Grecia incumple el artículo 6.1 CEDH por duración excesiva entre los hechos imputados y la emisión de sentencia

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Papargyriou c. Grecia (demanda nº 55846/15) por el que se declara la violación del artículo 6 CEDH, ya que el TEDH considera que los procedimientos previos al juicio habían sido excesivamente largos, siendo totalmente incompatibles con el plazo razonable previsto en el artículo 6 del CEDH.

En 2004 se incoó un proceso penal contra la Sra. Papargyriou por repetidos actos de falsificación, y el desvío de fondos comprometidos en el ejercicio de sus funciones profesionales. Se abrió entonces una investigación judicial y en noviembre de ese mismo año, la Sra. Papargyriou compareció ante la policía.

 

En 2012, la Sala de lo Penal ordenó la prórroga del mandato judicial de la investigación judicial. Subsidiariamente, en 2013, se ordenó una investigación judicial adicional de varios otros cargos.

 

Más tarde, en 2015, la Sala de Acusación del Tribunal de Apelación decidió interrumpir las actuaciones penales respecto de algunos delitos de apropiación indebida cometidos en el ejercicio de una actividad profesional, así como, no acusar a la Sra. Papargyriou de los otros cargos en su contra.

 

En noviembre de ese mismo año la Sra. Papargyriou ante la duración excesiva de los procedimientos penales contra ella, decidió presentar solicitud ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos basándose en el artículo 6.1 CEDH – derecho a un proceso judicial justo dentro de un tiempo razonable.

 

El TEDH, a la vista de los hechos, ha declarado mediante sentencia que, dado que la Sra. Papargyriou compareció ante la policía el 12 de noviembre de 2004 y que la Sala de Acusación del Tribunal de Apelación no dictó sentencia hasta el 5 de agosto de 2015, ha habido efectivamente una violación respecto del artículo 6.1 CEDH basando su decisión en la incompatibilidad de este periodo de decisión por parte de los tribunales (superior a diez años) con el requisito de un “plazo razonable” previsto en el párrafo 1 del artículo 6 del CEDH.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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