Blog de Derecho de los Animales
06 junio 2025
Por Carles-Joan Lorente Rivera, abogado, máster en Derecho Animal por la UAB, diputado de la Junta de Gobierno del ICA Sabadell y coordinador de la Comisión de Derecho Animal del ICASBD.
LA PROBLEMÁTICA ACTUAL DEL SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN ANIMAL
El sistema español de identificación animal presenta deficiencias estructurales que comprometen tanto la protección de los animales como la seguridad jurídica de sus responsables. La Red Española de Identificación de Animales de Compañía (REIAC), concebida como coordinadora de los registros autonómicos, enfrenta en la práctica múltiples limitaciones que evidencian la urgencia de explorar alternativas tecnológicas avanzadas.
Fragmentación del sistema actual. España cuenta con 17 registros autonómicos diferentes, cada uno con sus propios protocolos, formatos de datos y niveles de actualización. Esta fragmentación genera vacíos informativos críticos: un animal registrado en Catalunya puede no aparecer en los sistemas de Madrid, dificultando su identificación en caso de pérdida, sustracción o abandono. La falta de interoperabilidad real entre sistemas convierte el registro en un mosaico incompleto de información.
Vulnerabilidades de seguridad. Los casos de falsificación de microchips y documentación veterinaria han aumentado significativamente en los últimos años. Organizaciones criminales especializadas en el tráfico de animales han desarrollado métodos sofisticados para alterar o duplicar identificaciones, aprovechando las debilidades de los sistemas centralizados. La ausencia de trazabilidad inmutable facilita estas prácticas fraudulentas.
Limitaciones transfronterizas. Los movimientos de animales entre España y otros países de la Unión Europea requieren verificaciones complejas que pueden tardar días o semanas. La falta de estándares digitales uniformes complica las adopciones internacionales y el seguimiento sanitario, especialmente problemático en zonas fronterizas donde los animales cruzan frecuentemente entre jurisdicciones.
Problemas de actualización y mantenimiento. Los registros actuales sufren de desactualización crónica. Cambios de responsabilidad, fallecimientos de animales, modificaciones en datos sanitarios o de localización frecuentemente no se reflejan en tiempo real. Esta obsolescencia informativa reduce la efectividad del sistema para su finalidad principal: garantizar el bienestar animal y la responsabilidad de sus cuidadores.
La tokenización de registros animales mediante blockchain representa una respuesta tecnológica integral a estas problemáticas, ofreciendo inmutabilidad, transparencia y trazabilidad completa que podría revolucionar la gestión de la identificación animal en España.
TECNOLOGÍA BLOCKCHAIN APLICADA AL REGISTRO ANIMAL
La identidad digital consistiría en crear un activo digital único (NFT) que representaría el registro completo de un animal, funcionando como su «pasaporte digital inmutable». Esta identificación contendría:
¿Qué ventajas específicas tendría esta identificación digital?
a) Una vez registrada, la información no puede alterarse retroactivamente, eliminando la posibilidad de falsificación documental, por tanto, existiría una inmutabilidad verificable.
b) Tanto veterinarios, autoridades, protectoras y responsables podrían acceder a la información desde cualquier punto, sin depender de la disponibilidad de servidores centralizados, por tanto, se tendría un acceso descentralizado.
c) La puesta en marcha de contratos inteligentes podría automatizar recordatorios de vacunación, transferencias de responsabilidad y alertas sanitarias.
d) Un estándar blockchain común facilitaría el reconocimiento automático entre países UE y la interoperabilidad entre estos miembros.
Experiencias internacionales validadoras
El proyecto RENIAN[i] en Perú ha demostrado la viabilidad práctica de esta tecnología, registrando más de 3.000 animales de compañía en blockchain con información sobre vacunas, esterilización y cambios de responsabilidad. Los resultados preliminares muestran una reducción del 40% en casos de falsificación documental y una mejora del 60% en la velocidad de verificación de identidades.
En Europa, tanto Estonia como Dinamarca han demostrado liderazgo en la implementación de blockchain para registros gubernamentales y identidad digital, proporcionando marcos técnicos y normativos que podrían adaptarse al sector veterinario.
MARCO JURÍDICO ESPAÑOL: NORMATIVA SECTORIAL ACTUALIZADA
Normativa de identificación animal vigente
El marco regulatorio español se articula principalmente a través del Real Decreto 558/2001, que establece la obligatoriedad del microchip e identificación, y las normativas autonómicas que extienden esta obligación a gatos y otros animales de compañía. Sin embargo, este marco presenta lagunas evidentes para abordar los desafíos digitales contemporáneos.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, introduce modificaciones sustanciales que abren la puerta a soluciones blockchain:
Esta nueva arquitectura legal es expresamente compatible con sistemas blockchain, ya que prioriza los objetivos de trazabilidad y centralización funcional sobre tecnologías específicas.
Adaptabilidad del desarrollo reglamentario
El artículo 26.3 de la Ley 7/2023 faculta al Gobierno para «establecer mediante real decreto los estándares técnicos, de interoperabilidad, seguridad y calidad» del nuevo sistema. Esta delegación normativa ofrece una ventana de oportunidad única para incorporar blockchain como tecnología oficial del registro animal español.
Legislación digital aplicable
El Reglamento eIDAS (UE) 910/2014 reconoce la validez jurídica de documentos electrónicos y firmas digitales avanzadas, estableciendo el marco para que registros blockchain puedan tener plena eficacia legal. La Disposición adicional sexta de la Ley 39/2015 sobre tecnologías de registro distribuido, aunque inicialmente restrictiva, ha sido flexibilizada para proyectos de interés público mediante la Resolución de 6 de julio de 2023.
ANÁLISIS JURÍDICO SECTORIAL
Derecho Civil
Propiedad digital del registro. La identificación digital crea una nueva categoría de bien digital inescindiblemente vinculado al animal físico. Las personas responsables del animal serían titulares del NFT correspondiente.
Transmisión de la responsabilidad. Los contratos de transferencia o adopción incorporarían cláusulas automáticas (smart contracts) que verificarían el cumplimiento de requisitos legales antes de ejecutar el cambio de titularidad. La reforma del artículo 333 del Código Civil (Ley 17/2021), que reconoce a los animales como seres sintientes, proporciona base jurídica sólida para esta vinculación indisoluble.
Responsabilidad civil por daños: El registro blockchain proporcionaría prueba irrefutable de la cadena de responsabilidad, facilitando la determinación de liability en casos de daños causados por animales o negligencias en su cuidado.
Derecho Administrativo
Para que los registros blockchain tengan eficacia administrativa plena, el desarrollo reglamentario de la Ley 7/2023 debe reconocerlos expresamente como equivalentes a los registros tradicionales.
La identificación digital debe respetar escrupulosamente las garantías del procedimiento administrativo común, incluyendo derechos de acceso, rectificación y recurso. La inmutabilidad blockchain se resolvería mediante un sistema de «enmiendas certificadas» que preserven el historial completo manteniendo la trazabilidad.
El blockchain eliminaría las barreras técnicas entre registros autonómicos, creando un verdadero sistema nacional sin menoscabar las competencias autonómicas en protección y bienestar animal.
Derecho Penal
Falsificación de tokens o identificación digital: la alteración o creación fraudulenta de NFTs de animales constituiría falsificación de documento público electrónico (art. 392 CP), con penas agravadas por el medio tecnológico empleado.
Estafa mediante blockchain: las transferencias de animales con tokens falsificados o alterados configurarían estafa agravada, con la particularidad de que la inmutabilidad blockchain facilitaría enormemente la investigación y prueba de los delitos.
Nuevas tipologías delictivas: sería necesario considerar la tipificación específica de delitos como la «suplantación de identidad animal digital» o el «sabotaje de registros blockchain».
DESAFÍOS PRÁCTICOS
Beneficios potenciales de la implementación
La adopción de sistemas blockchain para el registro animal generaría transformaciones profundas en múltiples niveles operativos. La trazabilidad completa e inmutable afectaría para paliar la lacra del abandono.
La integración sanitaria representaría otro beneficio sustancial ya que los veterinarios podrían acceder instantáneamente al historial médico completo de cualquier animal, incluyendo vacunas, tratamientos previos, alergias conocidas y predisposiciones genéticas. Esta accesibilidad inmediata resultaría especialmente valiosa en situaciones de emergencia, donde cada minuto cuenta para salvar la vida del animal. Además, la automatización de recordatorios de vacunación y controles sanitarios mejoraría significativamente la prevención de enfermedades.
Obstáculos técnico-jurídicos y estrategias de superación
La brecha digital constituye el principal desafío práctico de implementación. Sectores rurales, veterinarios de mayor edad y pequeñas protectoras frecuentemente carecen de la competencia tecnológica necesaria para operar sistemas blockchain. Esta realidad exige un enfoque pedagógico gradual que combine programas de formación específicos con utilidades simplificadas. La experiencia, por ejemplo, de la digitalización bancaria en España demuestra que la resistencia inicial puede superarse mediante diseños intuitivos y soporte técnico personalizado.
Los costes de implementación podrían representar otro obstáculo significativo, especialmente para pequeñas clínicas veterinarias y protectoras con recursos limitados. Sin embargo, el análisis coste-beneficio a medio plazo revela que la automatización de procesos administrativos, la reducción de errores documentales y la eliminación de duplicidades compensarían ampliamente la inversión inicial. Un modelo de financiación híbrida público-privada, con tarifas escalonadas según volumen de operaciones, haría sostenible la transición para todos los operadores.
La dependencia tecnológica plantea riesgos de obsolescencia y concentración de poder en manos de proveedores tecnológicos. La solución pasa por el desarrollo de estándares abiertos, preferiblemente bajo supervisión europea, que garanticen la interoperabilidad entre diferentes sistemas y eviten situaciones de monopolio.
La resistencia al cambio, natural en cualquier transformación sectorial, requiere estrategias de gestión del cambio que enfaticen las ventajas prácticas inmediatas para cada tipo de usuario. Los veterinarios valorarán especialmente la reducción de carga administrativa y el acceso instantáneo a historiales. Los responsables de animales apreciarán la seguridad adicional y la simplificación de trámites. Las autoridades encontrarán en el sistema una herramienta incalculable para la supervisión y el cumplimiento normativo.
CONCLUSIONES
La Ley 7/2023 ofrece una ventana de oportunidad histórica para posicionar a España como líder europeo en protección animal tecnológicamente asistida. Es imperativo que el desarrollo reglamentario incorpore estándares blockchain desde su diseño inicial, evitando costosas adaptaciones posteriores.
¿Cómo podríamos integrar estos sistemas de identidad digital de los animales?
Los profesionales del derecho animal nos enfrentamos a una transformación paradigmática que requiere actualización de competencias. Se abren nuevas líneas de especialización en derecho digital (animal) que combinen conocimientos jurídicos tradicionales con comprensión tecnológica avanzada.
Reflexión final
La convergencia entre blockchain y bienestar animal no es una tendencia futura, sino una realidad emergente que está transformando ya otros sectores. España tiene la oportunidad única de liderar esta transformación digital en Europa, convirtiendo su marco legal en referente internacional para la protección animal tecnológicamente asistida.
La propuesta aquí presentada no pretende ser la solución definitiva, sino el inicio de un debate necesario sobre cómo las nuevas tecnologías pueden servir mejor a los objetivos históricos del derecho animal: garantizar el bienestar, prevenir el maltrato y facilitar la convivencia responsable entre humanos y animales.
El futuro de la protección animal será inevitablemente digital. La pregunta no es si España adoptará estas tecnologías, sino si tendrá la visión de liderarlas.
[i] Sitio web oficial: https://www.renian.pe/