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indumentaria POR DERECHO VESTIDOS PARA DEFENDER: LA INDUMENTARIA DE ABOGADOS Y ABOGADAS SEGÚN EL CINE Y SERIES DE TELEVISIÓN Texto_José Santiago Yanes Pérez, abogado “Las personas te juzgan por la apariencia”, House (FOX, 2006-2007, 3x12: One day one room) EL PUNTO DE PARTIDA más cercano de la regu- lación legal en España de cómo han de com- parecer vestidos los abogados en su actuación profesional ante los tribunales de Justicia, y que haya de desembocar en su progresiva evolución reguladora hasta el día de hoy, arranca con la LOPJ (1870), norma ésta que mantuvo su vigencia hasta la promulgada en 1985, que exigió expresamente a los abogados usar la toga y, bajo la misma, vestir traje negro y cubrir la cabeza con birrete. Dentro de su dilatado periodo de vigencia, se escucharon algunas voces quejándose del uso que venía prac- ticándose por algún que otro abogado, como la referida en las páginas del Boletín del Colegio de Abogados de Madrid (1968, nº. 2), que dijo resul- taba poco serio observar a un abogado vistiendo, bajo la toga, pantalones grises y zapatos rojos. Esta regulación se mantendrá hasta el EGA (1982), que complementó, además, con nuevos elementos la forma reglada de vestir: camisa blanca, y zapatos y corbata negros. Potestativa- mente, birrete. Norma que obvió el hecho de la diferencia de género en el colectivo profesional de la Abogacía, observable en España a partir de 1922, al imponer tácitamente esas formas incluso a las mujeres, al no distinguir para éstas otro atuendo alternativo. El desarrollo final, hasta desembocar en la regulación actual, pasa por la prevista en la LOPJ (1985), que, sin aludir a ninguna otra prenda, impone sólo el uso de la toga. Posteriormente, el vigente EGA (2001), mantiene el uso obligatorio de la toga, potestativo del birrete, y suprimiéndose las referencias al traje, corbata, zapatos negros y a la camisa blanca. El nuevo EGA (2013), aprobado por el Consejo General de la Abogacía, y pendiente de 68_Abogados_Septiembre 2016 Turno de Oficio (TVE, 1986) El cine y series de televisión opinan sobre cómo visten o deben vestir los abogados desde una mirada externa a cómo lo considera la sociedad, el uso según el criterio interno de los propios abogados, y lo que los tribunales entienden por adecuar la indumentaria acorde al decoro de la función aprobación por el gobierno, dispone la obligación de usar toga, y respecto del resto de la manera de vestir se dice que abogados y abogadas adecúen su indumentaria a la dignidad de su función. El birrete pasará definitivamente a la historia. Como una vez ya se aventurara en la serie española Tur- no de Oficio (TVE, 1986), el birrete “forma parte de la letra gótica” (Temporada 1, capítulo 2: 1x02). Este tema ha de interesar, no sólo a los profesio- nales, que deben acomodar su indumentaria a las prescripciones legales, sino también al cine y se- ries de televisión a los que no les ha pasado des- apercibido, preocupándose tanto del vestuario de abogados y abogadas, como también cómo han de adecuar el atuendo a la función profesional y su presencia ante tribunales de Justicia, una vez que no existen prefijados colores en el uso de camisas, trajes, corbatas y/o zapatos. El cine y series de televisión opinan sobre cómo visten o deben vestir los abogados desde una mirada externa a cómo lo considera la sociedad, el uso según el criterio interno de los propios abogados, y lo que los tribunales entienden por adecuar la indumentaria acorde al decoro de la función. In- cluso se apuntan razones que aconsejan el desu-