Organigrama

El Consejo General tiene una estructura formada por tres órganos rectores,

1.- El Pleno (integrado por la presidencia, los 83 decanos y decanas de los Colegios de la Abogacía, 12 consejeros electivos y consejeras electivas entre “abogados y abogadas de reconocido prestigio”, los presidentes y presidentas de los Consejos Autonómicos de Colegios de la Abogacía,  quien ostente la presidencia de la Mutualidad General de la Abogacía y, con voz y sin voto, la presidencia de la Confederación Española de la Abogacía Joven)

2.- La Comisión Permanente compuesta por

MIEMBROS DE LA COMISIÓN PERMANENTE


Victoria Ortega Benito
Presidenta de la Abogacía

Javier Martín García
Secretario General

Manuel Mata Pastor
Tesorero

Eugenio Ribón Seisdedos
Vicepresidente

María Lourdes Carballo Fidalgo
Vicepresidenta

Jesús Sánchez García
Decano de Barcelona

Oscar Fernández León
Decano de Sevilla

Rafael Massieu Curbelo
Decano de Las Palmas

Antonio Morán Durán
Decano de Zaragoza

Andrés de Diego Martínez
Decano de Cantabria

Marga Cerro González
Decana de Talavera de la Reina

Maria Hilari Sucurrat
Decana de Figueres

Bernardo Lacarra Albizu
Decano de Estella

José Soriano Poves
Decano de Valencia

Albino Escribano Molina
Decano de Albacete

 

 

3.- La presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, Victoria Ortega Benito, cuyas funciones están definidas en el artículo 104 del Estatuto General de la Abogacía Española (EGAE) , que son las siguientes:

  1. Ostentar la representación del Consejo General y, en consecuencia, ostentar la representación de la Abogacía Española y ser portavoz del conjunto de los Colegios de la Abogacía de España.
  2. Velar por el prestigio de la profesión de profesional de la Abogacía.
  3. Defender los derechos de los Colegios de la Abogacía y de sus colegiados cuando sea requerido por el Colegio respectivo y proteger la lícita libertad de actuación de los profesionales de la Abogacía y de las sociedades profesionales.
  4. Convocar y presidir, fijando el orden del día, las sesiones del Pleno y de la Comisión Permanente, así como de las demás Comisiones ordinarias o extraordinarias, decidiendo los empates con voto de calidad.
  5. Proponer el nombramiento de ponencias para preparar la resolución o despacho de un asunto.
  6. Autorizar con su firma los acuerdos del Pleno y de la Comisión Permanente y velar por su correcta ejecución.
  7. Ejercer la superior dirección de la actividad de los órganos del Consejo General.
  8. Las que le hayan sido delegadas por el Pleno.
  9. Cuantas otras le correspondan por disponerlo así las disposiciones vigentes y especialmente este Estatuto.

En la actualidad existen 11 Comisiones determinadas por el Pleno, con las siguientes subcomisiones y grupos de trabajo:

  1. Comisión de Presidencia
  2. Comisión de Formación
  3. Comisión de Defensa de los Derechos e Intereses Profesionales de la Abogacía
  4. Comisión de Deontología Profesional
  5. Comisión de Ordenación Profesional
    • Subcomisión de Derecho de la Competencia y Defensa de los Consumidores
    • Subcomisión de Derecho de la Unión Europea
    • Órgano de Prevención de Blanqueo de la Abogacía (OPBA)
  6.  Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita y Función Social
    • Subcomisión de Derecho Penitenciario
    • Subcomisión de Extranjería y Protección Internacional
    • Subcomisión de Menores
    • Grupo de Trabajo del Turno de Oficio en Territorio Común
    • Grupo de Trabajo Personas con Discapacidad
  7. Comisión de Igualdad
    • Subcomisión de Violencia sobre la Mujer
  8. Comisión de Estudios, Informes y Proyectos
    • Subcomisión de la Jurisdicción Civil
    • Subcomisión de la Jurisdicción Penal
    • Subcomisión de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
    • Subcomisión de la Jurisdicción Laboral
    • Subcomisión de la Jurisdicción Mercantil y Concursal
  9. Comisión de Relaciones con la Administración de Justicia
    • Subcomisión de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos
  10. Comisión de Innovación y Desarrollo Tecnológico de la Abogacía
    • Grupo de Trabajo SIGA
    • Subcomisión de Justicia Digital
  11. Comisión de Control Presupuestario y Financiero

Además, existen otros grupos de trabajo:

  • Probono
  • Coordinación de Consejos y Colegios
  • Oficina de Representación Institucional (ORI)
  • Oficina de Acción Exterior (OAE)

Funciones del Consejo General

Entre las múltiples funciones del Consejo destacan:

  • Representar a la Abogacía Española y ser portavoz del conjunto de los Colegios de Abogados de España.
  • Velar por el prestigio de la profesión de abogado y exigir a los Colegios de Abogados y a sus miembros el cumplimiento de sus deberes.
  • Elaborar el Estatuto General de la Abogacía Española y aprobar los Estatutos particulares elaborados por cada Colegio.
  • Formar y mantener actualizado el censo de los abogados españoles y llevar el fichero y registro de sanciones que afecten a los mismos.
  • Establecer la necesaria coordinación entre los Colegios y los Consejos Autonómicos y resolver los recursos contra los acuerdos de los órganos de los Colegios de Abogados y/o de los Consejos Autonómicos.
  • Informar preceptivamente de todo proyecto de modificación de la legislación sobre Colegios Profesionales de Abogados.
  • Emitir los informes que le sean solicitados por la Administración, Colegios de  Abogados y Corporaciones oficiales respecto a asuntos relacionados con sus fines o que acuerde formular por propia iniciativa; proponer las reformas legislativas que estime oportunas e intervenir en todas las cuestiones que afecten a la Abogacía Española.
  • Defender los derechos de los Colegios de Abogados, así como los de sus colegiados y proteger la lícita libertad de actuación de los abogados.
  • Impedir por todos los medios legales el intrusismo y la clandestinidad en el ejercicio profesional, impedir y perseguir la competencia ilegal o desleal    y velar por la plena efectividad de las disposiciones que regulan las incompatibilidades en el ejercicio de la Abogacía.
  • Autorizar la creación de Escuelas de Práctica Jurídica de los Colegios de Abogados, homologarlas y coordinar y supervisar su funcionamiento, previo informe del Colegio respectivo.

En definitiva, el Consejo General defiende activamente los derechos de los Colegios y de los abogados, vela por el correcto ejercicio de la profesión de abogado y el cumplimiento de sus obligaciones deontológicas y defiende los derechos fundamentales de los ciudadanos.

 

 

 

 

 

 

Última actualización: 31/03/2024