08 agosto 2019

La crueldad hacia los animales enseña la crueldad hacia los humanos

Albert Queral Bort. Abogado y miembro de la Comisión de Protección de los Derechos de los Animales del Col·legi d’Advocats i Advocades de Tortosa 

Ovidio ya manifestó hace dos mil años de que ”la crueldad hacia los animales enseña la crueldad hacia los humanos”, lamentablemente el tiempo parece que haya pasado en vano y se haga caso omiso de sus advertencias.

En la memoria de la Fiscalía General del Estado de 2018 (ejercicio 2017) ya se apuntaban datos alarmantes del aumento de casos de maltrato animal en sus diversas modalidades, índice de referencia que por otra parte nos sirve a los juristas para valorar la evolución y eficacia de la reforma del Código Penal vía LO 1/2015.

Los datos que apuntan los investigadores de la Unidad de Medio Ambiente de la Fiscalía General del Estado por malos tratos a animales domésticos fueron las que más se incrementaron en 2017 en relación con el año anterior. Según datos (EFE 10/09/2018) se registraron 175 diligencias de investigación por delito de malos tratos a animales, frente a las 119 abiertas en 2016. En este último caso, cabe destacar que en 2016 las investigaciones abiertas se duplicaron respecto al año anterior, desde las 242 hasta las 486. Por otro lado, en 2017 se dictaron 46 sentencias absolutorias, por malos tratos a animales domésticos. La memoria pone el acento en la notable disminución del uso de veneno en el campo, gracias al control y vigilancia de esta práctica ilegal por las fuerzas policiales con competencias en materia medioambiental en cada comunidad autónoma.

La dura realidad a la que nos enfrentamos es que cada vez las noticias nos informan de animales quemados, cegados, ahorcados, enterrados vivos, mutilados o incluso explotados sexualmente. Estas torturas esconden algo más profundo: el deseo, a veces la necesidad, de sujetos psicológica y socialmente débiles de mostrarse grandes, fuertes y valientes.

Preocupantes son también estos datos: cerca del 30% de los actos de violencia contra los animales es realizado por menores, muchas veces en grupo. El 94% son hombres y el 4% menores de 12 años, ya que la normalización del maltrato animal empieza en casa. Alrededor del 20% de los casos se lleva a cabo en un entorno familiar. La familia es el lugar principal donde el ser humano crece y aprende los comportamientos, las emociones, los sentimientos y los rasgos que caracterizarán su personalidad. Si dentro del hogar abusar de otros es visto como algo normal, con toda probabilidad esta actitud será emulada por el niño.

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Eso nos hace plantear si el trabajo del legislador es el apropiado y el suficiente, si la sociedad en la que vivimos está capacitada para entender estos datos y esta cruda realidad…no parece que haya una respuesta afirmativa, más aún cuando el Congreso de los Diputados esperó hasta el día 12 de Diciembre de 2017, para aprobar la modificación del Código Civil español la cual reconocía jurídicamente que los animales son “seres vivos dotados de sensibilidad”. No parece que la evolución legislativa nos acompañe a la misma velocidad que la necesidad de concienciación de la sociedad.

Tampoco parecía que se diera más relevancia o importancia al tipo penal, que en el CP de 1995, recogía un precepto, el Art 632 como una mera falta, castigado con pena de multa, introduciéndose por primera vez como delito, el maltrato animal en el Código Penal español, vía LO 15/2003 de 25 de Noviembre, hasta llegar al actual Art 337 del Código Penal.

Y como apuntaba nuestra compañera Rosario Monter en su artículo en el Blog de derechos de los animales de fecha 29 de julio de 2016 titulado: “El delito de maltrato animal tras la reforma del Código Penal por LO 1/2015: Art 337 del Código Penal” esta reforma fructificó a raíz de las presiones realizadas por determinadas asociaciones protectoras de animales que en febrero de 2002 y a través de la “Fundación Altarriba” de amigos de los animales, presentaron cerca de 600.000 firmas solicitando a las Cortes la tipificación del maltrato de animales como delito, como consecuencia de los terribles actos de violencia en la perrera de Tarragona en 2001 en donde 15 perros resultaron gravemente mutilados.

Recordamos este caso por su crueldad, pero lamentablemente siguen apareciendo noticias en los medios que nos repugnan y evidencian la necesidad de endurecer las penas asociadas a estos actos tan viles e inhumanos.

Destacar la noticia que aparece estos días del caso de Santiago de Compostela a raíz de la denuncia del propietario de una boxer a su vecino por abusar sexualmente de la misma y provocarle infecciones vaginales. A raíz de esta denuncia, los colectivos animalistas Libera y Fundación Franz Weber han señalado que se trata de «contextos puntuales», pero que «no están debidamente sancionados». Al respecto, puntualizan que el Código Penal «recoge penas de hasta un año de cárcel por la explotación sexual de animales» y reclaman «contundencia» para «evitar nuevos casos vomitivos» como el investigado en Santiago. Noticia ABC Galícia 13/06/19

Recordemos una vez más, que hasta 2015 la zoofilia no estaba contemplada como delito en España.

Numerosos estudios han demostrado que las personas capaces de cometer actos de crueldad hacia los animales, son capaces también de dirigir la violencia contra los seres humanos, en particular hacia los más vulnerables, incapaces de defenderse y más sumisos. Los científicos Gleyzer, Felthous y Holzer hallaron, en 2002 durante sus investigaciones, una relación entre el trastorno anti-social de la personalidad y el hecho de tener antecedentes de crueldad hacia los animales. Artículo La Vanguardia ALBERTO BARBIERI 29/04/2016

Si contrastamos estos estudios con los sujetos con antecedentes de maltrato animal, se ha demostrado que estos son cinco veces más propensos a cometer violencia intrafamiliar. Por otra parte, según algunos estudios recientes, el 36% de los asesinos en serie vivió episodios de crueldad hacia los animales durante la infancia. Un porcentaje que llega al 46% durante la adolescencia.

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En 2013 se iniciaron 515 procedimientos judiciales por delitos de malos tratos a animales domésticos, dictándose tan sólo un total de 60 sentencias condenatorias, y ninguna de prisión, partiendo como ya hemos apuntado, que en la legislación española no se reconocen derechos a los animales, sólo se les protege. Sin embargo, ¿qué consecuencias legales “reales” tiene el maltrato hacia un animal para las personas que lo cometen? Sancionar por vía administrativa dependerá de la Comunidad Autónoma, ya que las leyes son muy distintas, y dependiendo de donde ocurran los hechos, lamentablemente el animal estará más o menos protegido.Como apuntábamos en líneas anteriores, en España el artículo 337 del Código Penal castiga con hasta 18 meses de prisión, el maltrato de un animal que le cause la muerte o lesiones graves, la explotación sexual y el abandono. Como se traduce a la práctica, que la entrada en prisión por maltratar a un animal es de difícil encaje, siendo la pena inferior a los dos años, y las multas, que rondan los 300 euros, son ridículas y si sumamos al hecho que dificulta a todos los actores implicados de llegar a dar con el autor de la violencia.

¿Qué soluciones se pueden plantear viendo este panorama? Es de vital importancia fomentar la educación, en ámbito familiar y escolar, al respeto del ser vivo y que la crueldad hacia los animales, desde el punto de vista psicológico y jurídico, se compare con la crueldad hacia las personas y no con la violencia contra la propiedad o las normas. El camino por hacer es largo, pero gracias al trabajo constante y dedicado de todos los implicados, se están dando grandes avances, pero el trabajo más importante sigue siendo la concienciación y educación, y ahí las normas coercitivas poca finalidad pueden desempeñar.

Transmitir el amor que sentimos hacía nuestros amigos los animales, es la mejor baza que podemos utilizar.

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