09 septiembre 2015

Impresiones del V Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género

Los pasados días 1 y 2 de diciembre de 2014 tuve el privilegio de asistir, en representación del Consejo de Colegios de Abogados de Aragón y como vocal de la Subcomisión de Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Española, al V Congreso del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ celebrado en Madrid. Así, acompañado por otros 49 letrados entre los que se cuentan los mayores especialistas en Violencia de Género y Doméstica de España, compartí casi dos días de encuentro profesional en el Senado.

El Congreso se inició con la presencia de políticos y altos representantes de la judicatura y la Fiscalía. Quiero destacar el recuerdo que Carlos Carnicer, presidente dela Abogacía Española, hizo de todos los abogados que asisten a las víctimas de Violencia de Género y, singularmente, a las compañeras que hace ya muchos años, fueron pioneras en la creación de ese servicio a las mujeres maltratadas en el Real e Ilustre Colegio de Abogados de Zaragoza.

Para tratar de los retos de futuro de la Ley Integral y el Convenio de Estambul intervinieron, Susana Camarero, del Grupo Parlamentario Popular y secretaria de Estado de Servicios Sociales e Igualdad;  Mariví Monteserín del Grupo Socialista; Margarita Uría, del Grupo Vasco – PNV; Mª Jesús Sanz, del Grupo Popular en el Senado y presidenta de la Comisión de Educación, y Carmen Llombart, vocal del Consejo General del Poder Judicial y del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género.

Las ponentes hicieron un balance positivo en términos generales de la evolución de la Ley 1/2004, que partió reconduciendo la normativa existente hasta su aparición hacia el concepto de igualdad del artículo 14 de la Constitución Española como base de la necesidad de una ausencia de discriminación de la mujer. El elemento penal como centro de la Ley 1/2004 es un problema al no incidir la norma lo suficiente en la prevención o en aspectos previos al problema de violencia y sólo aparecer en los momentos posteriores al drama que estos sucesos supone. Las cifras de cada año, singularmente la de mujeres asesinadas por sus parejas, indican que el camino no es del todo el acertado. La Ley, actualmente, no da una solución plena al problema y es necesario que la respuesta legal parta del concepto de igualdad y no del castigo penal.

Margarita Uría no se opone a la mediación en este campo, hoy proscrita en nuestro ordenamiento, siempre con intervención del juez y el Ministerio Fiscal para casos leves o de escasa relevancia penal.

Se destaca que la Guía Judicial de criterios en Violencia de Género (http://www.celem.org/pdfs/guia_criterios.pdf)  ha marcado el camino interpretativo de las normas de Violencia de Género por parte de los jueces, siendo muy positiva su publicación.

El Convenio de Estambul o Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica (BOE 6 de junio de 2014, http://www.boe.es/boe/dias/2014/06/06/pdfs/BOE-A-2014-5947.pdf)  es ya de obligada aplicación en España y trata de todo tipo de violencia sobre la mujer, no solo la de género o la domestica, y la Ley 1/2004 no es integral en este sentido, al no incluir cualquier tipo de violencia sobre la mujer por parte de un varón, ni considerar reformas penales fuera del ámbito de pareja. El Convenio de Estambul incluye por lo tanto, y a diferencia de la Ley 1/2004, un concepto amplio de violencia sin restringirlo exclusivamente a la pareja o a la familia, incluyendo otras conductas violentas frente a la mujer con independencia de la relación del agresor con la mujer como por ejemplo, mutilación genital y trata deberes humanos. Los aspectos penales, en definitiva, no deben ser eje central de la Ley Integral pero en su caso, los existentes, han de ser revisados conforme al Convenio de Estambul en vigor.

La ponente Mariví Monteserín es de la opinión de que la ley 1/2004 supuso un revulsivo en la lucha contra la Violencia de Género, al incidir en toda la problemática de forma sistemática con una serie de objetivos, destacando la prevención y la protección a la víctimas sin perder de vista el castigo del agresor y al tiempo sensibilizar a la sociedad investigando las razones y raíces de esta problemática. Esta amplitud de la Ley 1/2004 ha tenido un reconocimiento internacional importante en organismos de gran relevancia, abriendo camino a nivel internacional para implantar sistemas inspirados en ella en otros países.

Pero es cierto que las mujeres asesinadas por sus parejas no han descendido sensiblemente aunque hay muchas mujeres que se han librado de esta lacra recuperando su autonomía. Se han dado pasos al frente y se han dado pasos atrás. También entiende que hay que trabajar en la sensibilización en general y especialmente en los medios de comunicación. Otro campo en el que hay mucho que hacer, en opinión de la ponente, es en el ámbito de la valoración del riesgo, aún sin perder de vista que es un tema complejo.

Se plantea la idea de que la especialización de los juzgados debería obligar a estudiar la rotación de los titulares para evitar el apalancamiento, y como ejemplo se dan cifras de juzgados que deniegan más del 90 % de las Órdenes de Protección que se les solicitan. Otro reto a asumir es la protección de menores en esta materia. Hay mucho que hacer en este campo.

Se plantea que la reforma de la administración local también ha supuesto alejar a las víctimas de la protección vía perdida de competencias locales y autonómicas y mediante reducción de partidas económicas. Esto supone alejar a la administración más próxima de la protección de la víctima. Se debe implicar a todo el aparato administrativo en la lucha contra la violencia de género y no dejar fuera ningún organismo.

Maria Jesús Sainz afirmó que la violencia de género es la más grave discriminación de los derechos de la mujer. Los crímenes en este campo son crímenes de odio y de venganza con raíz en la desigualdad entre seres humanos. Entiende la ponente que la sensibilidad en esta materia aun es baja. Si bien ya no es un tabú como lo fue en su día, y se han tomado medidas para hacerle frente. Resulta ciertamente desalentador que  el número de asesinadas es muy alto a pesar de todo lo que se hace para erradicarla, pero es un acicate más para seguir adelante con las medidas adecuadas. Las modificaciones de la norma, necesarias, deberían de adoptarse políticamente por consenso, como lo fue la Ley 1/2004,  incluyendo la protección a los menores como víctimas directas de la violencia de género cuando sus madres son agredidas y estableciendo medidas que permitan apartarlos de la violencia de género por la nefasta incidencia de esta situación en su desarrollo futuro. En este sentido se está trabajando en el proyecto de Estatuto de la Víctima. Es necesario plantear un nivel mayor de protección a las víctimas, que aún hoy con orden de protección, siguen perdiendo la vida, reforzando sus garantías y derechos procesales poniendo a su disposición una respuesta Jurídica y social a través de un trato individualizado.

Se plantea ampliar los plazos de los recursos procesales incluso cuando la víctima no se ha personado en el proceso, y la información sobre la situación procesal o penitenciaria, la posibilidad de interponer recursos ante permisos de salida, evaluación individual de las víctimas. Se entiende que el asesoramiento previo a la víctima por letrado es algo básico y fundamental, junto con el acceso a la justicia gratuita con la mera condición de víctima.

En definitiva mejorar la protección de las víctimas y la respuesta penal al agresor con nuevos tipos o libertad vigilada en casos de protección o prevención de nuevos hechos violentos.

Se incide en la formación de calidad de todos los operadores jurídicos y de los miembros de los cuerpos de Seguridad del Estado en materia especifica de violencia de género.

Merece especial atención el acceso a recursos de discapacitadas o extranjeras que no hablen español, y se plantea por la ponente la conveniencia de la modificación de la actual competencia territorial del juzgado de Violencia a la del lugar donde se encuentre la víctima.

Se entiende como fundamental la educación en esta materia de forma transversal en todas las materias y ámbitos educativos y no solo a través de una asignatura, sino en todas, incidiendo además en la formación del profesorado, creación de planes de convivencia etc.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Para tratar la importancia de los medios de comunicación en la prevención de la violencia de género intervinieron Marisa Soleto, presidenta de Fundación Mujeres; Nativel Preciado, periodista y escritora; Ana Rosa Quintana, periodista; Ana Peláez Narváez, comisionada de Género del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad; y Yolanda Besteiro, presidenta de Mujeres Progresistas.

Nativel Preciado afirma que da la impresión de que la ley no es suficiente. Desde el desgraciado caso del asesinato de Ana Orantes, tras su aparición en un programa de televisión en el que denunció su situación de maltrato,  se creó un  punto inflexión para reforma normativa en materia de violencia de género. Los medios desde entonces han hecho muchas cosas para evitar promoción de maltratadores o difusión del maltrato. Se han desterrado términos como crimen pasional, justificaciones basadas en celos, amor mal entendido, violencia de género como algo privado, etc.

Los medios son conscientes del problema y de que no se pueden justificar determinadas conductas, pero aún existen contenidos sexistas en determinados medios que potencian lo peor de cada sexo en determinados escenarios favoreciendo estereotipos tanto femeninos como masculinos, además de en publicidad, en programas que buscan audiencias masivas, que contrastan con las escasas iniciativas que intentan combatir el fenómeno. Además, determinados medios potencian la información de lo masculino frente a lo femenino (por ejemplo el deporte). Es necesario cuidar el lenguaje en los medios en estos temas, incluso a través de  autorregulación. También es positivo divulgar noticias que evidencien que se puede salir de la violencia.

Ana Peláez nos habló de las mujeres y niñas discapacitadas que también sufren violencia, muy frecuentemente a manos de sus tutores o cuidadores, y que son invisibles en las organizaciones. Las mujeres discapacitadas son el 16% de la población en países desarrollados y el 22% en países en desarrollo y de las primeras, solo el 21% esta alfabetizada. Están expuestas cuatro veces más a la violencia de género. Anualmente 93 mujeres discapacitadas son esterilizadas contra su voluntad tras su incapacitación legal.

La violencia de género contra mujeres discapacitadas incluye no sólo la física, sino la legal, económica, psicológica, a través de la desinformación y en definitiva por la ausencia de consentimiento libre e informado en las decisiones que la atañen. El ámbito de la violencia de género de la mujer discapacitada es más amplio e incluye con frecuencia no sólo a su círculo familiar, sino a las instituciones que consienten incapacitaciones legales que les privan de acceso a la justicia que tienen solo sus agresores en su nombre.

Nadie se preocupa de visibilizar esta situación. Ni siquiera los medios. Sólo muy recientemente se están empezando a visualizar mediante la participación en asociaciones de incapacitados y en asociaciones de mujeres. No es un problema propio de sensibilización sino de concienciación del respeto a derechos humanos de discapacitados, que por ejemplo se vulneran con la concesión de custodia de menores a agresores de mujeres discapacitadas.

Yolanda Besteiro habló de la imagen de la mujer en los medios de comunicación. Entiende que la información es un bien que pertenece a los ciudadanos y está limitado por determinados derechos fundamentales. Es muy crítica con los medios de comunicación a quienes considera responsables de perpetuar la Violencia de Género al utilizar determinados contenidos e imágenes que fomentan roles desiguales o familiares o meramente físicos, destacando la cualidad de mujer por encima de sus capacidades profesionales o personales, hace referencia nuevamente a programas como los antes citados, o publicidad denigrante para la mujer.

Los roles y estereotipos son uno de los grandes culpables de los problemas de desigualdad, representados en medios como la televisión de gran difusión entre niños y jóvenes, sobre todo los que fomentan un papel de pasividad o sumisión en las mujeres. Esos estereotipos justifican determinadas actitudes y creencias, dan estabilidad a un sistema de desigualdad y suponen una discriminación de la mujer. Algunos de estos estereotipos son objeto de programas de TV y de publicidad.

Hay que informar sobre la violencia de género ya que no hacerlo supone invisibilizar esta lacra social. A las 5W clásicas del periodismo who? (¿quién?), what? (¿qué?), where? (¿dónde?), when? (¿cuándo?), why? (¿por qué?), hay que responder haciendo hincapié en la situación de violencia de género evitando más daño a la víctima y el sensacionalismo. También es importante en qué tipo de programas tratan la materia. No es lo mismo un informativo que un magazine, y tampoco en qué lugar del informativo se trata la noticia (portada no es lo mismos que sociedad)

PRESENTE Y FUTURO DE LA LEY INTEGRAL

Para tratar el presente y el futuro de la Ley Integral, desde las Administraciones Públicas, intervinieron Soledad Cazorla, fiscal de sala Delegada Coordinadora contra la Violencia sobre la Mujer; Blanca Hernández, delegada del Gobierno para la Violencia de Género; Noelia González, asesora de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia del Ministerio de Justicia y Fiscal; Jorge Zurita, jefe de área del Gabinete de Estudios y Coordinación de la Secretaría de Estado de Seguridad (Ministerio del Interior); y  Tomasa Hernández, directora general de la Administración de Justicia de la Comunidad de Aragón.

Blanca Hernández recordó que hoy, la violencia de género es, afortunadamente, una cuestión de Estado, a diferencia de lo que ocurre en países de nuestro entorno, y lo es por ser una manifestación de desigualdad. Afirma su convencimiento de que se han de facilitar datos de la violencia de género, por muy duros que sean, ayudando a la concienciación de la sociedad en esta lacra. El hacer públicos estos datos es dar visibilidad a un problema que existe, en lugar de ocultarlo.

Se ha dado respuesta al fenómeno creando un gran cuerpo legal, teléfonos de asistencia, ayudas y recursos sociales variados, en un modelo maduro dedicado a la erradicación de la violencia de género, tanto en ámbito estatal como de las Comunidades Autónomas. Existe una conciencia social que se ha cambiado mucho. Hoy se entiende la violencia de género como algo intolerable, pero también que se trata de un mal del que hay salida.

El futuro inmediato pasa por normas en trámite: como el Estatuto de la Víctima, la reforma del Código Penal que introduce nuevas conductas típicas, y el proyecto de Ley de Justicia Gratuita.

Se destaca la necesidad de asesoramiento letrado previo a la interposición de denuncia.

Ante los tradicionales problemas para la prueba de la violencia psicológica aboga por mejorar la valoración del riesgo haciéndolas más frecuente o periódicamente más corta. También incide en la necesidad de hacer uso de medíos tecnológicos, como brazaletes de control y en el análisis de sentencias y autos para valorar en cuanto y como se aplica la ley. Señala asimismo que es necesario, desde el ámbito judicial, extremar el cuidado en los regímenes de visitas a hijos de maltratadores y la importancia de formación en todos los sectores y con contenidos actualizados. Estableció la necesidad de creación de protocolo médico-forense y de un protocolo de examen psicológico aunque no inmediato por no existir guardias de los psicólogos forenses. También incidió en dar un mayor protagonismo y funcionalidad a los secretarios judiciales y sus labores relacionadas con la Violencia de Género, fundamentalmente relacionadas con la comunicación de las resoluciones diversos organismos y el control de la efectividad de las mismas.

VALORACIÓN DEL RIESGO

Jorge Zurita habló del VIOGEN o sistema seguimiento de víctimas de violencia de género para todas las policías establecido en la Ley 1/2004 dando cumplimiento al plan de colaboración entre cuerpos policiales, colaboración que ha de ser fomentada. Se trata de un sistema para compartir información de forma rápida y efectiva relativa a víctimas de violencia de género en cualquier parte del territorio nacional. A la víctima hay que darle una repuesta rápida sea ante la Policía que sea y este sistema es una herramienta para ello. Seria mejorable una integración de VIOGEN con enlaces o vinculación a otros bancos de datos (penados, denuncias) que permitan facilitar el trabajo y evitar duplicidad de tareas. Abogó por una política de fomento de denuncias y de educar en igualdad a través del respeto a los demás y a uno mismo mediante intervenciones en ámbito educativo.

También incidió en la necesidad de la introducción obligatoria de las denuncias que no se interponen ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Fiscalía y Juzgados) en el sistema VIOGEN, de modo que este contenga toda la información necesaria para la seguridad de las víctimas y sea accesible por los cuerpos policiales.

Finalmente destacó que la mayoría de las víctimas mortales que denunciaron tenían una valoración del riesgo entre medio y no apreciado, lo que hace preciso una revisión de los formularios para la valoración del riesgo utilizados en el VIOGEN.

Esta misma temática fue abordada desde los operadores jurídicos, interviniendo Pilar Sepúlveda, vocal del Consejo General del Poder Judicial y del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género; Ángeles Carmona, vocal del CGPJ y presidenta del Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género; Soledad Cazorl, fiscal de sala Delegada Coordinadora contra la Violencia sobre la Mujer y Filomena Peláez, abogada, decana del Colegio de Abogados de Badajoz y Presidenta de la Subcomisión de Violencia sobre la Mujer del Consejo General de la Abogacía Española.

Las ponentes inciden especialmente en modificar la dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o al menos permitir aumentar la carga probatoria por vías diferentes hoy proscritas por el Tribunal Supremo. Fue unánime destacar la importancia de perfeccionar y mejorar la valoración del riesgo, como también aumentar la formación de los juristas en todos los campos que inciden en el problema, y no solo en aspectos jurídicos.

También se entendió como fundamental mejorar la información a las víctimas, que sean conscientes del calvario judicial al que se ven a ver sometidas pero que es asumible con un asesoramiento letrado adecuado. Se considera a la orden de protección como una herramienta muy importante que si bien es cierto que está disminuyendo su número de concesiones, no podemos olvidar que no es un seguro de vida para la víctima: si el agresor quiere matarla, exista o no exista orden de protección, lo hará.

Llama poderosamente la atención el elevado número de asesinadas que no han denunciado previamente, y de las que lo hicieron, un alto número renunciaron vía artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, o retomaron la convivencia. Por ello hay que conocer a la víctima e intentar comprender su posición. Afortunadamente, hoy ha quedado claro que el número de falsas denuncias en esta materia es ínfimo y a veces relacionado con la búsqueda de impunidad del agresor por parte de la víctima.

La preocupación actual pasa por la protección de los menores y su consideración como una víctima más de violencia de género.

Se concluye que se han hecho muchas cosas bien en estos diez años con la ley, su desarrollo y la labor de los profesionales. Es necesario recordar que, a día de hoy, el Convenio de Estambul da una protección mayor y se ha de tener esto en cuenta en nuevas normas como el Estatuto de la Víctima. Además tenemos encima la Orden Europea de Protección que exigirá cierta armonización entre derechos penales nacionales ya que la aplicación fuera de España exige que las conductas sean delictivas en el país de aplicación.

El derecho de un padre maltratador no puede estar por encima del abandono de un menor a la suerte del capricho de un agresor por parte de la administración de justicia que da más garantía al derecho del maltratador a visitar al menor que a la seguridad del mismo. Se aboga por la reforma para que, en los casos de delitos graves, como homicidios o asesinatos, el agresor sea privado de la patria potestad imperativamente como pena principal y no sólo accesoria, como ocurre en la actualidad.

La intervención de Filomena Peláez incluyó un recuerdo a la disponibilidad de los letrados especialistas los 365 días del año las 24 horas del día, y la asistencia más o menos inmediata en un periodo razonable en función de la ubicación física de la víctima y del letrado asignado. Recordó la tramitación de los expedientes de justicia gratuita por los Colegios de Abogados a pesar de la gratuidad de la asistencia a las víctimas, en aras de garantizar su acceso a la Justicia Gratuita en caso de pérdida de la condición de víctima, y explico los mecanismos de unidad de la defensa que permiten que un solo letrado sea el que se encargue de todos los asuntos de la víctima ante todas las jurisdicciones.

También, en referencia a la reforma de la Ley de Justicia Gratuita, incidió en lo absurdo de la proyectada posibilidad de adscripción al Turno de Oficio en cualquier parte del territorio nacional con independencia del Colegio de residencia del letrado, que choca gravemente con las invocaciones de un servicio letrado de asistencia a la víctima de calidad y con garantías e inmediatez relativa.

Conclusiones

1.- La Ley 1/2004 es un acierto, que necesita cambios pero no reformas radicales. Se aboga por una mayor protección vía introducción del Convenio de Estambul en futuras normas o incluso en cambios en la Ley 1/2004.

2.- A pesar de todos los medios el número de mujeres asesinadas no disminuye en proporción a los esfuerzos puestos sobre la mesa para evitarlo y singularmente de la Ley 1/2004. Esto no puede desanimar a los operadores y hay que seguir trabajando para acabar con esta lacra.

3.- La educación en materia de Violencia de Género es fundamental. La prevención tiene que comenzar en colegios, institutos, asignaturas de todo tipo, profesorado, etc.

4.- La colaboración de los medios de comunicación es fundamental. Hay que evitar el uso de estereotipos no ya que fomenten, justifiquen o minimicen la violencia, sino la mera desigualdad.

5.- Es fundamental el asesoramiento letrado previo y gratuito a la víctima antes de la interposición de la denuncia.

6. La introducción obligatoria de las denuncias que no se interponen ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (fiscalía y juzgados) en el sistema VIOGEN, de modo que este contenga toda la información necesaria para la seguridad de las víctimas.

7. La mayoría de las víctimas mortales que denunciaron tenían una valoración del riesgo entre medio y no apreciado, lo que hace preciso una revisión de los formularios para la valoración del riesgo utilizados en el Sistema de Seguimiento Integral de los Casos de Violencia de Género del Ministerio del Interior (VIOGEN).

8. Incentivar en los magistrados, incluso con formación en la materia,  el uso de dispositivos de control electrónicos en los maltratadores con medida de alejamiento.

9. Conveniencia y necesidad de que en los casos de delitos graves, como homicidios o asesinatos, el agresor sea privado de la patria potestad imperativamente como pena principal y no sólo accesoria, como ocurre en la actualidad.

10.- La dispensa del artículo 416 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal ha de ser eliminada o al menos matizada de manera que no sea un instrumento para facilitar la impunidad del maltratador. La mayoría de los magistrados presentes son de esta opinión y lamentan la aplicación de este precepto que les impide no ya condenar, sino indagar en cómo se ha formulado el acogimiento de la víctima a la dispensa. Alternativamente solicitan la posibilidad de condena con exclusivamente prueba indiciaria, algo que actualmente la jurisprudencia del Tribunal Supremo no permite.

 

Antonio J. Muñoz González, abogado y vocal de la Subcomisión de Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía

Comparte: