10 octubre 2016

El Colegio de Abogados de Jaén potenciará su Corte de Arbitraje y firmará un convenio con el Centro de Mediación de Rabat

El Colegio de Abogados de Jaén ha puesto en marcha varias acciones para potenciar la Corte de Arbitraje de la entidad, una herramienta para la resolución extrajudicial de conflictos creada en 2013.  De esta forma, el Pleno de esta institución ha decidido crear un portal web propio de la Corte que acerque el funcionamiento de esta entidad a la ciudadanía y el resto de operadores jurídicos. También se va a solicitar a la Junta de Gobierno del Colegio la habilitación de unas dependencias propias para la Corte de Arbitraje en la sede colegial, así como la próxima organización de una actividad formativa centrada en esta materia.

El objetivo final de todas estas acciones es difundir entre la sociedad las ventajas del arbitraje, ya que presenta un menor coste económico del proceso y aporta agilidad, prestigio y seguridad jurídica. Además, se ha ratificado el nombramiento de Francisco Javier Carazo como presidente de la Corte; José María Ortega como vicepresidente; Agustín Quílez como coordinador de Secciones y Juan Manuel de Faramiñán como secretario.

Por último, en cumplimiento del acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno del Colegio, la Corte de Arbitraje suscribirá próximamente un convenio con el Centro Internacional de Mediación y Arbitraje de Rabat. De esta forma, ambas entidades pondrán en común recursos e intercambiarán experiencias, podrán compartir árbitros, impartirán formación y promoverán acciones de arbitraje entre operadores económicos españoles y marroquíes con empresas radicadas en Marruecos y España, respectivamente.

La Corte de Arbitraje del Colegio de Abogados de Jaén es una alternativa para la resolución extrajudicial de conflictos que el Colegio pone al servicio del ciudadano y que tiene grandes ventajas. Por un lado evita al usuario la lentitud del sistema judicial y supone un desembolso económico menor: una persona que recurra a esta Corte de Arbitraje puede lograr un ahorro de un 80% respecto al coste de un proceso judicial ordinario.

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