España, condenada por no garantizar el acceso al TS en un asunto de adhesión a despido colectivo

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Domenech Figueroa c. España (demanda n° 54696/18). El asunto se refiere a un procedimiento civil iniciado por el demandante para impugnar la legalidad del despido colectivo ejecutado por su empleador. El demandante alegó que los tribunales nacionales habían cometido un error que posteriormente condujo a la inadmisibilidad de su recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En consecuencia, se le privó de su derecho de acceso al Tribunal Supremo. Se trata, por tanto, de una violación del artículo 6.1 CEDH (derecho a un proceso judicial justo y equitativo).

El TEDH declara la admisibilidad del recurso, considera que se ha violado el artículo 6.1 CEDH y obliga a España a pagar al demandante, en el plazo de tres meses, una determinada cantidad más lo que pueda corresponder por intereses sobre dicha cantidad, en concepto de daño moral.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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