19 julio 2016

Marco común de la UE en materia de reasentamiento

Refugiados encerradosLa Comisión Europea ha propuesto un marco de la UE en materia de reasentamiento para establecer una política europea común que garantice vías de llegada a Europa seguras y ordenadas para las personas que necesitan protección internacional. La propuesta forma parte de la reforma del Sistema Europeo Común de Asilo de la Comisión y de la política a largo plazo de una mejor gestión de la migración establecida en la Agenda Europea de Migración. También contribuirá a la aplicación del nuevo marco de Asociación para la cooperación con terceros países de origen y de tránsito clave, orientado a los resultados y presentado por la Comisión el 7 de junio.

La propuesta aportará un marco permanente con un procedimiento unificado en materia de reasentamiento en toda la UE. Si bien son los Estados miembros los que siguen decidiendo el número de reasentamientos cada año, a nivel colectivo la Unión Europea conseguirá una mayor incidencia si coordina los esfuerzos nacionales y actúa como un todo. El futuro marco en materia de reasentamiento se aplicará a través de planes anuales de reasentamiento de la UE adoptados por el Consejo que se harán operativos gracias a programas específicos de reasentamiento de la UE adoptados por la Comisión. Los planes anuales de reasentamiento de la UE establecerán las grandes prioridades geográficas desde las que se llevará a cabo el reasentamiento y el número total máximo de personas que debe reasentarse a lo largo del siguiente año sobre la base de la participación y las contribuciones de los Estados miembros y de los países asociados a Schengen en el plan de reasentamiento anual específico.

El marco de la UE en materia de reasentamiento establece los criterios que deben tenerse en cuenta a la hora de determinar las regiones o los terceros países desde los que se llevará a cabo el reasentamiento, como el número de personas necesitadas de protección internacional en terceros países, el conjunto de las relaciones entre la UE y los terceros países y su cooperación efectiva en materia de asilo y migración, incluido el desarrollo de su sistema de asilo y la cooperación en materia de migración irregular, readmisión y retorno.

El nuevo marco de la UE en materia de reasentamiento establecerá un conjunto común de procedimientos normalizados para la selección y tratamiento de los candidatos al reasentamiento. Asimismo, define los criterios comunes que deben cumplir los candidatos al reasentamiento en la UE en virtud de los programas de reasentamiento específicos, establece los posibles motivos de exclusión de los candidatos y el tipo de procedimiento de reasentamiento que debe utilizarse (procedimiento ordinario y procedimiento acelerado).

Para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros en materia de reasentamiento de los Estados miembros dentro de los programas de reasentamiento específicos de la UE, la Comisión aportará 10 000 EUR del presupuesto de la UE por cada persona reasentada. Dichos fondos se asignarán con cargo al Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI) de la UE. Los reasentamientos que se lleven a cabo al margen de este marco no contarán con el apoyo financiero del presupuesto de la Unión.

El Reino Unido e Irlanda podrán participar en la aplicación del Reglamento si así lo desean, de conformidad con los correspondientes protocolos adjuntos a los Tratados. Dinamarca no participa en la aprobación de este Reglamento ni está, por lo tanto, vinculada por el ni sujeta a su aplicación.

Fuente: http://europa.eu/rapid/press-release_IP-16-2434_es.htm

Comparte: