22 noviembre 2016

España ante el TJUE por tratamiento deficiente de aguas residuales

La Comisión Europea ha decidido llevar de nuevo a España ante el TJUE por no cumplir total e íntegramente la STJUE de 2011. Las autoridades autonómicas deben garantizar que las aguas residuales urbanas sean debidamente recogidas y tratadas en 17 aglomeraciones del país para prevenir riesgos graves para la salud humana y el medio ambiente.

El 14 de abril de 2011 el TJUE dictaminó (Asunto C-343/10) que las autoridades españolas estaban infringiendo la legislación de la UE al no recoger y tratar adecuadamente las aguas residuales urbanas vertidas por 37 aglomeraciones (ciudades y urbanizaciones).Cinco años más tarde, la cuestión sigue sin encontrar solución en 17 de las 37 aglomeraciones cubiertas por la sentencia, hecho que afecta a 1.400.000 ciudadanos. Además, más de quince años después de la fecha límite para la aplicación de las normas de la Unión (31 de diciembre de 2000, véase la Directiva 91/271/CEE del Consejo), la conformidad de todas estas aglomeraciones plantea dudas. La falta de un nivel adecuado de recogida y tratamiento de las aguas residuales plantea riesgos significativos para la salud humana, las aguas interiores y el medio marino.

La Comisión pide así al TJUE que imponga con fecha actual una multa a tanto alzado por un importe de más de 46 millones de euros, así como una multa diaria de más de 170.000€  si no se logra el pleno cumplimiento en la fecha en que el TJUE dicte su segunda resolución. Las sanciones propuestas tienen en cuenta la duración de la infracción, su gravedad y el tamaño del Estado miembro. La decisión definitiva sobre las sanciones corresponde al TJUE. El reenvío ante el Tribunal es necesario para asegurar la conformidad con la normativa en esas 17 aglomeraciones, dado el deficiente progreso registrado hasta la fecha.

 

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-3645_es.htm

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