25 junio 2020

El Colegio de Abogados de Málaga recurre ante el CGPJ todos los acuerdos que limitan el acceso de los letrados a las sedes judiciales

  • La exigencia de cita previa conlleva en muchos casos una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y afecta al derecho a la defensa de los justiciables
  • El decano, Francisco Javier Lara, afirma que se trata de un ataque intolerable, discriminatorio e injustificado a la dignidad de la abogacía

El Colegio de Abogados de Málaga ha presentado un recurso ante el
Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra todos los acuerdos de las Juntas de Jueces locales y juzgados de la provincia que limitan o restringen el acceso de los letrados a las sedes judiciales, de
modo que se exige la necesidad de solicitar cita previa para los profesionales.

En concreto, se han recurrido los siguientes acuerdos adoptados: Vélez-Málaga (Servicio Común Procesal General, de 4 de junio de 2020), Coín (Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3, de 2
de junio), Fuengirola (Junta de Jueces, de 3 de junio), Torrox (Juzgado Decano, de 2 de junio) y Decanato de Málaga (de 9 de junio).

En el escrito presentado ante el CGPJ se solicita la inmediata suspensión de la ejecución de los acuerdos citados en base, principalmente, a tres razones.

En primer lugar, porque la necesidad de cita previa para acceder a los juzgados supone una complicación burocrática “absolutamente innecesaria”, ya que habría bastado con advertir que,
cuando fuera necesario y urgente visitar la sede judicial, los letrados tendrían que respetar el turno que les correspondiera, respetando siempre las medidas socio sanitarias de prevención del
coronavirus.

En segundo lugar, esa exigencia y la previsible demora en su concesión conlleva una vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, poniendo en riesgo el derecho a la defensa de los justiciables.

En este punto, cabe destacar que ya se han producido casos de este tipo, como el de una letrada del partido judicial de Coín que tenía que asistir en un juicio rápido fijado en 48 horas y que no pudo
acceder al juzgado para acceder al examen de los autos –no sólo se le impidió entrar al edificio sino que la cita previa que se le concedió tenía fecha posterior a la celebración del juicio–.

Por último, la necesidad de cita previa también vulnera principios tradicionales en el marco de las relaciones entre la administración y los administrados, ya que afecta al servicio efectivo que se
ofrece a los ciudadanos y a conceptos como la simplicidad, la claridad y la proximidad.

En relación a este asunto, el decano del Colegio de Abogados de Málaga, Francisco Javier Lara, ha afirmado que se trata de un ataque intolerable, discriminatorio e injustificado a la dignidad de la
abogacía, ya ha recordado que los letrados son uno de los operadores jurídicos que, por prescripción legal, es colaborador necesario y esencial en la administración de Justicia.

La Audiencia Provincial de Málaga adoptó el 12 de junio de 2020 un acuerdo en el que indicaba que la exigencia de cita previa para los profesionales “debe ser objeto de aplicación flexible, atendida la
necesidad de mantener las medidas sanitarias de seguridad establecidas, posibilitando que, en todo caso, los profesionales que hayan accedido al edificio judicial, con cita previa o con cualquier otra
justificación, puedan llevar a cabo las gestiones o actuaciones que sean de su interés en cualquiera de los órganos judiciales que radiquen en el mismo”.

No obstante, al no tener constancia de que las Juntas de Jueces y los juzgados hayan rectificado sus acuerdos, el Colegio de Abogados de Málaga se ve en la obligación de plantear el recurso de alzada
ante el Consejo General del Poder Judicial.

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