Condena a Francia por no respetar el derecho a un proceso judicial justo y equitativo

El TEDH ha dictado sentencia en el asunto Benghezal c. Francia (demanda nº 48045/15). El demandante, Rachid Benghezal, es un ciudadano francés.

El asunto se refiere a la motivación de la sentencia del Tribunal de Apelación que condena al demandante a pagar daños y perjuicios, que estaba redactada de forma que podía sugerir que era culpable del delito del que había sido absuelto.

Basándose en los apartados 1 y 2 del artículo 6 CEDH (presunción de inocencia y derecho a un proceso judicial justo y equitativo), el demandante alega la violación de su derecho a la presunción de inocencia, en la medida en que el Tribunal de Casación, en su sentencia de 11 de diciembre de 2013, consideró que, a efectos de Derecho civil, debía ser “declarado autor del delito de fraude”, a pesar de que el Tribunal Superior lo había absuelto en una sentencia definitiva de 24 de mayo de 2012. También se queja de haber sido condenado por el Tribunal de Casación a pagar una cantidad a la parte civil en concepto de sus gastos en el procedimiento del Tribunal de Casación.

El TEDH considera en su sentencia que existe violación del artículo 6.1 CEDH, pero no del 6.2. Y por tanto condena a Francia a indemnizar al demandante y a asumir las costas.

Enlace: hudoc.echr.coe.int

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