08 julio 2019

Sobre los programas de intervención a las personas internas en prisión por delitos de violencia de género o por delitos de agresión sexual

Un problema que se ha planteado en el Centro penitenciario de A Lama en Pontevedra ha sido en relación con la realización de los programas de intervención a las personas internas condenadas por delitos de agresión sexual.

Para obtener permisos y, por supuesto el tercer grado, a un interno condenado por delitos de abusos sexuales o de violencia de género le  exigen estar realizando los cursos específicos para cada caso. Son dos programas de intervención distintos, puesto que la tipología también lo es. Son intervenciones grupales muy serias por parte de los terapeutas, cuya duración es de 18 meses. Estar realizándolos  es un factor determinante para las juntas de tratamiento a la hora de valorar un permiso. Concederlo en estas tipologías supone un gran riesgo que se minimiza con la intervención y evolución del interno.

Para ser seleccionado para dichos programas debe de haber una voluntad y asunción delictiva que valoran los psicólogos, además de otros requisitos.

Los programas son programas marco de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Habitualmente los Centros Penitenciarios se turnan, hacen uno de Violencia de Género y al finalizar éste comienza el de agresores sexuales.

La realidad es que, para obtener permisos, a los condenados por este tipo de delitos de agresión sexual no les basta con que estar apuntados a los mismos y cumplir todos los requisitos exigidos: reconocimiento o asunción del delito, haber cumplido la  cuarta parte e incluso la mitad de la condena,  estar abonando la responsabilidad civil, tener buen comportamiento y participar en cursos y talleres en el centro penitenciario. No sustituye al programa de intervención el que el interno esté con tratamiento específico con la psicóloga de prisión.

Pues bien, debido a los recortes, falta de psicólogos y a la falta de formación de especialistas para realizar los cursos, en la Prisión de A Lama de Pontevedra estuvieron sin realizar el curso para los internos condenados por abusos o agresión sexual dos o tres años. Ha comenzado el curso en enero de 2019, con el perjuicio que le ha causado a determinados internos. A algunos les dieron la opción de trasladarlos de prisión para realizarlo en otra, pero hay internos que, por sus circunstancias familiares (padres mayores que podían ir a visitarlos a A Lama pero no más lejos no, etc.) no querían trasladarse. Me parece que si un interno ha asumido el delito, y está decidido a realizar el curso y no puede por falta de personal o personal cualificado para ello, no debe ser privado de poder acceder a permisos o al tercer grado, pues no es causa imputable a él, y debe ser suficiente con que se den todos los otros requisitos y estar a tratamiento con la psicóloga del centro a nivel particular, realizando ejercicios que ésta le pone.

Y desde luego, lo que hay que tratar es de que haya personal especializado suficiente para poder realizar los programas de intervención anualmente, pues son imprescindibles para poder lograr la reinserción de los penados condenados por esta tipología de delitos, y dotar para ello de los medios suficientes.

María Adrio Taracido

Presidenta SOAJP “Julio Barcia” del Colegio de Abogados de Pontevedra

Vocal en la Subcomisión de Derecho Penitenciario y SOAJP del Consejo General de la Abogacía 

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