17 octubre 2019

Instituciones Penitenciarias y Abogacía fijan un marco estable para la orientación jurídica a internos

  • El Convenio establece el marco jurídico estable y ordenado para que los 83 Colegios de la Abogacía puedan prestar el servicio de orientación jurídica en los centros de su ámbito territorial

Victoria Ortega Benito, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, y Ángel Luis Ortiz González, secretario general de Instituciones Penitenciarias, han firmado el miércoles 16 de octubre el Convenio para la Organización y Prestación del Servicio de Orientación y Asistencia Jurídica a Internos de Centros Penitenciarios y Centros de Inserción Social.

El Convenio -firmado en la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias- establece el marco jurídico estable y ordenado al cual pueden adherirse los Colegios de Abogados que hayan de prestar este servicio de orientación jurídica penitenciaria en los centros que queden dentro de su ámbito territorial de competencia de ordenación profesional.

La Secretaria General de Instituciones Penitenciarias, por medio de la dirección del Centro Penitenciario, se compromete a travé de este Convenio a:

  • Facilitar a los abogados la información y el acceso a los expedientes penitenciarios de las personas internas demandantes de orientación jurídica penitenciaria previa su autorización expresa y escrita, así como la realización de las copias necesarias de los documentos que no contengan información confidencial
  • Facilitar la realización de las actuaciones de orientación jurídica penitenciaria en el departamento destinado para tal fin, en condiciones que garanticen la confidencialidad entre el letrado o letrada y la persona interna
  • Dotar al profesional de la abogacía que vaya a prestar el servicio de las acreditaciones necesarias
  • Garantizar el conocimiento entre las personas internas de la existencia de estos servicios de orientación jurídica penitenciaria
  • Remitir a los respectivos Colegios de la Abogacía, en el mes natural siguiente al de la finalización de cada trimestre, una relación de los letrados y letradas que han realizado las actuaciones y los internos e internas atendidos
  • Permitir que las personas internas puedan llevar consigo la documentación necesaria para facilitar la consulta y que el profesional pueda acceder a la misma
  • Permitir el acceso de abogados y abogadas a los centros penitenciarios con dispositivos informáticos siempre que carezcan de acceso a internet y no permitan la grabación de imágenes o sonido
  • Realizar evaluaciones con los usuarios sobre el grado de satisfacción de los servicios prestados y comunicar estos resultados al Consejo General de la Abogacía Española

Por su parte los servicios de orientación jurídica penitenciaria proporcionarán un primer consejo orientador al interno, con carácter gratuito, sobre cuestiones jurídicas y la información necesaria para recurrir a otros sistemas alternativos de resolución de conflictos con la finalidad de evitar el litigio procesal o analizar la viabilidad de la pretensión. Para ello los abogados y abogadas que prestan el servicio de orientación jurídica penitenciaria ofrecerán:

  • Orientación jurídica sobre el contenido del ordenamiento jurídico penitenciario español, y en particular, clasificación, procedimiento sancionador, trabajo en los centros, permisos, traslados, libertad condicional y reclamaciones administrativas
  • Orientación jurídica previa a procesos judiciales, en todos los órdenes jurisdiccionales, a quienes pretendan reclamar tutela judicial de sus derechos e intereses
  • Información a las personas internas sobre los requisitos que exige la ley para gozar y obtener el derecho de justicia gratuita
  • Tramitación a la persona interna de nacionalidad extranjera de las instancias ante la Subdirección General de Cooperación Jurídica Internacional del Ministerio de Justicia y demás organismos, así como la información necesaria para solicitar y tramitar el traslado a otro país, para el cumplimiento en el mismo de la condena impuesta en España

Los Colegios de la Abogacía que se adhieran a este Convenio velarán por la efectiva realización de las actuaciones de orientación jurídica penitenciaria y para ello:

  • Organizarán la prestación de este servicio en los Centros Penitenciarios y Centros de Inserción Social
  • Organizarán los turnos de letrados designados
  • Designarán los profesionales que prestarán los servicios, que habrán de estar colegiados y con despacho profesional en el ámbito territorial del Colegio
  • Notificarán a los Centros Penitenciarios y Centro de Inserción Social la relación de abogados acreditados

Las actuaciones de orientación jurídica penitenciaria se llevarán a cabo por los letrados,  especializados en materia penitenciaria, que se designen por cada Colegio de Abogados.

La vigencia del Convenio firmado será de cuatro años, prorrogables; además se crea una Comisión Mixta de Seguimiento del Convenio con representantes de la Secretaria de Instituciones Penitenciarias, del Consejo General de la Abogacía Española y del Colegio de Abogados adherido, en este último caso cuando los asuntos debatidos afecten únicamente a uno de los Colegios de la Abogacía adherido.

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