Conclusiones del Abogado General del TJUE sobre el plazo para reclamar indemnizaciones planteado en la cuestión prejudicial presentada por la AP de León

El Abogado General del TJUE, Athanasios  Rantos, ha presentados sus conclusiones en relación con el caso C-267/20 (Volvo y DAF Trucks). Rantos ha planteado precisiones en cuanto al ámbito de aplicación temporal de la Directiva relativa a la indemnización a las víctimas del cártel de camiones.

Se trata de un asunto sobre una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de León ante el TJUE en un asunto que enfrenta a RM c. AB Volvo y DAF Trucks y concluye que la acción por daños ejercitada por RM el 1 de abril de 2018 no había prescrito.

Rantos considera que el plazo de cinco años previsto por la Directiva no se aplica a una acción como la controvertida, la cual, pese a haber sido ejercitada tras la entrada en vigor de dicha Directiva y de las disposiciones nacionales de transposición, versa sobre hechos y sanciones anteriores a la entrada en vigor de estas disposiciones.

Por último, el Abogado General del TJUE estima que el plazo de prescripción de un año previsto por el Código Civil empieza a correr el día de la publicación del resumen de la Decisión de la Comisión en el DOUE, es decir, el 6 de abril de 2017. Eso significa que la acción por daños ejercitada por el comprador de los camiones (RM) el 1 de abril de 2018 no había prescrito.

Enlace: curia.europa.eu

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