Blog de Derecho de los Consumidores
07 enero 2026
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Enero concentra gastos y crédito fácil (tarjetas, microcréditos, revolving). En este artículo queremos resumir las señales de alerta de sobreendeudamiento y la vía jurídica de exoneración del pasivo insatisfecho para personas físicas y autónomos de buena fe.
Este mes es, para muchas familias y autónomos, el inicio de una tensión financiera: pagos aplazados, cuotas de tarjetas de crédito, microcréditos o líneas revolving y una sensación de “cuota asumible” que enmascara un coste efectivo elevado y plazos que se dilatan.
Efectos típicos
El espejismo del “crédito fácil”La inmediatez y baja fricción de contratación pueden llevar a decisiones sin información suficiente. En productos revolving, la combinación de cuota baja, capitalización de intereses y amortización prolongada puede convertir la deuda en estructural si no se corrige a tiempo. (La transparencia de la información precontractual y del sistema de amortización es clave en la protección del consumidor).
Cuando concurren insolvencia y buena fe, el ordenamiento prevé mecanismos que pueden culminar en la exoneración del pasivo insatisfecho (EPI), bajo tutela judicial y con requisitos. En términos prácticos, la EPI permite:
La EPI no opera de forma automática ni en todos los supuestos: requiere análisis individual, cumplimiento de requisitos legales y respeto de posibles exclusiones que la norma puede establecer según la naturaleza del crédito.
Existen una serie de señales que nos alertan de que podríamos estar ante un caso de sobreendeudamiento, como por ejemplo:
Si concurren dos o más señales, conviene revisión jurídica individual cuanto antes.
Pasos prácticos para ordenar la situación (guía breve)
La “cuesta de enero” no tiene por qué perpetuarse. Con información clara, diagnóstico jurídico y una estrategia ordenada, es posible reconducir la situación y, cuando proceda, obtener la exoneración que permita empezar de nuevo, cumpliendo los estándares legales de protección al consumidor.
Porque entendemos que un futuro sin deudas, es posible.
¿Todas las deudas pueden exonerarse?
No necesariamente. La exoneración está sujeta a requisitos y puede presentar limitaciones por tipo de crédito. Es imprescindible un análisis caso a caso.
¿Se pierde la vivienda o el vehículo?
Depende del patrimonio, cargas y estrategia aplicable. Existen vías para proteger activos esenciales dentro del marco legal.
¿Cuánto puede tardar?
El plazo varía según la complejidad y la carga del juzgado. Lo relevante es seguir una hoja de ruta con hitos y documentación al día.
¿Tengo varias tarjetas y microcréditos, sirve igual?
Sí. La clave es integrar todo el pasivo en la estrategia, evitando “parches” que solo difieren el problema.