26 abril 2022

Acuerdo provisional sobre el Reglamento europeo de Servicios Digitales

El Consejo de la UE y el Parlamento Europeo han alcanzado un acuerdo político provisional sobre el Reglamento de Servicios Digitales, que consagra el principio de que lo que es ilegal offline también debe serlo online. El objetivo es proteger el espacio digital de la difusión de contenidos ilícitos y garantizar la protección de los derechos fundamentales de los usuarios.

Este Reglamento se aplicará a la totalidad de los intermediarios en línea que presten servicios en la Unión Europea. Las obligaciones que introduce son proporcionales a la naturaleza de los servicios y adaptadas al número de usuarios. Es decir, que las plataformas en línea de muy gran tamaño y los motores de búsqueda en línea de muy gran tamaño estarán sujetos a requisitos más estrictos. Se incluirán en esta categoría los servicios con más de 45 millones de usuarios activos mensuales en la Unión Europea. Las microempresas y las pequeñas empresas que no alcancen esta cifra usuarios activos mensuales en la UE estarán exentas de algunas de las nuevas obligaciones.

Con el fin de garantizar la aplicación eficaz y uniforme de las obligaciones de este Reglamento de Servicios Digitales, el Consejo de la UE y el Parlamento Europeo han decidido otorgar a la Comisión Europea competencias exclusivas de supervisión de las plataformas en línea y de los motores de búsqueda de muy gran tamaño en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones específicas. Estos serán supervisados a escala europea en cooperación con los Estados miembros. Este nuevo mecanismo de supervisión respeta el principio del país de origen, que seguirá aplicándose a otros agentes y requisitos cubiertos por el Reglamento de Servicios Digitales. Además, impondrá a los mercados en línea una obligación de diligencia debida con respecto a los vendedores que comercialicen productos o servicios en su plataforma. En particular, los mercados tendrán que recopilar y mostrar la información relativa a los productos y servicios vendidos, a fin de garantizar que el consumidor dispone de la información adecuada.

Este texto introduce la obligación de que las plataformas y servicios digitales de muy gran tamaño analicen los riesgos sistémicos que provocan y efectúen análisis de reducción de riesgos.Este análisis debe llevarse a cabo cada año y permitirá realizar un seguimiento continuo para reducir los riesgos asociados a temas como la difusión de contenidos ilícitos, los efectos adversos para los derechos fundamentales, la manipulación de servicios de forma que repercuta en los procesos democráticos y la seguridad pública o los efectos adversos en la violencia de género y en los menores y las consecuencias graves en la salud física o mental de los usuarios.

Los colegisladores han acordado prohibir las interfaces engañosas conocidas como «patrones oscuros» y las prácticas destinadas a inducir a error a los usuarios.

Los usuarios online recurren en muchas ocasiones a los sistemas de recomendación. Para mejorar la información que reciben, se han introducido requisitos de transparencia para los parámetros de estos sistemas. Las plataformas online y los motores de búsqueda de gran tamaño deberán ofrecer a los usuarios un sistema de recomendación de contenidos que no esté basado en la elaboración de perfiles.

En el contexto de la agresión rusa contra Ucrania y sus consecuencias específicas en relación con la manipulación de la información  online, se ha incluido en el texto un nuevo artículo por el que se establece un mecanismo de respuesta a las crisis. Se activará por decisión de la Comisión, a partir de una recomendación del Comité de Coordinadores Nacionales de Servicios Digitales, y permitirá analizar cómo afecta a la crisis la actividad de las plataformas online y los motores de búsqueda de muy gran tamaño y las medidas que deberán adoptarse, dentro del respeto de los derechos fundamentales.

Las plataformas accesibles a los menores tendrán que establecer medidas especiales de protección para garantizar su seguridad online. Cuando tengan conocimiento de que un usuario es menor de edad, las plataformas tendrán prohibido mostrarle publicidad personalizada basada en la utilización de sus datos personales, según se definen en el Derecho de la UE.

En diciembre de 2020, la Comisión Europea presentó un paquete de medidas sobre los servicios digitales que incluía los Reglamentos de Servicios Digitales y de Mercados Digitales. Ambos Reglamentos constituyen los dos pilares de una regulación digital sin precedentes que respeta los valores y el modelo europeos. Estos actos en conjunto determinan un marco adaptado a los retos que plantean la aparición de gigantes digitales y la protección de sus usuarios, manteniendo al mismo tiempo un equilibrio propicio a la innovación en la economía digital. El Consejo y el Parlamento alcanzaron un acuerdo político provisional sobre el Reglamento de Mercados Digitales el 24 de marzo de 2022.

El acuerdo provisional alcanzado debe ser refrendado por el Consejo y el Parlamento Europeo. Por parte del Consejo, el acuerdo político provisional se someterá a la aprobación del Comité de Representantes Permanentes (Coreper) antes de proseguir con las fases formales del procedimiento de adopción.

Fuente: https://www.consilium.europa.eu/es/press/press-releases/2022/04/23/digital-services-act-council-and-european-parliament-reach-deal-on-a-safer-online-space/

 

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