16 febrero 2018

La Fundación y UNICEF analizan las nuevas Observaciones del Comité de los Derechos del Niño

Ramón Jáudenes, secretario general del Consejo General de la Abogacía Española, y Mª Ángeles Espinosa, miembro del Patronato de UNICEF Comité Español han inaugurado hoy la jornada sobre “El uso de las nuevas Observaciones del Comité de los Derechos del Niño en la argumentación jurídica relacionada con niños y niñas extranjeros en España”, celebrada en la sede del Consejo General de la Abogacía en Madrid.

Ramón Jáudenes ha subrayado la preocupación permanente de la Abogacía por la situación de la infancia en nuestro país, recordando la frecuente colaboración del Consejo con las instituciones y organizaciones dedicadas de manera específica a la protección de los menores es frecuente.

El secretario general de la Abogacía ha destacado la importancia de las Observaciones Generales que se analizan en esta jornada, porque afectan de manera importante a las alegaciones que a nivel jurídico pueden hacerse en los procedimientos judiciales sobre menores extranjeros no acompañados.

En este ámbito, ha recordado que la Fundación Abogacía Española ofrece, dentro del Aula de Derechos Humanos, a los Colegios de Abogados una formación específica para sus colegiados y colegiadas sobre la protección de los menores, donde siempre se exponen las referencias fundamentales respecto a migrantes no acompañados.

Por su parte Mª Ángeles Espinosa ha asegurado que el texto de las Observaciones contribuirá a avanzar en la protección de los niños migrantes, refugiados y menores no acompañados en España. Tras señalar que en el mundo hay 50 millones de niños fuera de sus hogares, 28 millones por las guerras, ha destacado que estas Observaciones son una oportunidad histórica para blindar la protección de los derechos de la infancia en tránsito.

JORNADA SOBRE LAS NUEVAS OBSERVACIONES DEL COMITÉ DE LOS DERECHOS DEL NIÑO

Alejandro Morlachetti, autor principal de las Observaciones, indicó que éstas tienen el valor fundamental de completar y aclarar el alcance de los derechos de la Convención sobre los Derechos del Niño, respecto a los principios que deben regir el trato a los menores extranjeros no acompañados. Algunos de estos principios funcionan del mismo modo para estos menores especialmente vulnerables que para otros niños y niñas, como es el interés superior del menor, el derecho a ser escuchado y tenido en los procedimientos que les afectan, al igual que participación en la elaboración de las normas y las políticas dirigidas a la infancia.

También se refirió a otros temas que afectan de manera más específica a los niños y niñas migrantes, como el principio de no devolución, un principio que debe ser aplicado de forma taxativa y general, o las obligaciones de los Estados para garantizar a estos niños y niñas una vida familiar, que incluye, obviamente, las obligaciones relativas a la reunificación familiar.

En la jornada también participaron otros expertos, que profundizaron sobre la situación en España. Así, Sara Collantes, de UNICEF Comité Español explicó las principales barreras que afectan a los niños y niñas extranjeros en España. Según indicó, el Comité de Derechos del Niño de la ONU, que recientemente ha examinado a España, se ha mostrado especialmente preocupado por la identificación de los menores en las fronteras, ya que no se está haciendo de manera adecuada. Igualmente, el Comité, en su informe sobre España, se refirió a la necesidad de adaptación a la infancia de los procedimientos de asilo en España. Entre las preocupaciones expresadas se incluye la necesidad de reforzar la asistencia jurídica en estos procedimientos, al igual que cuando posteriormente son internados en CETIs o cuando está sobre la mesa el posible ingreso de los menores al sistema de protección. También, según trasladó Sara Collantes, el Comité se ha mostrado preocupado por las carencias del sistema español para favorecer la integración de estos niños y niñas que llegan a nuestro país.

Por otra parte, Almudena Escorial, amplió esta información refiriéndose a la opinión que ha expresado el Comité sobre los procedimientos de determinación de la edad de los menores en España. El Comité ha transmitido su preocupación por el hecho de que en España los Fiscales lleven a cabo procedimientos de determinación de la edad de estos niños y jóvenes. Además es la Fiscalía de Extranjería la se encarga de estos procedimientos, en lugar de la Fiscalía de Menores. Según denunció Escorial, estos procedimientos se hacen de manera sistemática, con garantías insuficientes y a todos los niños, vulnerando el principio de presunción de minoría de edad del Derecho Internacional y el principio de excepcionalidad, que lógicamente debe aplicarse en estos casos. Según se recordó, el Decreto de Fiscalía que establece la mayoría o minoría de edad de estos jóvenes en España no se puede recurrir, ni tampoco existen otras fórmulas de recurso efectivo contra el procedimiento. Esta explicación fue rebatida en el posterior turno de preguntas por un Fiscal de Extranjería que asistía a la jornada.

En un posterior turno, Alejandro Morlachetti, aclaró que, de acuerdo al Derecho Internacional, en relación con la determinación de la edad, hay dos cuestiones generales que no pueden ser ignoradas: una, que las pruebas para la determinación de la edad se han de hacer de manera excepcional; y, otra, que no se puede dejar de reconocer la documentación oficial que portan los menores. Representantes de la Fiscalía explicaron que, habitualmente, la documentación que se aporta es documentación evidentemente falsificada, que por tanto es rechazada.

Representantes del Ministerio de Asuntos Exteriores , que también participaron en la jornada, expusieron diversas lagunas o carencias del funcionamiento del mecanismo de informe de los Gobiernos a los Comités de los Tratados y Convenios, indicando también que, en este caso, parte de las alegaciones que presentaron en el examen a España ante el Comité de Derechos del Niño sobre el funcionamiento no pudieron ser aportadas como hubieran deseado debido a las limitaciones de tiempo de las exposiciones en la parte de examen; y también que otras alegaciones que sí se realizaron no se han recogido por el Comité de Derechos del Niño en su informe.

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