18 julio 2019

Ni exclusiones ni caridad: una Justicia Gratuita de alta calidad

Por Victoria Ortega Benito, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española

Si la justicia existe, tiene que ser para todos, nadie puede quedar excluido; de lo contrario ya no sería justicia”, dice el escritor Paul Auster. “Los dones que  provienen de la justicia son superiores a los que se originan en la caridad”,  señaló hace muchas décadas Kalil Ghibran. Las dos afirmaciones son irrebatibles. Ni exclusiones ni caridad porque no hay mayor desigualdad que la desigualdad ante la Justicia. La Justicia gratuita es, como ha defendido siempre la Abogacía, una inversión en paz social, seguramente la más importante. Porque si no hay justicia para los más vulnerables, no habrá paz social ni un Estado de Derecho que merezca ese nombre.

En el Plan Estratégico de la Abogacía 2017-2020, hay distintas medidas y acciones relacionadas con el Servicio de Justicia Gratuita. En una de ellas (M113) se señala que “los beneficiarios de la Asistencia Jurídica Gratuita requieren un servicio de defensa letrada de alta calidad. El Consejo General de la Abogacía, en colaboración con los Colegios de Abogados, analizará de forma regular el desempeño del servicio de Asistencia Jurídica Gratuita, haciendo públicos los resultados, e implantará mecanismos de mejora continua que aseguren que el sistema es sostenible, eficiente y de calidad, avanzando al tiempo en la armonización de criterios por parte de los Colegios. Asimismo, se impulsarán medidas complementarias para el Observatorio de Asistencia Jurídica Gratuita, haciendo especial énfasis en la recogida de datos cuantitativos y cualitativos así como en el desarrollo de herramientas de comunicación propias, tales como boletines especializados, entre otros”.

PLAN ESTRATÉGICO DE LA ABOGACÍA

En la M113 se señala que “la configuración de la Asistencia Jurídica Gratuita debe alinearse con una sociedad caracterizada por la complejidad así como la creciente especialización en la prestación de servicios. Las nuevas demandas y problemas sociales hacen necesario ampliar las áreas de especialización para los abogados que participan en el sistema de Asistencia Jurídica Gratuita. El Consejo General, los Consejos autonómicos y los Colegios impulsarán la formación especializada para los profesionales que prestan servicio en los distintos ámbitos del Turno de Oficio, para que este servicio atienda de manera dinámica y efectiva nuevas situaciones de vulnerabilidad. La Abogacía Española mejorará y ampliará el sistema de especialidades en el Turno de Oficio, mediante el desarrollo de módulos de formación avanzada de carácter obligatorio, que aseguren por su alta calidad técnica la mejor defensa posible a los ciudadanos”.

De eso va este nuevo Informe del Observatorio de Justicia Gratuita, el décimo tercero ya,  que revela algunas otras cosas que merece la pena leer y propone, a través del Comité de Expertos del Observatorio –formado en su mayor parte por personas independientes, ajenas a la Abogacía-  medidas que también deberían ser escuchadas donde se hace la política: en el Parlamento y en la sede del Gobierno. Ningún partido debe ser ajeno a esta realidad. El servicio de Justicia Gratuita es un servicio con protección constitucional que prestan los abogados a través de los 83 Colegios de Abogados. Un servicio que se tramita electrónicamente en su inicio, gracias al Consejo General de la Abogacía y a los propios Colegios de Abogados que en 2018 remitieron electrónicamente 680.000 expedientes de Justicia Gratuita de los 837.000 tramitados.

Frente a los problemas y disfunciones, lo que ofrecemos es una Justicia Gratuita de calidad, prestada por 46.150 abogados, 24 horas al día, 365 días al año, festivos o laborables, en todos los órdenes jurisdiccionales y en cualquier lugar de España, garantizando la defensa a todas las personas que carecen de recursos económicos suficientes y con unos datos de satisfacción como posiblemente no tiene ningún otro servicio público. Con muy pocas quejas. Un servicio que funciona con una ley que data de 1996 y que ha servido muy bien, pero que ya está exhausta y que necesita una reforma, pero sin que los políticos sean capaces de ponerse de acuerdo y devolver la dignidad a los letrados que dignifican este servicio cada día y facilitar la mejor atención a la ciudadanía que la demanda. Un servicio que le cuesta poco más de 5 euros al año a cada ciudadano español y que es una pieza fundamental del Estado de Derecho.

Nos preocupa y queremos avanzar, entre otras cosas, en la formación de los abogados para el acceso a la prestación de este servicio; acomodar los requisitos económicos de acceso a la prestación con el actual importe del salario mínimo interprofesional; ampliar este servicio a las peticiones del procedimiento de segunda oportunidad; homogeneizar los criterios de las diferentes Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita; el asesoramiento letrado previo a la denuncia y a su intervención en la comparecencia de la orden de protección para las víctimas de violencia de género; o la asistencia preceptiva en los casos de asilo y protección internacional más allá de la asistencia en fronteras.

Los abogados de oficio son los auténticos protagonistas del servicio y deben desarrollar su función en condiciones dignas, con garantías de percibir siempre el cobro por cada actuación y asegurando una retribución digna, tal y como prevé la propia exposición de motivos de la actual Ley 1/1996 de Asistencia Jurídica Gratuita, una ley que merece una jubilación digna, siempre, eso sí, que sea sustituida por otra que la mejore de verdad, que no obstaculice el buen funcionamiento del servicio y que sea acordada con la Abogacía.

Hemos tardado casi 10 años en volver a niveles de inversión en Justicia Gratuita como los que teníamos antes de la crisis y no ha sido porque se haya invertido más dinero en su mejora o en indemnizar mejor a los abogados que la hacen posible,  sino, simple y llanamente, porque se han recuperado los baremos que se pagaban entonces y que, en algunas comunidades autónomas fueron duramente recortados al comienzo de la crisis. Pero eso no quiere decir que se haya recuperado la normalidad porque ese ajuste no contempla ni la compensación suficiente para el trabajo real de los abogados ni tampoco la subida del IPC en estos diez años, con algunas excepciones.

PACTO DE ESTADO POR LA JUSTICIA

Hemos peleado durante más de 15 años para conseguir la subida de los baremos que cobran los abogados en el llamado Territorio Común, las comunidades autónomas que no tienen transferidas las competencias en Justicia, y, por lo tanto, dependen económicamente del Ministerio de Justicia. Más de 15 años con las mismas y raquíticas  indemnizaciones,  2 euros la hora trabajada, cobrando casi siempre con muchos meses de retraso… Han pasado seis ministros por el Ministerio de Justicia, del PSOE y del PP, y solo al final se ha conseguido incluir en los Presupuestos una subida insuficiente que no nos satisface, pero que incluso se demoró, una vez aprobados los Presupuestos Generales del Estado, por culpa de la burocracia. Y también se ha conseguido el pago mensual de esas indemnizaciones, aun cuando la crisis de Gobierno que hemos sufrido  ha provocado problemas y retrasos que es de esperar que se hayan solucionado definitivamente.

Seguiremos trabajando por un gran Pacto de Estado por la Justicia, uno de cuyos puntos fundamentales debe ser la Justicia Gratuita considerada como un derecho de  la ciudadanía y no un bien de mercado, perfectamente integrada en un sistema de  Justicia eficiente, transparente y cercano a la ciudadanía.

Con respecto al contenido material del derecho para que los beneficiarios, se sugiere que el cambio normativo contemple los siguientes ámbitos:

  • La intervención preceptiva letrada en los casos de asilo y protección internacional, más  allá de la asistencia en fronteras. La entrevista del profesional con el defendido habrá de desarrollarse garantizando la confidencialidad y se hará de forma individual.
  • El asesoramiento y orientación jurídica, en general, a las personas internas en prisión y, más especialmente, en todas sus actuaciones ante los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria e incluso en vía previa administrativa.
  • El derecho de las víctimas de Violencia de Género al asesoramiento letrado previo a la denuncia y a su intervención en la comparecencia de la orden de protección, que en ambos casos será preceptiva.
  • El derecho de los perjudicados y víctimas de cualquier delito a la designación de abogado para ejercitar la acusación particular, en línea con la Sentencia del Tribunal Constitucional de 21 de enero de 2008.

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