03 diciembre 2020

20º aniversario de la Carta de Derechos Fundamentales: de un mercado único de la UE a una unión de Derecho

La Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea –aprobada el 7 de diciembre de 2000, y cuyo vigésimo aniversario se ha conmemorado hoy en un acto en el Consejo General de la Abogacía Española- representa un “conjunto de valores compartidos y derechos fundamentales”, según ha destacado la presidenta de la Abogacía, Victoria Ortega, en este acto conmemorativo. Ortega también ha destacado que la aprobación y entrada en vigor de esta Carta es uno de los hitos de la construcción europea, ya que se transformaba lo que esencialmente era un mercado común en una unidad de Derecho.

De todas formas, Victoria Ortega también ha recordado que, pese a esta Carta, “asistimos cada día a alguna vulneración de nuestros valores esenciales”, como el respeto de la dignidad humana, la libertad o los derechos humanos, y ha puesto el foco en lo que está ocurriendo en Canarias. Y, en este sentido, ha recordado que “la Abogacía tiene el deber de actuar, de reparar cada una de esas grietas”, porque la abogacía “está intrínsecamente ligada a la defensa de los derechos fundamentales” y es “la primera defensora de una sociedad más justa, libre y pacífica”. Y ha concluido su intervención señalando que el papel de la Abogacía no es juzgar esta Carta, sino defenderla.

Este acto se enmarca dentro de las actividades del proyecto “Abogacía por la protección de los Derechos Fundamentales” (Lawyers4rights), un proyecto del que la Abogacía Española es socia y que tiene como finalidad evaluar la implementación de la Carta Europea de Derechos Fundamentales de la Unión Europea en España, Italia y Bulgaria, así como concienciar a los profesionales del derecho del importante papel que desempeñan en el ámbito de los derechos humanos. Sobre la importancia de este proyecto, “esencial para garantizar la adecuada implementación de la Carta”, ha hablado Francisco Fonseca, director de la Representación de la Comisión Europea en España. En primer lugar ha transmitido el saludo y la felicitación de la Vicepresidenta de la Comisión Europea para Valores y Transparencia, Vera Jourova, por la celebración de este acto, ya que considera, al igual que él, lo necesaria que es la Abogacía y el resto de profesiones jurídicas para aplicar la Carta de Derechos Fundamentales de la UE. Además, ha subrayado, sobre todo, la parte formativa del proyecto, para hacer llegar a todos los abogados que ellos son la vanguardia para asegurar que los ciudadanos, en su relación con la justicia, encuentran no solo una aplicación mecánica de la ley, sino también una integración de estos valores fundamentales. Ha destacado que “necesitamos a los abogados” en la aplicación de estos derechos, añadiendo que los temas que se abordan en la Carta de Derechos Fundamentales son “una auténtica ventana de oportunidad para nuestro desarrollo profesional”.

DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS DE LA ABOGACÍA SOBRE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES

La Declaración de Principios de la Abogacía sobre la Carta cuenta entre sus objetivos trasladar algunos unos principios para la aplicación de la Carta de los derechos Fundamentales de la UE, subrayar la importante función de la abogacía en el ámbito de los derechos humanos, presentar unos compromisos comunes sobre la práctica profesional con referencia a los derechos humanos, fomentar que se comunique y se abogue en relación con los derechos humanos y aumentar la concienciación sobre la Carta y la participación de la abogacía en su aplicación.

DECLARACIÓN DE LA ABOGACÍA SOBRE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES

ACTO CONMEMORATIVO DEL 20º ANIVERSARIO DE LA CARTA DE DERECHOS FUNDAMENTALES

En el primer bloque, Enrique García-Chamón Cervera, Coordinador de la red de especialistas en Derecho de la Unión Europea del Consejo General del Poder Judicial, ha presentado los principales rasgos de la carta. Para ello, ha partido de la sentencia Van Gend en Loos, que consagra a los individuos como sujetos del Derecho de la UE, no solo en su dimensión de trabajadores o agentes económicos, sino también en su dimensión social, cultural y desde la perspectiva del respeto a sus derechos fundamentales. En este sentido, ha conectado el contenido de la Carta con la noción de ciudadanía europea contenida en el Tratado de Maastricht.

En su presentación también ha expuesto los límites a la aplicación de la Carta. En este sentido, ha insistido en la diferenciación entre los Derechos y Principios contenidos en la Carta, y ha mencionado el protocolo número 3 del Tratado de Lisboa, que limita la aplicación de la Carta en Reino Unido y Polonia. No obstante, ha subrayado que la Carta sí cuenta con efecto horizontal. Esto permite que, por ejemplo, un individuo, como un consumidor, pueda alegarla contra otro ente privado como una gran compañía.

También ha recordado que más allá de la Carta existen otros instrumentos de protección de los Derechos Fundamentales. Por ejemplo, el hecho de considerar los Derechos Fundamentales como principios generales de Derecho, las tradiciones constitucionales de los Estados y otras normas internacionales como son el Convenio de Roma y la Carta Social Europea. El ponente ha finalizado su presentación ejemplarizando la aplicación de la carta mediante varias sentencias que han tenido un gran impacto en España como es la jurisprudencia del TJUE en materia de Derecho Bancario y en la consagración del derecho al olvido en el caso Google.

La segunda parte ha corrido a cargo de María Amor Martín Estébanez, Subjefa de la Unidad de Cooperación Institucional y Redes de la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA). En su intervención ha puesto en valor el papel de la FRA en la defensa de los derechos fundamentales desde su creación en 2007. Ha recordado que la Carta cuenta con una gran legitimidad ya que no solo fue aprobada por la Comisión, sino también por el Parlamento Europeo y los parlamentos nacionales, además el Tratado de Lisboa le otorgó el mismo valor jurídico vinculante que los tratados. También ha añadido que la Comisión ha desempeñado una gran función de promoción de la Carta, creando el portal europeo de justicia y emitiendo informes anuales sobre el estado de los derechos fundamentales.

No obstante, la ponente ha compartido los resultados de una encuesta realizada sobre profesionales de la justicia que revela el largo camino por recorrer en términos de formación sobre el uso de la Carta. Por ello, la FRA sigue trabajando en este sentido con iniciativas como la creación de Charterpedia; una enciclopedia jurídica online sobre el uso de la Carta. La FRA también ha publicado manuales de legislación europea y el próximo 7 de diciembre será anfitriona de un evento de conmemoración de la Carta en el que se presentarán nuevos instrumentos.

La última ponencia ha estado a cargo de Juan Rodríguez Cárcamo, Miembro de la Delegación permanente ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (PDLux) del Consejo de la Abogacía Europea (CCBE), que ha ofrecido una aproximación práctica a los asuntos del TJUE y a la jurisprudencia sobre la tutela judicial efectiva, incidiendo en cómo el Derecho de la UE se integra en el Derecho nacional a través del principio de primacía. La dificultad para la abogada o abogado consiste en identificar los derechos subjetivos contenidos en la Carta e intentar garantizar su efectividad en los tribunales nacionales.

Para ello, Rodríguez Cárcamo aborda la cuestión prejudicial, como instrumento de cooperación judicial para garantizar la efectividad del Derecho europeo. En cuanto a quiénes pueden solicitarla, comenta la modificación paulatina que el TJUE hace de la independencia del órgano que puede elevar la cuestión prejudicial, restringiendo el ámbito en sentencias como la C-274/14, Banco Santander o la sentencia de 16 de septiembre de 2020, caso Anesco, en el no reconoce capacidad para presentar una cuestión prejudicial al TJUE a la CNMC.

CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UE

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea –proclamada por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea el 7 de diciembre de 2000 en Niza- reúne en un solo texto todos los derechos personales, cívicos, políticos, económicos y sociales de los que gozan las personas dentro de la UE.

Abarca todos los derechos que se encuentran en la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE, los derechos y libertades consagrados en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y otros derechos y principios derivados de las tradiciones constitucionales comunes de los países de la UE y otros instrumentos internacionales.

 

 

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