10 febrero 2017

Las víctimas de violencia de género tienen derecho a conocer la libertad de su agresor

El ministro del Interior ha anunciado que, a partir de ahora, aproximadamente 4.000 mujeres víctimas de violencia de género recibirán un mensaje de alerta si se producen cambios en el régimen penitenciario de sus maltratadores que están o han estado en la cárcel, incluso si están presos por delitos diferentes a los de violencia de género.

Hay quien opina que esta medida es inconstitucional; otros que generará más tensión a las víctimas. Porque cada vez que se avanza, cada vez que se dice que hay más herramientas para luchar contra la violencia de género, enseguida surgen mensajes insultantes hacia las mujeres, diciendo que no se habla nada más que de esto y no se le da publicidad a otras cosas.

Sin embargo, lo que la policía va hacer no solo es algo lógico y normal, sino también obligado: informar a la víctima de la salida de prisión de su agresor. Lo importante es que ese mensaje se produzca en un lenguaje claro y directo, y sobre todo que se tenga en cuenta la nacionalidad de las personas que lo reciban.

Esta medida no se adopta con intensión de menoscabar ningún derecho, sino para garantizar la seguridad de la víctima, pues para eso se creó el Sistema de Seguimiento Integral en los casos de Violencia de Género (VioGén) del Ministerio del Interior hace ahora 10 años, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

No se trata de crear un conflicto entre los derechos de hombres y mujeres cada vez que nace una idea, una iniciativa para garantizar la seguridad de una persona a la que se ha hecho daño, cuya integridad física y emocional se ha menoscabado. La víctima debe estar enterada de si su agresor ha salido de prisión o si no ha regresado al centro penitenciario, o si ha abandonado el curso que estaba realizando, puesto que esta notificación ya viene recogida en el propio Estatuto Jurídico de la Víctima. La Secretaría de Estado de Seguridad tiene la obligación de garantizar, precisamente eso: la seguridad de todos los ciudadanos y ciudadanas cuando conoce que hay un riesgo cierto. Y el hecho de que un agresor esté en libertad sin duda supone un riesgo cierto para su víctima.

No es una medida contra los hombres, no lo es. Como no puede ser de otra manera, se respeta el derecho constitucional del agresor a la reinserción social. Es una medida que nace con el fin de garantizar que  la víctima, con sentencia judicial,  va a estar protegida. Porque la Constitución también habla de la protección y cualquier Estado de Derecho que se precie debe procurarla sin excepción, ya que el bien jurídico que se pretende proteger es la vida.

Por lo tanto, si la víctima quiere – dato importante, pues solo  será aplicable en ese caso-, recibirá un mensaje de la policía que le alertará porque es necesario que sepa que esa persona que la agredió, que la insultó, la vejó… va estar en libertad. Porque esa persona que sale a la calle tiene sus derechos, pero la víctima también los tiene y se debe garantizar su seguridad.

En los 40 días que llevamos de año, 8 mujeres han sido asesinadas por sus parejas o ex parejas.  Vamos a seguir trabajando y vamos a apoyar cualquier medida que se adopte para evitar que esta cifra insoportable siga creciendo.

Elisa Campoy

Vocal de la Subcomisión de Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Española

 

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