17 julio 2018

La Abogacía Europea pide el acceso a la Justicia para migrantes en todos los Estados miembro de la UE

El Consejo de la Abogacía Europea, CCBE, recuerda a los legisladores y a la ciudadanía europea en general que ofrecer asistencia jurídica gratuita a los migrantes no es delito, a la vista de ciertas leyes aprobadas en varios Estados miembros que criminalizan este tipo de asistencia. CCBE entiende que tales iniciativas se han adoptado con vistas a evitar el tráfico de seres humanos, pero se muestra extremadamente preocupado por las restricciones a los derechos humanos y al derecho de defensa.

En este contexto, la Comisión LIBE del Parlamento Europeo ha propuesto una resolución para que la ayuda humanitaria no sea considerada, en ningún caso, delito. Además, el artículo 18 de la Carta europea de derechos fundamentales consagra el derecho al asilo; el artículo 47 de la misma Carta garantiza el derecho a un remedio efectivo y el acceso a la justicia, y el artículo 48 la presunción de inocencia y el derecho de defensa como principios del Derecho de la UE. Así, las restricciones a estos derechos impuestas por normas nacionales y que afecten a las actividades de la Abogacía en el ámbito de las migraciones deben estar siempre conformes con esta norma europea – las actividades conducentes a otorgar asistencia jurídica gratuita por parte de abogados no puede criminalizarse. El acceso a la Justicia es un derecho fundamental protegido por el CEDH y considerado como uno de los pilares del Estado de Derecho.

CCBE enfatiza que el artículo 1 bis del Tratado de Lisboa consagra el Estado de Derecho como uno de los valores fundamentales de la Unión: “La Unión se fundamenta en los valores de respeto de la dignidad humana, libertad, democracia, igualdad, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, incluidos los derechos de las personas pertenecientes a minorías. Estos valores son comunes a los Estados miembros en una sociedad caracterizada por el pluralismo, la no discriminación, la tolerancia, la justicia, la solidaridad y la igualdad entre mujeres y hombres”.

Por todo ello, CCBE recuerda que en la UE no se puede adoptar, interpretar o aplicar normas que limiten la posibilidad del abogado de proporcionar asistencia jurídica a cualquier cliente, sin importar su origen o la forma en que hayan entrado en territorio de la UE.

 

Fuente: https://www.ccbe.eu/fileadmin/speciality_distribution/public/documents/Pressreleases/2018/EN_ATJ_20180717_PR_0818.pdf

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