31 mayo 2021

Derecho Colaborativo: abogados que llegan a acuerdos satisfactorios para todas las partes implicando a los clientes

Una herramienta creada por y para abogados para resolver conflictos y llegar al mejor acuerdo para ambas partes, con plena implicación de los clientes y un elevado porcentaje de éxito y satisfacción entre los participantes. Esto es, en esencia, el Derecho Colaborativo, una metodología que fue objeto de análisis en la “Conferencia de los Lunes” celebrada el 31 de mayo, y que contó como ponentes con Susana Sucunza, Jon Oscoz, Anouska Sucunza y Ana Mendía, todos ellos abogados miembros de la Asociación de Derecho Colaborativo de Euskadi.

Susana Sucunza destacó durante su exposición que esta metodología se sustenta en varios principios básicos, especialmente en la negociación sobre intereses, en la que “pasamos del ‘quiero’ al ‘para qué lo quiero y qué necesito’”; la buena fe; la transparencia, imprescindible para crear confianza, y el trabajo en equipo. “En todo proceso colaborativo cada parte va acompañada de un abogado o abogada, que es quien les asesora y acompaña” y también de terceros neutrales si se necesita en el proceso. Otro aspecto necesario es “la renuncia de los profesionales que participan a acudir a los tribunales”, aunque los clientes pueden terminar en un proceso judicial si lo consideran, explicó Sucunza. Este hecho es poco habitual, ya que la satisfacción de los participantes es tal que “en más del 80% de los casos que se someten a este método se llega a un acuerdo, y en los que no se consigue, la sensación de las partes nunca es de que se haya perdido el tiempo, porque siempre se consiguen pequeños acuerdos y se va con otro talante a los tribunales si finalmente se llega”, añadió.

Por su parte, Jon Oscoz consideró que los abogados deben perder el miedo a participar en el Derecho Colaborativo, porque “es una nueva posibilidad de trabajo y desarrollo de la profesión”, que además requiere de una formación específica. A diferencia de los litigios, en este proceso “se trata de conseguir un acuerdo, no de ganar, y para ello los clientes están acompañados y asesorados por abogados que intentan conseguir que se reconozcan los intereses de ambas partes”. Los clientes “están presentes en todo el proceso, son partícipes del acuerdo al que se llega y esto determina un mayor grado de cumplimiento”. “Trabajar en equipo hace el trabajo más cómodo y más seguro, y genera menos estrés que el proceso judicial para todos los participantes”, añadió Oscoz. Y cuando finalmente se consigue un acuerdo “da más satisfacción que una sentencia, que siempre es desfavorable para una de las partes”.

Anouska Sucunza explicó las diferencias con la mediación y la negociación, una de las principales dudas que surgen cuando se habla de Derecho Colaborativo. Y es que aunque coinciden en el resultado, que es el acuerdo, varía en cómo se llega a él. En el caso de la mediación, “el mediador no tiene por qué ser abogado, mientras que en el proceso colaborativo es imprescindible su presencia. Además, el mediador debe mantenerse neutral, y en el Derecho Colaborativo el abogado acompaña en todo momento y asesora al cliente”. Respecto a la negociación tradicional, en ésta “el cliente viene al despacho, nos traslada su problema y gestionamos el acuerdo entre los abogados”, explicó Sucunza. Sin embargo, en el Derecho Colaborativo “el cliente es el protagonista, tiene implicación en todo momento, está presente, escucha y habla”, en ocasiones sobre “temas importantes que si está solo el abogado no surgen  porque no son jurídicos, pero son vitales”. Además, al abogado le da una visión “más completa, la de todas las partes, y trabajamos pensando que el acuerdo tiene que satisfacer las necesidades de tu cliente pero también las de la otra parte”, añadió.

Finalmente, Ana Mendía expuso como se produce un proceso colaborativo, que comienza cuando un cliente llega al despacho y se le exponen las posibilidades de resolver su problema. Si accede a un proceso colaborativo hay que valorar si esa persona “apuesta por hablar, escuchar y trabajar con el otro”, porque “si prefieren guardarse cartas bajo la manga, el proceso colaborativo no es su proceso”. En caso positivo, “buscamos las fórmulas para acercarnos a la otra parte” y se firma “un acuerdo de participación entre todos los que están implicados, un reconocimiento al compromiso de todos”. En este momento cada parte comienza a trabajar con su cliente, “se compone un listado de las necesidades de esa persona para comenzar a trabajar con la otra parte, y tras una primera reunión de equipo en la que se ponen sobre la mesa las preocupaciones y las prioridades, se trasmite a los clientes la postura de la otra parte y qué pueden hacer ellos para satisfacer sus necesidades”. Aquí comienzan las reuniones conjuntas, donde “cuanto más se hable, mejor será el acuerdo y donde todos son importantes y ninguno tiene más razón que otro”, explicó Mendía. Finalmente, si se llega a un acuerdo, se firma en forma de documento elaborado por los abogados y se busca la mejor forma de homologarlos. Este acuerdo puede llevar un “pacto de paz” incluido, en el que las partes se comprometen a resolver de la misma manera el conflicto en caso de discrepancia, aunque “es difícil que se incumpla después de tanto esfuerzo en el que han participado”, señaló la abogada.

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