07 octubre 2022

El Supremo concede la pensión de orfandad absoluta a una joven con un padre vivo privado de la patria potestad

El Tribunal Supremo ha concedido la pensión de orfandad absoluta a una joven con un padre que, pese a estar vivo, fue privado de la patria potestad por haberse desentendido de ella hace años.

Los magistrados corrigen al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) e incrementan el porcentaje de su pensión de orfandad con la de viudedad no reconocida al padre por haber sido condenado por violencia de género.

“Es la primera vez que el alto Tribunal concede la pensión absoluta a una huérfana cuyo progenitor está vivo”, afirma el abogado defensor Miguel Arenas Gómez, para quien la sentencia tiene un trasfondo humano. “El fallo reconoce la desprotección de los huérfanos y lanza un mensaje contundente al legislador para que regule su pensión y los proteja de manera eficaz”.

El Supremo estima así el recurso de la tutora de una joven de 20 años que pedía incrementar su pensión de orfandad. El padre fue privado judicialmente de la patria potestad por no haberse interesado por ella ni cubierto sus necesidades afectivas o económicas en los nueve años anteriores.

El letrado agrega que la batalla ha durado más de seis años. El INSS denegó la petición de la joven al considerar que el padre estaba vivo. Aunque el Juzgado de lo Social nº3 de Barcelona reconoció la prestación, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña desestimó la demanda.

El Supremo ahora afirma que aunque la joven “no es huérfana en sentido absoluto” consta que el padre “ha venido desatendiendo de forma “constante y reiterada” las necesidades de la menor, tanto cuando vivía la madre como después de su muerte, hasta el punto que un juez le había privado de la patria potestad.

En la resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Ángel Blasco, el Supremo ha incidido en que su interpretación está avalada por la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por España, que defiende que debe atenderse siempre al interés superior del menor.

“Hay que tener en cuenta que la pensión de orfandad es muy baja. Ahora, la niña pasará de recibir 400 euros mensuales a más de 1.000”, recuerda Arenas.

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