19 abril 2016

El PE aprueba la Directiva sobre registro de datos de los pasajeros

Airport Check-In Counters With Passengers
Airport Check-In Counters With Passengers

El Parlamento Europea ha aprobado la nueva Directiva que regula el uso del registro de datos de pasajeros (PNR) aéreos para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de delitos terroristas y otros delitos graves. La norma obligará a las aerolíneas a entregar a las autoridades nacionales los datos de los pasajeros de todos los vuelos llegados a la UE desde terceros países y viceversa.

Los Estados miembros tendrán que establecer una “Unidad de Información sobre los Pasajeros” encargada de gestionar los datos recopilados por las compañías aéreas. Los datos serán conservados durante cinco años, pero tras un periodo inicial de seis meses, estarán “enmascarados”, es decir, desprovistos de toda aquella información –como nombre, dirección, datos de contacto y de pago- que serviría para identificar directamente a la persona a quien corresponden.

Entre los delitos incluidos en la Directiva figuran la pertenencia a una organización delictiva, trata de seres humanos, explotación sexual de niños y pornografía infantil, narcotráfico, tráfico de armas, corrupción, fraude, blanqueo de capitales, homicidio, violación y secuestro.

Las nuevas reglas se aplicarán a los vuelos extracomunitarios, pero los países podrán extenderlas a los vuelos intracomunitarios, previa notificación a la Comisión Europea. Las autoridades nacionales también podrán optar por recoger y procesar los datos PNR recopilados por agencias de viajes y tour operadores, dado que también gestionan billetes de avión para sus clientes.

Dos años después de la transposición de la Directiva a las legislaciones nacionales, la Comisión tendrá que efectuar una revisión de la misma, prestando especial atención al respeto a los estándares de protección de datos personales, la necesidad y la proporcionalidad de la recogida y del tratamiento de datos PNR para cada uno de los fines establecidos en la norma, la duración del periodo de conservación de datos y “la eficacia del intercambio de información entre los Estados miembros”.

Tras la aprobación por parte del Parlamento Europeo, la propuesta necesita ser adoptada formalmente por el Consejo. Una vez publicada en el Diario Oficial de la UE, los Estados miembros tendrán dos años para trasladarla a la legislación nacional.

Fuente: http://www.europarl.europa.eu/news/es/news-room/20160407IPR21775/El-Parlamento-aprueba-la-directiva-sobre-registro-de-datos-de-pasajeros-(PNR)

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