11 septiembre 2025
Condenan a una aseguradora a pagar más de 240.000 euros por negar cobertura a un cliente con daño cerebral
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Mapfre Vida a pagar a un cliente con daño cerebral una indemnización de 102.900 euros más los intereses moratorios, que ya superan los 144.000.
El tribunal considera que la aseguradora actuó de forma injustificada al negar la cobertura de un seguro de vida e invalidez tras un ictus sufrido en 2017, pese a que la póliza estaba en vigor y todas las primas al día. Mapfre defendía que la invalidez debía computarse solo desde su reconocimiento oficial, pero los jueces han tachado esa interpretación de “subjetiva y contraria a derecho”.
La resolución recalca que el contrato nunca exigía una declaración formal para activar la cobertura, por lo que bastaba la existencia de la invalidez para que naciera el derecho a la indemnización. Además, impone a la aseguradora los intereses previstos en el artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguro, con carácter sancionador, por el retraso de más de ocho años en el pago.
“Las aseguradoras deben cumplir con sus compromisos contractuales y no pueden escudarse en interpretaciones subjetivas para evitar el pago de indemnizaciones legítimas”, ha señalado el abogado del demandante y presidente de Neurolegal, Abelardo Moreno, quien destaca que el fallo es “un avance fundamental en la defensa de los derechos de las personas con daño cerebral y sus familias”.
La sentencia, que aún puede recurrirse ante el Supremo, marca un precedente en la protección de los asegurados en situaciones de especial vulnerabilidad. “El reconocimiento de intereses moratorios desde la fecha del siniestro refuerza la seguridad jurídica de los asegurados, al compensar el perjuicio económico por el retraso en el pago e incentivar a las aseguradoras a cumplir puntualmente sus obligaciones”




