26 noviembre 2020

Francisco Caamaño: “Las fake news no solo son dis-information, también son negocio”

  • Los bulos y las campañas de desinformación deben “afrontarse mediante una legislación específica que adopte medidas interdisciplinares y no solo penales”

Toda falsificación vende cuando hay un público -como conjunto manipulable de creencias- dispuesto a comprar. Francisco Caamaño, socio profesional del despacho Caamaño, Concheiro @ Seoane (CCS), catedrático de Derecho Constitucional y ministro de Justicia entre febrero de 2009 y diciembre de 2011, tiene clara su preocupación por las fake news “porque esta industrialización de la contaminación informativa deteriora gravemente el ecosistema democrático”.

CAMPAÑA DE LA ABOGACÍA: YO NO PASO BULOS

Ante esta situación, a la democracia le resulta angustioso disponer de un marco represor para combatir la desinformación maliciosa porque en una sociedad libre nadie tiene el monopolio de la verdad. Este fundado temor se está convirtiendo en su mayor debilidad, además “las fake news no solo son dis-information, también son negocio”, asegura quien fuera ministro de Justicia.

Juristas y expertos coinciden en que la reacción del Estado y de los poderes públicos para frenar los bulos y la desinformación es lenta y poco eficiente.

DERECHO COMPARADO: FRANCIA Y ALEMANIA

Caamaño recuerda que en ciertos ámbitos, la lucha contra las fake news –debido a su incidencia en los Estados democráticos- ha traspasado el terreno de lo recomendable para incorporarse al del derecho.

Francia y Alemania, tras la experiencia del Brexit y ante la necesidad de combatir la difusión estratégica de noticias falsas durante las campañas electorales, han afrontado en sus sistemas legales instrumentos para combatir las campañas de noticias falsas.

En el caso alemán, la llamada “Ley Faceboock” (Ley de Aplicación de la Red, NetzDG)  de 2017,  obliga a las plataformas (redes y medios sociales de contenido público) con más de dos millones de usuarios en el país a retirar aquellos contenidos manifiestamente ilícitos en el plazo máximo de 24 horas (que podría ser de hasta siete días, si existiesen dudas razonables sobre su ilegalidad)  a contar desde la presentación de la denuncia.

Ante el incumplimiento, se ha dispuesto un sistema de cuantiosas multas que varían en función del mayor o menor número de usuarios de la plataforma.

Por su parte, la ley francesa para la lucha contra la manipulación de la información, aprobada en 2018, habilita al Consejo Superior Audiovisual para suspender unilateralmente la licencia de cualquier operador mediático de “influencia extranjera durante una campaña electoral” cuando se constate que manipula la información. Así mismo, la ley tipifica diversas conductas como la “difusión masiva de falsedades” o perturbar “la sinceridad del voto electoral”, que pueden dar lugar a la imposición de sanciones pecuniarias e, incluso, a medidas privativas de libertad.

Caamaño lamenta que en España “se han presentado diversas iniciativas de inspiración alemana que, sin embargo, no han prosperado”.

¿TIPIFICACIÓN PENAL?

Aunque las noticias falsas y los bulos pueden integrar los tipos penales del delito de injurias del art. 209 Código Penal y el delito de calumnias del art. 206, Caamaño considera que no puede establecerse un automatismo entre las fake news y las conductas tipificadas en estos dos artículos del Código Penal.

El exministro de Justicia recuerda que el Informe del Consejo de Europa  del año 2017 (Information disorder: Toward an interdisciplinary framework for research and policy making), el fenómeno de las fake news comprende, cuando menos, tres supuestos que deben ser diferenciados:

  • la mis-information o información errónea sin intención de causar el daño
  • la dis-information, cuando la falsa noticia es intencionada, peligrosa o forma parte de una estrategia deliberada de contaminación informativa
  • la mal-information, cuando, teniendo una base cierta, si dirige directamente contra el honor o la intimidad personal o familiar de una persona con el fin de desacreditarla y dañarla.

“Los indicados preceptos penales cubren los supuestos de mal-information pero no los de dis-information donde se encuentran las fake news que resultan verdaderamente peligrosas para una sociedad democrática”, asegura Caamaño, quien defiende que los bulos y las campañas de desinformación deben “afrontarse mediante una legislación específica que adopte medidas interdisciplinares y no solo penales”

RESPUESTA EN VÍA CIVIL A LOS BULOS

El sistema español de acciones civiles resulta, en opinión de Caamaño, bastante limitado. En primer lugar, porque no admite, como ocurre en otras culturas jurídicas, la figura de la indemnización punitiva o “sanción civil” independiente de la que se determine para la reparación integral del daño causado. Y, en segundo lugar, porque carecemos de algo parecido a la class action, es decir, la posibilidad de utilizar una acción colectiva en la que los promotores de la demanda asumen la representación de todas las personas perjudicadas por la información maliciosa o manipulada.

El abogado apuesta por el modelo de responsabilidad civil extracontractual, rearmando procesalmente a la ciudadanía e incorporando la figura de la sanción civil.

Para evitar que los bulos generalizados estresen la convivencia y debiliten la credibilidad de la autoridad (científica, política, artística…), erosionando la confianza con el solo propósito de abrir espacios al miedo o al odio, Caamaño propone articular diversos ámbitos de prevención y contención para no fiarlo todo al ius punendi del Estado, tanto el derecho penal como el administrativo sancionador.

El exministro de Justicia propone algunas líneas de trabajo que debería acometer el legislador:

  • Obligar a las grandes plataformas y operadoras de internet a disponer de sistemas de prevención y control con fundamento en códigos de usuario y en reglas transparentes
  • Disponer de sistemas más efectivos de detección y asignación civil de responsabilidades en caso de campañas difamatorias o fake newss articuladas de forma masiva (trolls, bots, click-bait …)
  • Promover la articulación de programas público-privados orientados a “destapar” y, en su caso, obstaculizar conocidas manifestaciones del “discurso del odio”…

Comparte: