16 mayo 2012

Justicia Gratuita

La Constitución española de 1978, en su artículo 24, consagra como fundamental el derecho de todas las personas a obtener la tutela efectiva de los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos legítimos, sin que, en ningún caso, pueda producirse indefensión.

Y, con objeto de asegurar el acceso de todas las personas a la justicia en condiciones de igualdad y de eliminar la discriminación que la falta de recursos ocasiona, la propia Constitución reconoce expresamente, en su artículo 119, que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la ley y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar.

La Justicia Gratuita, que apenas represente un 6% de los presupuestos de Justicia del conjunto del Estado –incluidas las Comunidades Autónomas, el Consejo General del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional- es la última esperanza de defensa de sus derechos de los ciudadanos más desfavorecidos. No es una carga creciente, sino decreciente para las arcas del Estado y de las Comunidades Autónomas.

Este servicio, que prestan 42.700 abogados de toda España, 24 horas al día, 365 días al año en cualquier lugar de la geografía española, se realiza con una importante satisfacción de los usuarios, según queda de manifiesto en los cuestionarios de Control de Calidad, las encuestas de calidad realizadas por algunos Colegios y las realizadas a usuarios por el Consejo de la Abogacía desde hace años.

Cuando hablamos de Justicia Gratuita, hablamos pues de un servicio público que desarrolla un estricto mandato constitucional, eficientemente prestado por los Colegios de Abogados, con expresa aceptación social y con baremos que no han sido revisados, en muchos casos, desde hace años.

Este servicio es controlado por comisiones especializadas de la administración que ratifican o deniegan la concesión de este beneficio y que atiende a millón y medio de personas cada año, aun precio mínimo y con un índice de reclamaciones realmente bajo.

El derecho a la Asistencia Jurídica Gratuita comprende, entre otros, las siguientes prestaciones:

  • Asesoramiento y orientación gratuitos con carácter previo al inicio del proceso.
  • Asistencia de Abogado al detenido o preso.
  • Defensa y representación gratuitas por abogado y procurador en el procedimiento judicial.
  • Inserción gratuita de anuncios o edictos, en el curso del proceso, que preceptivamente deban publicarse en periódicos oficiales.
  • Exención de tasas judiciales (para personas jurídicas), así como del pago de depósitos para la interposición de recursos.
  • Asistencia pericial gratuita en los terminos establecidos en la ley.
  • Obtención gratuita de copias, testimonios, instrumentos y actas notariales.
  • Reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por determinadas actuaciones notariales.
  • Reducción del 80% de los derechos arancelarios que correspondan por determinadas actuaciones de los registros de la propiedad y mercantil.

 

Más información: www.justiciagratuita.es

JUSTICIA GRATUITA UMBRALES

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