05 marzo 2018

Los abogados y la revolución tecnológica: oportunidades

Miguel Ángel Recio Crespo
Administrador Civil del Estado

Cuando los parisinos tomaron la Bastilla, no sabían que estaban protagonizando una revolución política. Cuando a finales del siglo XIX se desarrollaron las máquinas, los nuevos ciudadanos no sabían que estaban inmersos en la Revolución Industrial. En estos momentos nos encontramos en plena revolución tecnológica y está cambiando la forma de hacer todo, especialmente en el mundo empresarial y financiero.

En este contexto innovador se encuentran tanto las grandes empresas como las nuevas startups. Todas ellas, desde la multinacional hasta el profesional autónomo, deben adaptarse para no quedarse anticuados y desaparecer.

En toda empresa, grande o pequeña, habrá siempre tres profesiones permanentes: la tecnológica (el informático), la económica (el contable) y la jurídica (el abogado). La seguridad jurídica sigue siendo un elemento relevante en las transacciones y en las relaciones. La revolución tecnológica lo sabe y en el universo electrónico, digital o de blockchain, se sigue necesitando validar los acuerdos y un asesoramiento jurídico adecuado para elaborarlos. La novedad se llama smartcontracts y su base no es un registro oficial sino la comunidad digital.

Todo este contexto es una oportunidad para los abogados en varios frentes: el primero, el asesoramiento; el segundo, la aplicación de la nueva regulación; el tercero, la protección jurídica que se le pide diseñar para la prevención de amenazas y, dentro de ellas, para la prevención del blanqueo de capitales.

El asesoramiento implicará que los abogados necesiten mucha formación, dinámica y permanente, en las nuevas formas de hacer las cosas. Los operadores innovadores necesitan amparo jurídico.
Las nuevas actividades exigen nuevas regulaciones y éstas se están elaborando y aprobando ya. En el mundo financiero nunca hubo tanta regulación y esta proviene no sólo de autoridades nacionales sino de instancias internacionales. Esta regulación ha generado el área denominada “cumplimiento normativo” (compliance) que es terreno para los juristas. Los nuevos actores innovadores lo saben y ya existe el concepto RegTech: soluciones tecnológicas para cumplimientos de identificación de clientes, diligencia debida o análisis de riesgos.

Las innovaciones también son aprovechadas por los malhechores, de modo que son necesarios límites a su actividad. Los límites incluyen la prevención frente a ataques con uso de datos (ciberseguridad) o frente al aprovechamiento rentable de actuaciones ilícitas. La normativa de prevención del blanqueo de capitales considera estos riesgos y está reaccionando añadiendo nuevos sujetos obligados llamados a colaborar con su información a la inteligencia financiera y blindando el sistema financiero. Por ello, la reforma de la Ley 10/2010, de prevención del blanqueo de capitales, incluirá a las plataformas de financiación participativa (las FinTech) como sujetos obligados y la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2016, por la que se modifica la Directiva (UE) 2015/849, de 20 de mayo de 2015, relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo (V Directiva), a punto de ser aprobada, incluirá a los proveedores de servicios de cambio de criptomonedas a monedas de curso legal y a los que presten servicios de monedero de custodia.

Desgraciadamente, seguirán cometiéndose delitos y se utilizarán los nuevos mecanismos y redes para camuflar el botín. Saber detectarlos es especialmente importante para un profesional jurídico, porque el mero asesoramiento puede hacerle verse inmerso en ellos. La adopción de mecanismos de prevención es una garantía para el letrado frente a la imputación de cualquier responsabilidad (penal, administrativa, reputacional o digital).

La revolución tecnológica también es una oportunidad para los abogados que deberán asesorar en los mecanismos de prevención que los nuevos operadores están obligados a implementar y que han manifestado querer ejecutar porque saben bien que en la confianza inicial de la sociedad reside parte de su éxito en el nuevo mercado.

Comparte: