09 abril 2016

Victoria de la Abogacía institucional en el pleito por la Justicia Gratuita con la Agencia andaluza de la Competencia

La Abogacía institucional se felicita y felicita al Colegio de Abogados de Málaga por la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de dar la razón a éste en relación con el reparto de la asistencia jurídica gratuita y, por tanto, considerar plenamente válidos los argumentos jurídicos defendidos por el Consejo General de la Abogacía Española y por el Colegio de Abogados de Málaga frente a la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía. El tribunal no sólo anula la multa de 98.215 euros sino que condena en costas a la Agencia.

El Consejo General de la Abogacía Española, que ha respaldado en todo momento -por decisión de su Pleno- la actuación del Colegio de Málaga por entender que la decisión de este Colegio y de todos los demás respeta plenamente la legislación vigente y la normativa en materia de defensa de la competencia, se congratula de que con la citada sentencia se haya reconocido que la prestación del servicio público de justicia gratuita, que realizan casi 43.000 abogados, 24 horas al día, 365 días al año, con inmediatez y urgencia, de forma modélica y que  atiende a cerca de un millón de ciudadanos cada año en España, “es una actividad administrativa sujeta a derecho administrativo”.

La Abogacía muestra su voluntad de mejora de este servicio, pero rechaza que pueda ser considerado como una actividad de mercado, ya que está sujeta a los límites de la propia concesión y de las decisiones de las Administraciones Públicas.

El Consell de l’Advocacia Catalana, que representa a los 14 Colegios de Abogados de Catalunya, manifiesta su satisfacción por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que da la razón a la Abogacía institucional en relación con el reparto de la asistencia jurídica gratuita. El alto tribunal andaluz considera plenamente válidos los argumentos jurídicos defendidos por el Colegio de Abogados de Málaga y respaldados por el CGAE ante la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía en un pleito sobre este tema y, no sólo anula la multa de 98.215 euros que le había sido impuesta al Colegio malagueño sino que condena a la Agencia a pagar las costas del pleito.

SENTENCIA TSJA. TEXTO ÍNTEGRO

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