El TEDH declara la violación del derecho al secreto de comunicaciones entre un abogado y su cliente y la falta de publicidad del proceso

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Vasil Vasilev c. Bulgaria (demanda n° 7610/15). El demandante, Vasil Tonchev Vasilev, es un abogado búlgaro nacido en 1958 y residente en Sofía.

El caso se refiere a la interceptación, grabación y transcripción de una conversación telefónica en 2010 entre el demandante y uno de sus clientes, un ex ministro de Defensa, que estaba siendo vigilado de forma encubierta en relación con un caso penal. El demandante se quejó ante la fiscalía y presentó una demanda por daños y perjuicios, argumentando que la conversación estaba amparada por el secreto profesional del abogado-cliente y que su grabación y transcripción deberían haber sido destruidas. Ambas acciones fueron infructuosas.

Basándose en el artículo 8 CEDH (derecho al respeto de la vida privada, familiar y del domicilio), el demandante denuncia que la grabación y transcripción encubiertas de la conversación telefónica con su cliente fueron ilegales e innecesarias. Alega, en particular, que la legislación búlgara no tenía normas suficientemente claras sobre la destrucción de las comunicaciones entre abogado y cliente interceptadas accidentalmente.

Basándose también en el artículo 6.1 CEDH (derecho a un juicio justo), se queja de que el procedimiento por daños y perjuicios fue clasificado porque las pruebas admitidas se habían obtenido mediante vigilancia secreta. Por lo tanto, el público fue excluido de las audiencias del caso y las sentencias subsiguientes no se dictaron públicamente.

El TEDH concluye que hay una violación del artículo 8 y del artículo 6.1 CEDH debido a la exclusión del público de las audiencias en los procedimientos de indemnización por daños y perjuicios iniciados por el demandante y a la falta de publicidad de las sentencias dictadas en los procedimientos por daños y perjuicios interpuesto por el demandante.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

Comparte: