Imagen de perfilJUSTICIA EN SUS LÍMITES

juan perez morala 

Los límites entre las fincas de dos parroquianos de Magaz de los Oteros, Graciano y Florencio, discurrían por una franja de tierra quebrada y abrupta. Quizás este hecho había dado lugar, desde siempre, a conflictos de linderos.

Los lugareños, aunque no tuvieran vela en el asunto, no comprendían cómo, por un terreno yermo, habían llegado a las manos, después de una de sus célebres y festivas partidas de cartas.

Graciano consideraba invadida su finca y se propuso el rescate. Removió mojones y colocó carteles intimidatorios a lo largo de su particular línea divisoria: “propiedad particular, no traspasar”.

Florencio, en civilizada respuesta, acudió a la abogada. No hubo acuerdo y sí juicio. La resolución judicial vino a decretar la aplicación de la regla “rebus sic estantibus”; volver a la situación anterior.

Lo llamativo fue el inciso final de la aplaudida Sentencia: “y retomen la cordura de su partida de tute dominical”.

 

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