02 noviembre 2021

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, garante de los derechos entre rejas

Las personas en prisión están cumpliendo una condena por delitos que han cometido, pero también cuentan con derechos que deben ser respetados para evitar abusos y poder aspirar a la reinserción social.

La garantía de protección de estos derechos es una de las funciones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), la máxima autoridad judicial para la garantía de los derechos humanos y libertades fundamentales en toda Europa. Y sobre su acceso y su importancia en el cumplimiento de los derechos de las personas privadas de libertad hablará Guillem Cano Palomares, letrado del TEDH, durante las XXIII Jornadas de los Servicios de Orientación Jurídica Penitenciaria que se celebran en Lugo los días 4 y 5 de noviembre.

Al TEDH puede acceder cualquier persona que considere haber sido víctima de una violación de sus derechos reconocidos por el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (CEDH) mientras se encuentra bajo la jurisdicción de un Estado miembro del Consejo de Europa, algo que también se aplica a las personas ingresadas en prisión. Por ello, de manera general, Cano hablará sobre como iniciar este procedimiento y “como presentar una demanda y sus vías de acceso, haciendo hincapié en el acceso para personas privadas de libertad”.

De forma más concreta, el letrado del TEDH también tratará sobre la jurisprudencia de este tribunal sobre los derechos de las personas privadas de libertad en materia penitenciaria, con un repaso de los distintos derechos del CEDH que pueden ser invocados en las demandas planteadas por presos, de las que destaca las relativas al  “derecho a la vida, la prohibición de tratos inhumanos y degradantes, el derecho a la libertad, el derecho a un juicio justo o el derecho a vida privada”, asuntos que suelen ser objeto habitual de denuncias de vulneración en el entorno penitenciario.

Además, Cano señala otros aspectos que suelen llegar al Tribunal por considerarse que no se están respetando, como las relativas a “las condiciones de la detención, asuntos de salud, aspectos sobre restricciones en el contacto con el exterior, asuntos disciplinarios y de medidas de seguridad, condiciones de trabajo en prisión, temas religiosos, el acceso a la educación en la cárcel o las trabas para la participación en elecciones”.

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