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Diccionarios POR DERECHO SANTIAGO MUÑOZ MACHADO: COORDINADOR DEL DICCIONARIO DEL ESPAÑOL JURÍDICO “QUE EL DERECHO SEA CLARO ES UNA OBLIGACIÓN DE LAS INSTITUCIONES. SI NO, ¿CÓMO VAN A CUMPLIR LOS CIUDADANOS LOS MANDATOS?” Texto_Sandra Gómez-Carreño Galán Fotografía_Alberto Carrasco AUNQUE SE TRATA de un lenguaje que está pre- nómica y de la europeización. Hacía falta definir este léxico nuevo. sente en nuestras vidas cada vez de forma más extendida, el léxico jurídico arrastra una fama de oscuro e incomprensible que lo hace parecer lejano. Santiago Muñoz Machado, académico de la Real Academia Española, Catedrático de la Universidad Complutense y abogado ha coordi- nado, en un proyecto llevado a cabo por el CGPJ y la RAE, el Diccionario del Español Jurídico, una obra que recopila 30.000 términos relacionados con el mundo del Derecho, con la intención de ayudar a su comprensión no solo a juristas, sino a toda la sociedad. ¿Por qué es necesario un Diccionario Jurídico existiendo el Diccionario de la Real Academia? En el Diccionario de la Real Academia hay regis- tradas unas 7.000 u 8.000 entradas que tienen que ver con el Derecho y se han ido preparando y redactando a lo largo de toda la vida, siempre sometido a revisión, pero hasta ahora nunca se había hecho una intervención especializada. La oportunidad de que el CGPJ y la RAE han cele- brado un convenio para hacer un Diccionario Jurídico ha servido entre otras cosas para revisar todo ese vocabulario que había en el diccionario de la casa. Para realizarlo, partiendo de lo que ya hay en el Diccionario de la RAE, hemos revisado esos 7.000-8.000 lemas para ponerlos al día y he- mos añadido más hasta llegar a 30.000, que es el contenido del diccionario, gracias al trabajo de un equipo muy extenso de gente. Hemos incorporado léxico que va desde los latines del Derecho Romano hasta el Derecho de las comu- nicaciones, el lenguaje más moderno que es el que está ahora mismo diluviando sobre noso- tros como consecuencia de la globalización eco- 68_Abogados_Junio 2016 “Partiendo de lo que ya hay en el Diccionario de la RAE, hemos revisado esos 7.000-8.000 lemas para ponerlos al día y hemos añadido más hasta llegar a 30.000” En este sentido, ¿tiene el lenguaje jurídico espa- ñol actual excesiva influencia del inglés, como ocurre con el lenguaje en general? En general el vocabulario jurídico es bastante local y territorial y el nuestro tiene una larga trayectoria histórica, por lo que el léxico jurídico español es muy autónomo y la lengua jurídica es muy rica. Lo cual no quiere decir que no esté interferido por neologismos y palabras de otros idiomas. Tradicionalmente el que más presencia tenía era el latín, que sigue siendo muy impor- tante. Existen 500 fórmulas latinas de uso bas- tante común por la jurisprudencia en el diccio- nario, que se han perfeccionado y recogido con las expresiones exactas porque muchas veces se usan no de forma correcta. Pero en la actualidad la influencia que tuvo en su día el Derecho Ro- mano y el latín lo tiene el inglés. Algunas veces es inevitable que hayamos adoptado anglicis- mos porque son los que dominan, sobre todo en materia de telecomunicaciones, Internet, medio ambiente… incorporamos las palabras inglesas porque no tenemos una alternativa. Recientemente, los 23 países que forman parte de la Cumbre Judicial Iberoamericana han acor- dado eliminar del lenguaje jurídico arcaísmos, latinismos y tecnicismos innecesarios. ¿Está de acuerdo con esta medida? Estoy de acuerdo si son innecesarios, pero en muchos casos no lo son. Hay muchas locuciones latinas que se utilizan como regulae iuris, es de- cir, expresiones que si tuviéramos que sustituir- las en una sentencia necesitaríamos para decir lo que se dice en 4 palabras, 4 páginas. Estas