30 marzo 2022

Prohibido despedir (si recibes ayudas)

Trabajadores de mantenimiento de carreteras
EUROPA PRESS

El Gobierno ha limitado, y encarecido, los despidos objetivos motivados por el alza de la energía en las empresas que reciban ayudas públicas.

El Real Decreto-ley 6/2022 por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania establece que “en aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el presente real decreto-ley, el aumento de los costes energéticos no podrá constituir causa objetiva de despido hasta el 30 de junio de 2022”.

Esta norma, publicada el 30 de marzo y que entra en vigor el 31 de marzo, deja muy claro, en su artículo 44, que “el incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida”.

Y además aquellas compañías “que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores por causas relacionadas con la invasión de Ucrania y que se beneficien de apoyo público no podrán utilizar estas causas para realizar despidos”. En este caso, a diferencia del anterior, no se establece límite temporal.

Esta limitación de los despidos es similar a la que se implantó durante la pandemia, pero en este caso, “la redacción es mucho más clara”, explica Ana Gómez, socia de laboral de Ceca Magán Abogados, que señala que despedir en los nuevos casos que señala el real decreto tendrá “consecuencias laborales y obligará a devolver las ayudas recibidas”.

El real decreto no especifica, sin embargo, qué ocurrirá con estos despidos. “No dice si serán calificados como improcedente o nulo. A mi juicio, la consecuencia debe ser la improcedencia, no la nulidad, es decir, se están encareciendo los despidos por causas objetivas”, explica Silvia Palacios, socia de laboral de Selier Abogados.

En la mayoría de las sentencias sobre despidos por la pandemia,  los tribunales  han sentenciado que eran improcedentes. “Los tribunales entienden que si el legislador hubiera querido la nulidad lo habría dicho de manera expresa”, explica Gómez.

Esta restricción del despido ha indignado a los empresarios, a los que la ministra de Trabajo, Yolanda Diaz, lanzó un mensaje muy claro en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros:  “Teniendo el mecanismo de los ERTE no es necesario despedir, tienen ustedes los recursos públicos a su disposición para impedirlo”.

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