio de 1918 se declaró el Parque Nacional de Covadonga –que es hoy llamado de Picos de Europa-. Y en menos de un mes, en agosto de 1918, el que hoy conocemos, tras ser ampliado y reclasificado como “Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido”.

Foto: Facebook Parque Nacional de Ordesa

Nombrado Comisario General de la Junta de Parques Nacionales Pedro Pidal, poco se sabe de la gran labor que emprendió, amparado en su cargo, en la confianza real y en las aportaciones económicas que cada vez eran más necesarias, poniendo en marcha sus propios planes de trabajo. Pero tristemente menos aún se sabe que a estas tareas más administrativas se le unirían el cuidado de los bosques y las peleas con las empresas hidráulicas en Ordesa, asunto este último que le provocaría a Pidal no pocas preocupaciones y dolores de cabeza, pues ya en el año 1916 el Barón de Areyzaga había obtenido una autorización previa para construir una presa hidroeléctrica en el valle de Ordesa. La lucha del Marqués, al alimón con la de los vecinos de Torla (Huesca), le llevaría a escribir y enviar una contundente carta al ministro de Fomento el 7 de junio de 1921 donde, en una reclamación propia de los grupos ecologistas de defensa de la naturaleza de hoy en día, escribe: “Un Santo Cristo con un par de pistolas, señor ministro de Fomento, hace mayor maridaje que un Parque Nacional con un salto de agua aprovechado. La consagración de la virginidad de la naturaleza, de la hermosura y vida de las cascadas en un lugar determinado, es la condenación de presas, canales, casas de máquinas, etcétera, que la destruyen. O lo uno o lo otro. Si hay aprovechamiento, profanación, no hay virginidad consagrada, santuario. Y si la política en España, por debilidad o por falta de carácter no acertase a mantener la tradición española de supeditar los lucros, los aprovechamientos sanchopancescos a las consideraciones ideales, pues ya se cuidará la Junta Central de Parques Nacionales y el Comisario General que suscribe de recabar, señor Ministro de Fomento, la desaparición del Parque Nacional del Valle de Ordesa o del río Ara. Todo menos ponerlo en ridículo”. Pidal, afortunadamente, se salió con la suya… una vez más.

Por lo tanto, gracias a Pedro Pidal España se sumó a la línea ya iniciada de declaración de los Parques Nacionales en Norteamérica, en Yellowstone en 1872, entendiendo como diría el pensador estadounidense Henry David Thoreau que “en la vida salvaje se halla la preservación del mundo”.

Los Parques Nacionales de hoy están repartidos por los cinco continentes, y son el mejor muestrario de la naturaleza mundial, ensalzando emblemáticamente su función protectora, así como la vinculación del hombre con su conservación y disfrute. Constituyen enclaves excepcionales de alto valor ecológico y cultural muy poco transformados por la mano del ser humano, y por tanto merecen que de la misma manera les dediquemos lo mejor de nuestro cuidado, planificación y ordenamiento jurídico con una actuación modélica.

La mayor parte de las veces son lugares simbólicos de cada país, destinos turísticos, o lugares remotos preservados de la destrucción. Tan apenas se hallan alterados por la explotación y ocupación del hombre: las Torres del Paine en la Patagonia chilena, las Islas Galápagos en Ecuador, el Gran Cañón del Colorado en Estados Unidos o el Parque Nacional Krüger de Sudáfrica forman parte de este importantísimo legado natural que está al servicio de todos. A sus funciones principales se les dan otras utilidades de recreo y visita, de investigación científica, para la educación y sensibilización ambiental, además de ser una gran oportunidad de desarrollo, empleo y bienestar para las gentes que viven en estos entornos. Alguien ha dicho que además ayudan a profundizar en la democracia, en el uso compartido y responsable de nuestro tiempo y nuestro espacio.

Más de cien años después, ahora, en pleno siglo XXI, los Parques Nacionales siguen siendo lo mejor de lo mejor de la Naturaleza, un realmente espacio abierto a todos los ciudadanos, situados en el corazón latente de un planeta que sobrevive sometido a numerosas presiones medioambientales a causa de la acción humana.

Eduardo Viñuales Cobos

Escritor y naturalista de campo

Comparte: