09 abril 2024

Obligan al Ayuntamiento de Madrid a devolver más de 25.000 euros en concepto de plusvalía municipal

El Tribunal Económico-Administrativo Municipal de Madrid ha estimado la reclamación de un ciudadano en contra de la plusvalía municipal y obliga al Ayuntamiento de Madrid a devolverle 25.350€ de importe principal e intereses de demora.

Dicha resolución, que ya es firme, reconoce el derecho de rectificación de la autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), basándose en el “alcance de la declaración de inconstitucionalidad de la sentencia del Tribunal Constitucional de octubre de 2021, relativo a la aplicación del principio de capacidad económica”.

David Marciel, letrado que defendió al contribuyente, explica que el ciudadano había vendido el inmueble por debajo del precio que marcaba el Ayuntamiento de Madrid y que este “tenía en cuenta unos coeficientes que no eran acordes a la realidad porque había existido una depreciación del suelo urbano tras los años de crisis”.

“Defendimos que no existía una ganancia patrimonial y por tanto la autoliquidación que resultaba a pagar por el contribuyente era nula”, señala el director del despacho de Valladolid de Unive Abogados.

Destaca que esta resolución “es resultado indirecto de la última sentencia del Tribunal Supremo porque hemos visto que la actuación municipal se ha agilizado”.

Y añade que “hace diez años la reclamación de estos asuntos no era viable y ahora sí pueden ser revisados, aunque sean firmes”. Por ello anima a todas aquellas personas que pagaron una autoliquidación del impuesto de plusvalía, iniciaron el procedimiento y se lo denegaron, “a revisar esos actos porque pueden volver a ser reclamables en vía administrativa y si no les dan la razón acudir a una vía judicial”.

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