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reportaje_ BALANCE DE LEGISLATURA EN MATERIA DE JUSTICIA Veinticinco leyes en tres años y diez oportunidades para rectificar Texto_Julio Fernández López, editor de www.parlamenta.es La Ley de Tasas, en revisión; la de Asistencia Ju- rídica Gratuita, todavía en trámite; la de Servicios y Colegios Profesionales, ya abandonada; una ex- tensa reforma del Código Penal, cinco años des- pués de la anterior; cambios de criterio sobre el Consejo del Poder Judicial, consumado, y sobre el aborto, fracasado. Hasta veinticinco leyes durante los tres últimos años y más de una decena de pro- yectos pendientes configuran un periodo legisla- tivo frenético y, en su conjunto, nefasto para el ser- vicio público de la Justicia y el ejercicio profesional de la abogacía. La primera gran norma de la Legislatura en el terreno de la Justicia fue la Ley 5/2012, de 6 de ju- lio, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, que impulsa la resolución extrajudicial de litigios y que en su disposición final cuarta reduce las exi- gencias de acceso a la profesión de abogado de la Ley 34/2006, eliminando la obligación de realizar el máster de acceso a todos los licenciados que se colegiaran en los dos años posteriores al momen- to en que estuvieron en condiciones de solicitar la expedición del título de licenciado. El periodo de gracia del nuevo Gobierno fue efí- mero y el mismo mes de abril de 2012 el presiden- te del Consejo General de la Abogacía Española, Carlos Carnicer, dirigía una carta al ministro Ruiz Gallardón manifestando su oposición a la imposi- ción de tasas para el acceso a la Justicia de forma precipitada. A finales de año se promulgaba de forma inflexible la Ley 10/2012, de 20 de noviem- bre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, que se encuentra pendiente del veredicto del Tribunal so- bre cinco recursos y varias cuestiones de inconsti- tucionalidad. En medio de una crisis económica sin preceden- tes y con España al borde de la intervención por parte de la Unión Europea, el Gobierno afrontaba 18_Abogados_Febrero 2015 el desbordamiento de la administración judicial elevando los requisitos económicos para acceder al servicio público de la Justicia mediante tasas generalizadas que han causado el rechazo social y de los colectivos profesionales implicados. La primera rectificación Solo cuatro meses después, el Real Decreto Ley 3/2013 realizaba una importante rectificación cediendo, aunque de forma totalmente insufi- ciente, a las reiteradas peticiones de los sectores jurídicos, judiciales, políticos y de la propia De- fensora del Pueblo. Se ampliaban determinadas exenciones de la tasa judicial con efecto retroac- tivo y se adelantaban algunos aspectos de la ley de Justicia Gratuita para casos especiales como las víctimas de violencia de género y terrorismo, discapacitados o desahuciados de sus domicilios. Ya se había puesto en marcha la reforma del Consejo General del Poder Judicial, con una fór- mula de elección radicalmente diferente de la que figuraba en el programa electoral del Parti- do Popular. Y en los siguientes meses el Consejo de Ministros recibió los anteproyectos de Ley de Servicios y Colegios Profesionales, de Asistencia Jurídica Gratuita, de reforma del Poder Judicial, de interrupción del embarazo, de reforma del Código Penal, de Código Mercantil y de llevanza de los re- gistros civiles.